Sí sí , si yo hablo de que voy a notificar que he cobrado esos atrasos presencialmente, el caso es que si el SEPE me pregunta "de qué año son, o de cuántos meses pertenecen esos atrasos", yo no lo sé, yo estoy declarando el ingreso, como tú citas, de forma presencial en el SEPE y notificándolo, pero desconozco por completo a qué año pertenecen , ni a cuántos meses pertenecen dichos atrasos, porque esa información no te la da el INSS, y supongo que para el SEPE no será lo mismo que los atrasos pertenezcan al año 2022 que al 2024, o que esos atrasos sean en concepto de 5 meses que de 10 meses, ¿no?, ¿ o me equivoco en esto último, compañero?
Muchas gracias por tu aportación compañero, sí sí , me quedo claro desde el primer momento que hay que declararlos año a año , mi pregunta es: ¿qué sucede sí los declaro al cabo de 3 años a Hacienda cuando cancele el depósito?, ¿piensas que Hacienda diría algo o al ver que abono los impuestos sobre esos intereses no va a decir nada?, gracias.
Gracias por tu respuesta compañero, efectivamente, al pasar ese año me han colocado un nuevo interés, pero no he tenido que contratar nada, se renueva automáticamente salvo que yo lo cancele, y los intereses no han pasado a la cuenta bancaria , mientras yo no lo cancele se renovaría año tras año sin parar. Y aquí mi duda y mi pregunta: ¿ crees que Hacienda diría algo si al tercer año lo cancelo y pago los impuestos de los intereses generados en esos 3 años? entiendo que no, ¿ no?, ya que al fin y al cabo estás pagando los impuestos y tributando por los intereses del depósito, (mi pregunta va siempre desde la tesitura de que Hacienda no se percatara de dicho depósito en esos 3 años)Gracias
Si , lo he contratado a través de raisin, compañero, es depósito a 1 año pero que por defecto se renueva automáticamente, salvo que tú lo canceles, y los intereses no pasan por la cuenta bancaria ni los puedes retirar salvo que tú canceles dicho depósito, ¿significa eso que podría declarar todos los intereses al final de ese tercer año a Hacienda?
Gracias por tu respuesta, veo mucho que hay diferentes opiniones, algunos diciendo que hasta que no se cancela el depósito y pasan a cuenta bancaria dichos intereses y se retiran no hay que declararlos, y otras opiniones hablan de que hay que declararlos año a año, vaya lío
Muchas gracias amigo por tu respuesta, el depósito está en un banco italiano, Vanca Progetto, ¿crees que pasaría algo si no declaro esos intereses año a año, y al tercer año cancelo el depósito y declaro los intereses de los 3 años a Hacienda?, supongo que al ver a Hacienda que lo declaro en ese tercer año y pago mis impuestos no va a decir nada ni habría sanción, ¿no?.Gracias de antemano por tu respuesta
Gracias por tu respuesta Fran, bueno en este caso yo entiendo que sí sé pondrían en contacto con el INSS, yo no voy a decir que hay un error, declararía con justificante bancario "que el INSS me ha hecho un ingreso en concepto de atrasos", el problema vendrá cuando el SEPE me pregunte que "de qué año y de cuántos meses son esos atrasos" (para en caso de que sean de este 2024 se dividan esos casi 3000 euros para 6, 8 o 12 meses), y yo les responda "que no tengo ni la más remota idea" (porque es así, no tengo ni idea) ahí entiendo que ellos se pondrán en contacto con el SEPE, no para preguntar sobre un posible error, sino para preguntar "de qué año y a cuántos meses pertenecen esos atrasos" que me han pagado (el INSS aveces, paga atrasos de 1 año o 2 años atrás, y yo cobro el subsidio de 52 desde este julio), ¿no crees que dado esto se pondránen en contacto con el INSS?
Gracias Fran por responder, a Hacienda no habría que pagar impuestos ya que el ingreso mínimo vital está exento de tributación y ni me acerco a los 12.600 euros, donde si cobras más de eso de ingreso mínimo vital ya entra como rendimientos del trabajo, así que por el tema de Hacienda no me preocupa, hacienda tiene los datos de lo que yo voy a cobrar de ingreso mínimo vital durante este año 2024 , incluidos esos atrasos erróneos. En cuanto a lo de los datos erróneos con el borrador y el confirmarlos, a los que cobramos el ingreso mínimo vital si no pasamos de los 12.600 nos ponen la misma cuantía, yo he cobrado 100 euros al mes de ingreso mínimo vital durante un año, y otro año cerca de los 600 cada mes, y en ambas declaraciones de la renta aparece la misma cuantía citada de 5500 euros, quiero decir que no aparece en el borrador la cuantía anual que has cobrado de ingreso mínimo vital aunque hacienda la sabe y la tiene . El que me preocupa es el SEPE, así que voy a notificarles (ya que no ha pasado un mes todavía) presencialmente el cobro de esos atrasos en la nómina de octubre, indicándoles la cuantía exacta. Eso sí me voy a echar a reír como me pregunten de dónde son esos atrasos y de qué año o meses porque yo no tengo ni idea, y el INSS no te especifica ni te explica nunca nada de lo que te paga y por qué te lo paga, así que que se pongan ellos en contacto con el INSS para preguntarles a ellos, yo a lo que le tengo miedo es a causar una extinción del subsidio de 52 años por NO NOTIFICA algo, y ya que el SEPE se apañe con el INSS para saber de que meses y año son ¿Ves buena decisión esa?
Eso es otro tema , y no responde las dudas que yo tengo, estoy hablando del SEPE, no del INSS, lo que yo planteo no tiene nada que ver con el INSS y el ingreso mínimo vital. Cuando hay pagos indebidos por ellos son ellos los que los reclaman, y los que lo deben de reclamar, exactamente igual que cuando hay un pago que el INSS no te paga, pero te lo debe, eres tú el que lo tienes que reclamar, esto último me ha pasado a mí dos veces , y he tenido que hacer una reclamación previa a la vía judicial ,para finalmente el INSS abonar las cantidades que me debían, si no no las hubieran pagado, aunque como digo el tema del INSS y el ingreso mínimo vital es una cosa, y lo que yo planteo y las dudas que tengo tienen que ver con el SEPE y el subsidio para mayores de 52 años.Gracias por tu comentario.