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Participaciones del usuario Rakam el Rojo

Rakam el Rojo 23/10/17 16:41
Ha respondido al tema ¡Harto del Banco Santander!
Si es una tranferencia de más de 600 euros y no aparece ningun cotitular de la 123 como ordenante, no hay ningun problema. Las 'autotransferencias' las caza el sistema y no considera cumplido el requisito. Sin embargo, si ingresas un cheque de otra cuenta tuya de otra entidad, el sistema 'traga'. Saludetes
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Rakam el Rojo 21/10/17 15:56
Ha respondido al tema ¡Harto del Banco Santander!
Te podría indicar la forma de que no tuvieras que pagar por mantener una cuenta para las acciones, sin tener que traspasarlas, pero no me da la puta gana. Si has pagado  8 euros de liquidacion, no es que este mes no hayas cumplido los requisitos, es que llevas al menos 3 meses sin hacerlo. El condicionado es claro: Cumples los requisitos => cobras 25 euros netos al mes. No los cumples: los dos primeros meses pagas la comision (3€) y no cobras intereses. Al tercero, la comision sube a  8 euros y se suspenden el resto de beneficios. Esta puesto negro sobre blanco, asi que te puedes ahorrar apelativos como 'estafa'. Seguro que los meses que la liquidacion ha sido a tu favor no te ha parecido estafa. Asi que coge tus 'miles de euros', y tus 300 acciones y corre, y que tanta paz encuentres como dejas. Invierte en ti mismo, sobre todo en aumentar la calidad de tu comprension lectora y la forma de expresarte.   Saludetes      
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Rakam el Rojo 20/03/17 22:24
Ha respondido al tema Sidex 150 Aniversario (Santander)
Lamento la noticia. Mis condolencias.   El capital a recibir será 100% del valor de acumulación a la fecha de comunicación del siniestro calculado según el valor de mercado, más un capital adicional de 601,01. No indicas quien era el asegurado (puede no coincidir con el tomador). Supongamos que coinciden. Si no se hizo designacion expresa de beneficiarios, lo serán normalmente en primer lugar el conyuge, en su defecto los hijos y en su defecto herederos legales. La tributacion fiscal será por Impuesto sucesiones (no por IRPF), con la salvedad de las prestaciones de fallecimiento pagadas con cargo a la sociedad de gananciales cuando el beneficiario es el cónyuge del tomador fallecido. En este supuesto, la mitad de la prestación se liquida por IRPF y la otra mitad por Sucesiones. Desde la compañia de seguros, a través de la sucursal, os harán llegar una carta con la tramitación a seguir y documentacion a acompañar. Es un trámite  que se hace directamente con la aseguradora. Es decir, el papeleo que has de llevar al banco para depositos, valores, fondos, etc, tambien lo has de hacer llegar a la compañia. Es importante saber que para cobrar la prestacion es necesario la presentacion de la liquidacion del ISD del seguro. Se admite liquidacion parcial del ISD sobre ese seguro. Los derivados genericos puede ser una  cobertura o consolidacion del beneficio, mediante la contratacion de una opcion contraria a la del SIDEX. Con ello se conseguia que llegado a un cierto nivel de ganancias en el SIDEX (que va largo en el par USD/EUR y largo en Etoxx50), poniendose corto en dichos subyacentes las ganancia queda en cierta manera consolidada. Dado que el SIDEX ha ido evolucionando favorablemente desde la contratacion de la cobertura, muy posiblemente su valor esté proximo a cero, teniendo en cuenta que tambien queda muy poco para el vencimiento.   Saludetes    
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Rakam el Rojo 06/03/17 21:13
Ha respondido al tema Obsequio accionista Santander
A partir del 9 de marzo (jueves) ya se puede delegar.  Si no se ha recibido la cara de la JGA, en la oficina pueden sacar un duplicado.   Para saber cual es la oficina de delegacion:  http://xurl.es/oficinadelegacion   Saludetes
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Rakam el Rojo 25/02/17 21:47
Ha respondido al tema Banco Santander cobra ¡¡ 10,00 !! euros por ingresos ordinarios en favor de terceros.
Solo se cobra si el impositor (no titular de la cuenta) quiere hacer constar su nombre y/o concepto en el ingreso realizado por caja. Si el ingreso se hace en cajero automático, el poner nombre y/o concepto no tiene coste.   Siendo el que comentas un ingreso 'familiar', tirón de orejas para el que no te informó adecuadamente de la posibilidad de no poner nada en el ingreso o redirigirte al cajero automatico (si lo hubiera).   Ayer en la Sexta hubo un reportaje sobre robotizacion y el mercado laboral. Comentaban que en España habia 53.000 cajeros automaticos, con una fuerza de trabajo equivalente a 150.000 empleados de ventanilla. Ese personal no se ha 'destruido'. O nunca se contrató o  se ha reconvertido a labores comerciales o con mayor valor añadido que atender el ingreso de 14 euros del iniciador del hilo.   http://www.lasexta.com/programas/sexta-columna/noticias/cuando-robara-trabajo-robot-esta-lista-profesiones-menos-perspectivas-futuro_2017022458b05f190cf2fa92de4c4b4a.html   Saludetes  
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Rakam el Rojo 31/01/17 15:24
Ha respondido al tema Los clientes tambien roban a los bancos
Situate a mediados del 2008, a como estaba el euribor entonces y sumale un diferencial normal ¿Te sigue pareciendo tanta desproporcion un suelo de 3,5 y techo de 11??? ¿Como ha sido historicamente la media del euribor??? ¿ A como estuvo el euribor en el 2003-2005 y cuantos hipotecados y jueces se quejaron entonces ??? ¿¿No ha habido nadie que consciente y premeditadamente haya elegido una hipoteca con techo (y suelo), precisamente para no arriesgarse en demasia ante una subida de tipos??? Como apunta nolano, el cap se paga con el floor.... ¿ Hacia donde se enfocarian las criticas y varapalos si los tipos hubieran seguido el ritmo de subida de 2005-2008, y no existieran los techos??? Los heroes serian los ahora denostados y los villanos los que nunca pusieron suelo ni techo. En fin, sobre esto hay mucha tela a cortar... Saludetes
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Rakam el Rojo 17/01/17 19:04
Ha respondido al tema Cobrar un cheque nominativo
Las normas que regulan el lugar de pago de los cheques [básicamente, los artículos 106, n.º 4, y 107 de la Ley 19/1985, de 16 de julio (BOE del 19), Cambiaria y del Cheque] establecen que, a falta de indicación especial, en el lugar designado en el cheque junto alnombre del librado se reputará su lugar de pago, por lo que ninguna sucursal distinta dela indicada en él tiene la obligación legal de pagar en efectivo el cheque. Hay que tener en cuenta que pagar un cheque por ventanilla en oficina distinta a aquella en la que el firmante tiene cuenta abierta implica un riesgo, al no poder comprobar que su firma coincide con la del titular de la cuenta, medida de seguridad necesaria para evitar pagos de documentos a un tenedor ilegítimo o que no hayan sido regularmente emitidos. Por tanto, la negativa a pagar el cheque en oficina distinta de la librada es perfectamente posible y procedente, salvo pacto contractual que contemple la obligación de la entidad de pagarlo también en otras sucursales distintas de la librada. No obstante, es habitual, teniendo en cuenta las nuevas tecnologías de que se dispone, que otra oficina distinta haga efectivo voluntariamente el pago del cheque, para lo cual llevará a cabo diversas gestiones confirmatorias con la oficina librada (existencia de saldo disponible, verificación de la firma, etc.), lo cual puede devengar la correspondiente comisión. Fuente: Memoria Servicio Reclamaciones BdE Saludetes
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