hace unos días colgué este enlace, con escaso éxito de audiencia, y me interesa sobre todo el tema de que puedes reclamar hasta 15 años (que es general, cuando la ley no especifica un periodo inferior) y tambien el hecho de que puedas reclamar al dejar de ser cliente,
me gustaría saber si es cierto
http://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/1864375-reclamacion-comisiones-como-veis
Vale, es decir
Como he cobrado los intereses mensualmente al 3,92%, si lo cancel•lo ahora (faltan 3 meses) tendría que devolver el 1,5% para que me quedara el 2,42% ¿no?
De todas formas el motivo de querer cancelarlo es porque me he “rebotado” con la entidad, pero tengo otro depósito “menos cancelable” que me vence en enero y tal y como están ahora los depósitos creo que me interesa aguantar mas hasta enero
me han dicho que eso lo hace el sistema informático, por lo que he trasladado el único recibo a otra entidad, pero quiero reclamar al SAC, sin prejudicio que en noviembre cuando me venza el depósito me largue
Yo le dije al banco que lo tendrían que haber devuelto, en todo caso me salía más barato pagar la comisión al acreedor que son 3€, pero como resulta que la cuenta destino es de la misma entidad, no cobran comisiones en este caso
es la primera vez que veo estas condiciones y gracias a vosotros porque ellos nunca me las han dado, he aterrizado a BBVA, hace 4 días vía Unnim
Yo entiendo que pone 4,5% y mínimo 15€
Entonces no pueden ser 25€ ¿no? En todo caso, ¿el banco tiene la obligación de avisarme por escrito en los contratos?