Saludos y gracias delabotaempinar, ya me he leído la ley de propiedad horizontal en su artículo 13 y también el Código Civil especialmente su artículo 398.
En cuanto a lo de los pagos iguales entre propietarios no hace falta que sean iguales sino más bien proporcionales al reparto de cargas reflejado en la escritura de división horizontal de la finca si es que al final damos con ella y existiese; pero eso tampoco es muy importante porque hay acuerdo previo unánime entre propietarios sobre reparto de cargas y nos podemos acoger a la hora de tomar decisiones al artículo 398 del CC al no ser supeior a 4 el número de propietarios no siendo entonces obligatoria la constitución de comunidad en estos casos según la LPH.
Me preocupa sobre todo el tema fiscal, ya que, aunque no sea estrictamente obligatorio constituir comunidad de vecinos para el caso que expongo (articulo 13 LPH), la alternativa sería seguramente una comunidad de bienes que también implicaria NIF y legalilación en la AT; con lo cual mi intención de ahorrar algunas molestias a unas personas mayores no sería, tal vez, finalmente viable.
Muchas gracias una vez más por tus acertados consejos y ayuda.
Gracias Valentín, en mi caso ya hace años que me acostumbré al open office pero como te digo tengo muchos amigos y compañeros que siguen con el paquete microsoft con lo cual, cuando les mando a ellos algún documento pues le doy a guardar-como y lo pongo en formato del Sr. Gates, no es que haya tenido hasta ahora queja pero mi imagino que la compatibilidad no será al 100% de ahí mi pregunta.
Un saludo y muchas gracias por tu respuesta
Hola Valentin, por mera curiosidad y si tienes tiempo y ganas de contestarme, ¿Cuando guardas documentos creados en open office como formato microsoft te da eso muchos problemas importantes? No es una pregunta con truco ni nada parecido, si te la hago es porque yo uso open office pero también mando a compañeros muchos documentos creados desde open pero guardados-como en formato microsoft ya que ellos no usan open y por eso me interesaría saber si has detectado incompatiblidades importantes.
Saludos y gracias anticipadas por tu respuesta si consideras oportuno contestarme
Realmente es una tragedia para el paciente y sus familiares tener que soportar demoras en caso de enfermedades delicadas, ojalá que nadie tuviese que pasar por ese terrible trago y que no existiesen diferencias injustificadas de ningún tipo a la hora de acceder a la sanidad.
Gracias a ti Karlicones por tus amables palabras
Un afectuoso saludo.
Cierto, lo que sucede es que a veces algunas compañías aseguradoras tienen sus limitaciones, condicionantes legales e inconvenientes con enfermos y enfermedades costosas y esto hace que algunas personas con importantes recursos económicos e incluso con seguros como el que mencionas opten por tratar de no perder el derecho a atención por parte de la S.S sobre todo para poder ser atendidos por este servicio en caso de determinados padecimientos complejos.
Saludos cordiales