Las ayudas de alquiler mayormente son consideradas como ganancias patrimoniales derivadas de ayuda públicas, salvo que en normativa venga a decir en contra. Esta la debe declarar en la campaña del ejercicio en la que recibió el abono. Por tanto, si le concedieron en 2022 pero no le ingresaron, la tiene que declarar en la siguiente declaración (campaña 2023, calendario contribuyente 2024), si el ingreso lo percibe en 2023.
En un porcentaje alto, será ese el motivo. Es posible que tengas que aportar documentación en breve, no tardarán en hacer requerimientos masivos de declaraciones que se quedaron pendientes por variación de datos. Hay cosas que se cruzan con otras administraciones y otras que el contribuyente debe aportar.
Todo depende de tu situación tributaria. Tras una revisión puede cambiar y torcerse en contra por desconocimiento de “algo” con lo que no contabas, o, se te aplica una sanción leve, o se te aplica sanción más intereses... o se te aplican intereses por cada casilla y según los meses transcurridos desde la fecha que uno estaba obligado hacerla sube el %. Lo normal es que te asegures y sobre todo te asesores bien antes de hacerlo, para evitar sorpresas y malos ratos posteriores.
Bien presentando un escrito solicitando la anulación en el registro de tu delegación o si tienes certificado o dni electrónico, presentando un escrito con el número de referencia de la declaración presentada, en el apartado de renta 2020, aportando documentación complementaria y ya cuando reciben el asiento regístral te lo tramitan.
Buenas noches, presentar una declaración extemporánea siempre acarrea sanción. Sea a ingresar o devolver. Las cuantías cambian dependiendo si estabas obligado ha realizarla o no, si es a ingresar tienes que aplicar intereses, etc.
Te recomiendo la lectura de la sinopsis del artículo 25 de la constitución. Una cosa es una infracción que encaja en delito penal y a su vez en sanción administrativa, no puede ser juzgado por ambos procedimientos. Lo que le pasa a este usuario viene regulado en la ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
A ver... desconocemos de qué organismo viene la sanción. Si es de la dgt, subdelegación del gobierno, delegación del gobierno, administración local... solicita acceso a los expedientes y si se ha duplicado por error, dirígete al emisor del embargo mediante escrito exponiendo todos los datos, te lo solucionan sin problema.