Ya está claro... El tema es que vi esta orden sobre la obligación del 720 (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-954) y en el artículo 2 me pareció ver en los apartados a, b y c que hacían referencia todos ellos al artículo 42 ter del RD 1065/2007 y el apartado a) se refiere al artículo 42 bis donde si menciona la media del saldo.
¿De dónde sale lo del saldo medio del último trimestre supere los 50.000€?Según veo únicamente habla en la ley de que el saldo a 31diciembre supere los 50.000€.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-15984#a42terSaludos.
Tienes razón, en la hoja informativa pone 2 días hábiles pero fuera de ahí pone de 1 a 4 días.Siendo 2 días debería llegar al 3 octubre y me debería valer. Nunca he abierto depósito en Raisin, de momento tenía la cuenta remunerada.
Dónde se anuncian esas bajadas? En Raisin no veo nada. Yo tenía pensado ese de Klarna a 1,5 años pero antes quería sacar lo que tengo ahí en su cuenta remunerada. Edito: vale al entrar al detalle del depósito lo he visto. Si saco mañana lo de la cuenta remunerada para el día 3 daría tiempo contratarlo?La cuenta remunerada pone de 1 a 4 días para hacer retiros.
Los 3 primeros trimestres del año ¿se puede tener más de 50.000€ en el extranjero y no tener que hacer el 720?Solo se está obligado si se supera a fecha de 31 diciembre o en la media del último trimestre, ¿es correcto?
Ayer les envié una transferencia desde Pibank sobre las 12.De momento no veo el dinero en Norwegian. El plazo en transferencias internacionales también era de 1 día? Creo que cuando hice transferencia a Raisin si me llegó al día siguiente.