De hecho, por lo que dices, Calor de Tasación= 76k frente a Valor de Subasta = 71k, lo que parece es que las cargas anteriores son solo de 5.000 euros. Ojo, digo esto solo basándome en tus palabras. No es una opinión bien informada.
Poco recorrido le veo yo a esa reclamación. El abogado del Estado de esa sección revisa todo el procedimiento de apremio y, si ve que ha habido irregularidades, lo echa para atrás. Ese es el proceder habitual.
El CGPJ no resuelve sobre resoluciones de los juzgados. Tienes que recurrir ante el mismo juzgado. Y que tu abogado redacte muy bien el escrito para tener una mínima posibilidad de que lo lean.
jejeje, desde luego que se estrecharía, Petersen. De hecho, si todos los deudores que no pueden pagar sus deudas fueran razonables, jamás permitirían que sus bienes salieran a subasta. Los venderían antes de la misma, quedándose para sí la diferencia entre el precio de venta y la cantidad adeudada.