Hola Yolandixi, buenas noches.
No solo tienes la reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca que ya has cancelado y vendido, sino también puedes reclamar los gastos de la cancelación, que aunque sean menores también se reclaman.
Espero haberte podido ayudar.
Un saludo.
Hola Juanmatarifa, buenas noches.
En primer lugar yo te aconsejaría que no tuvieras prisa en firmar nada con el banco.
En segundo lugar que cuando lo hagas haya sido revisado el acuerdo con un entendido en la materia, abogado, lo cual te va a garantizar que no te quiten lo que es tuyo de nuevo.
En tercer lugar no se como será el abogado al que acudes, nosotros tenemos un perito economista que nos calcula la cantidad que te adeuda el banco y si esa cantidad es la correcta o no, lo cual te garantiza que te van a devolver lo correcto.
Te recomiendo que reclames conjuntamente los gastos de hipoteca con la cláusula suelo.
Espero haberte podido ayudar.
Un saludo.
Hola Hispania, buenas noches.
Te aconsejo que pongas en manos de un abogado tu caso particular, deberás de facilitar la documentación necesaria, las escrituras hipotecarias, cualquier documento de reclamación, contestación a la misma, conversación por mail con el banco, datos relevantes como amortizaciones anticipadas, (a ser posible facilitar el cuadro de amortización del préstamo), vinculaciones si las ha habido y si se han cumplido...
Independientemente del tema de la clausula suelo o de otras cláusulas abusivas que pudieras tener en tu escritura hipotecaria, por supuesto que puedes reclamar los gastos repercutidos en la formalización de las escrituras hipotecarias desde 1984 hasta la fecha de hoy, de tantas hipotecas, Subrogaciones, Novaciones, Ampliaciones y Cancelaciones de Hipoteca como hayas tenido, (hay excepciones si los préstamos han sido dedicados para comercios o negocios y no para vivienda habitual).
Para saber el tipo de interés deberia venir en la escritura de hipoteca, pero si por lo que sea te han aplicado incorrectamente otro, lo deberías de saber pidiendoles el cuadro de amortización del préstamo.
Espero haberte podido ayudar.
Un saludo.
No hay de que Betelgeuse.
Estamos para intentar ayudar y como suelo decir: "A Dios lo que es de Dios y al Cesar lo que es del Cesar".
Cualquier duda que pueda resolverte aqui me tendrás, o eso espero.
Un saludo.
Hola de nuevo Torke.
No,no prescribe.
El plazo de caducidad no es aplicable a este tipo de reclamaciones, ya que la acción que se emprende es de nulidad, y no de anulabilidad. Ello debido a que la cláusula que repercute los gastos de formalización de la hipoteca al consumidor es contraria a la ley (concretamente la LGDCU, y en su caso, la LCGC). Por tanto, a la luz de ambas leyes (art. 19 LCGC y 83 LGDCU) y de la jurisprudencia del TS, la acción es imprescriptible.
Espero haberte podido ayudar.
Un saludo.
Hola Betelgeuse, buenas noches.
Suele ser lo normal que al meter la demanda en el juzgado te llame el procurador para hacer un apoderamiento del mismo, Apud Acta, hay casos en que si la cuantía es pequeña no hace falta procurador. Pero de todas formas te recomiendo que todo lo relativo al procedimiento y sus protocolos en la reclamación lo deberás consultar al gabinete de abogados que te representa, que te den toda la información de como lo llevan ellos.
Un saludo.
Hola Sandra, buenas noches.
Habría que ver el caso concreto con la documentación.
En principio que sepas que evidentemente y debido a que es la parte más cuantiosa de la reclamación es en los AJD donde está situada la batalla, por eso te pagan los gastos de Registro de la Propiedad y parte de la Gestión, la Notaría tampoco es mucho, es decir nos dan las migajas y se quedan con lo gordo.
Va a depender de como se vayan posicionando las diferentes Audiencias Provinciales, algunas de las cuales ya se estan posicionando y esto pinta a que va a ser como la cláusula suelo, largo y tedioso, por tristeza.
Para hacer el calculo bien deberiamos de ver esas facturas y saber la parte que corresponde de los gastos de Gestión a la compra y/o a la hipoteca, los gastos de Notaria de la hipoteca también los deberias de sumar a la reclamación y los AJD, pero como te repito, con el impuesto de Hacienda hay que tener cuidado, deberías de poner el caso en un abogado y que tras hacerte el estudio gratuito, como nosotros, te de su valoración.
Espero poderte ayudar.
Un saludo.
Hola Carlos, buenas tardes.
Tal y como te comenta el compañero el banco no te va a dar los gastos de formalización de escritura hipotecaria si solo haces una reclamación extrajudicial, te va a obligar a que lo hagas judicialmente mediante un abogado.
Respecto a la caducidad, desde nuestro gabinete, entendemos que no prescribe y por lo tanto podrías reclamarlo:
La Orden Ministerial no afecta para nada a una posible reclamación -entiéndase judicial-, toda vez que casi la totalidad de las reclamaciones extrajudiciales acaban siendo resueltas de forma negativa por la entidad bancaria, aduciendo uno u otro motivo.
No obstante, el plazo de caducidad al que hace referencia no es aplicable a este tipo de reclamaciones, ya que la acción que se emprende es de nulidad, y no de anulabilidad. Ello debido a que la cláusula que repercute los gastos de formalización de la hipoteca al consumidor es contraria a la ley (concretamente la LGDCU, y en su caso, la LCGC). Por tanto, a la luz de ambas leyes (art. 19 LCGC y 83 LGDCU) y de la jurisprudencia del TS, la acción es imprescriptible.
Espero poderte ayudar.
Un saludo.
Hola Tocoto, buenas tardes
Perdona pero no te entiendo bien, supongo que te referirás a alguna cláusula abusiva del tipo suelo, gastos de hipoteca o algo así.
Un saludo.
Hola Tipobis, buenas tardes
Por supuesto que puedes, deberias de pedir en mas de dos, pero bueno.
No te pueden cobrar nada por darte un presupuesto, proyecto o como quieras llamarlo. Te cobrarán si te tasan la vivienda, lo cual suelen hacer para calcular el valor a fecha actual y calcular la cantidad del 80% para ponerte el limite de lo que puedes pedir de prestamo, pero lo demás no te deberían de cobrar.
Si tuvieras interés te podría asesorar sobre clausulas que debes de tener cuidado para que no te las incluyan en la escritura de hipoteca e incluso comentarte cuales de las opciones que tienes son la más razonables, luego tu eliges.
Espero poderte ayudar.
Un saludo.