Muchas gracias por el aviso. En la web de la AEAT está la solución de Kretan (creo, porque cada vez me cuesta más entender todo esto):
http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/Biblioteca_Virtual/Manuales_practicos/Renta/Manual_renta_patrimonio_2011_es_es.pdf
Pág. 150. Tenemos un ejercicio con convertibles en acciones. Si no te importa, avisa en el foro del popular para que todos los compañeros se beneficien del conocimiento (yo en ese foro ya me pierdo con las operaciones de la tarde, el arbitraje, la fiscalidad, etc. y tengo la sensación de intervenir siempre con lo que no se está hablando).
Yo comparto totalmente la opinión de Empty. Te cuento el caso de la conversión de las preferentes de banesto en bonos de banesto a cámara lenta (así vi los movimientos).
1. Compro preferentes al 85%.
2. Ofrecen el canje al 100% por bonos al 3% de interés.
3. El día del canje, me aparece el 100% del dinero en la cuenta (es decir se canjean las preferentes por dinero al 100%).
4. Hay compromiso de comprar los bonos nuevos al 100% aunque valgan el 93% por lo que cargan en mi cuenta todo el nominal de los bonos (he comprado bonos al 100%).
En el fondo sería lo mismo que si me hubiesen dado acciones en vez de bonos, salvo que los beneficios y pérdidas de bonos y preferentes van en la misma casilla y los de bonos y acciones son conceptos distintos y no compensables entre sí. A esto hay que añadir la complejidad el año que viene (previsiblemente) de que las ganancias (o pérdidas) patrimoniales con menos de un año tributan al marginal de tu sueldo.
Muchas gracias. Es exactamente lo que estaba buscando. Es que se me ha ocurrido la siguiente maniobra y quiero ver si tiene encaje. Esta es la situación:
1. Tengo pérdidas de 2008 y que tengo que compensar con ganancias patrimoniales antes de fin de 2012 o las perderé.
2. Puedo comprar acciones y vender CFDs, de forma que tenga una posición neutra. Al final del año 2012 (el 28 de diciembre) "vendo" la pata que tenga beneficios y compenso algo o mucho de las pérdidas que tengo. Luego el 2 de enero "vendo" la pata contraria (osea lo que tenga en pérdidas que serían de menos de un año y tendría 4 años para compensar y encima podría ir compensando con el sueldo).
3. Si todo es como creo y se produce una buena variación en las acciones (ya sea que suban o bajen) puedo conseguir compensar algo las pérdidas de 2008 y además generar otras pérdidas que me ayudan a reducir mi marginal de las ganancias del trabajo y que tendré 4 años para compensar.
¿Qué tal te suena el plan? ¿Tengo un gran fallo de concepto que se me escapa? Todo ello suponiendo que se levante la suspensión de cortos de la CNMV, sino podría incumplir la norma el 2 de enero si la pata con pérdidas fuese el CFD vendido.
Muchas gracias por tu visión de antemano.