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Como sabéis, este blog es mi paño de lágrimas, sobre todo en todo lo que concierne a banca y sus abusos, y sobre todo a banca seguros. Y la verdad, las pocas esperanzas que tenía en ciertos órganos, ya sin más se ha esfumado.

Os cuento, ahora la última estrategia, llevada por la MAYORIA de bancos es la siguiente.
Tú vas a anular tu seguro de hogar, y te dicen que no cogen la comunicación… Motivo: No presentas nuevo seguro con garantía hipotecaria.


Claro, no encontraras ninguna compañía que emita a 2 meses y medio 3 meses de antelación. Cuando puedes llevar la póliza, suelen será 3 semanas antes del vencimiento. Por lo cual, no te cogen la anulación pues no estás en tiempo y forma (art 22 ley 50/1980).

Claro, tampoco puedes hacer dos seguros a la vez, porque el del banco, se supone, ya está asegurando el 100%. Vamos un escoyo más para el libre mercado…

Mi consejo, cuando vayamos con la carta, si no la quieren sellar, pedir a dos personas que firmen como testigos. Solo con eso suele ser suficiente para que se bajen de la burra, porque no sé si están obligados o no a coger y sellar copia de las comunicaciones (que alguien me informe de esto). Pero podemos salvarlo con un FAX, o una carta certificada. O si no, dirigiéndonos directamente a la aseguradora.
Fax, aunque digan que no aceptan estas anulaciones (que lo dicen), no les queda otra que aceptarla, no pueden hacer oídos sordos a este tema.

Bien, cuando nos encontramos con problemas de este índole, solemos “pasar por el aro”, y tendríamos que reclamar nuestros derechos, por lo menos, informar a la DGSyFP y al BDE… espera… ¿Banco de España?... ¿Para qué?, pues según se desprende de este artículo, ni una quinta parte de las resoluciones que hace el BDE favorables al cliente se cumplen:

De los 2.838 informes emitidos a favor de los clientes por el Servicio de Reclamaciones, en 519 casos las entidades acabaron rectificando su decisión inicial. Esta proporción de rectificaciones por parte de las entidades, que no alcanza la quinta parte del total de informes favorables a la clientela, resulta claramente insatisfactoria, según indicó recientemente el Banco de España.

Claro, que esto te lleva a pensar… ¿para qué sirve el banco de España? Su gobernador decía, que el banco no actuaba de mala fe, solo usaba sus armas… ¿reconoce que presionan desde una posición de poder?


En fin, sigo pensando que pese a los “brotes verdes”, pese a iniciativas que encuentro positivas, desde el BDE se deja actuar a los bancos con total y absoluta impunidad pese a sus posturas macarras, mafiosas, barriobajeras…

Tengo un amigo, el Sr. Avante que siempre me dice, Julián, si en ver de 8.000 quejas, la DGSyFP y el BDE, recibieran 80.000 al año, algo cambiaria.

Así que… está en nuestras manos.

Como siempre un placer leerlos, pero un placer aun mayor que me leáis.

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  1. en respuesta a Sossek
    -
    #8
    condestable
    03/02/14 17:29

    Si Sossek si se emiten, no corres ningún riesgo,ya que la poliza entra en vigor en la fecha indicada y con el pago del recibo, que no puede salir antes de esa fecha

  2. en respuesta a Sossek
    -
    #7
    condestable
    01/02/14 11:10

    Como debe ser, asegurar en una comunidad daños privaticos y hacer los hogares solo con mobiliario (contenido) es una barbaridad, ya que cambia el presidente y cambia de seguro, tu no sabes las consecuencias y solo asegura el continente y contenido comunitario (a veces)y si tienes un siniestro la nueva póliza no te lo cubrirá.

  3. en respuesta a delabotaempinar
    -
    #6
    28/08/13 11:18

    Hola, pero es que a 60 días estamos en el mismo problema, ellos piden, que para cuando se entregue la anulación (MINIMO 60 DIAS ANTES) entregues también nueva póliza...
    Respecto a las comunidades, esto va por barrios, el 95% de las comunidades que tengo aseguradas, están aseguradas a partes comunes. Las privativas las asegura cada propietario.

  4. en respuesta a Sossek
    -
    #5
    28/08/13 06:21

    Yo conozco casos en los que se ha autorizado la emisión de pólizas con esa antelación (60 días).
    Ahora bien, lo habitual es que las viviendas estén aseguradas por una póliza de comunidad, a la que también se puede pedir una cesión de derechos sobre el continente, sin los problemas de vincular dicha cesión de derechos al vencimiento de la póliza de hogar...
    No entiendo por qué no se hace más a menudo de esta manera, aun cuando después el cliente decida si quiere asegurar el continente de la vivienda en su póliza de hogar o solo un valor parcial.
    Saludos,

  5. #4
    21/08/13 18:23

    Lo que hay que hacer es provocar 10 resoluciones de la DGSFP contra la entidad y ello es motivo de sanción (Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre,) artículo 40.h) El incumplimiento por la entidad aseguradora de las normas imperativas contenidas en los artículos 3, 5, 8, 10, 12, 15, 18, 19, 20, 22, 76, 88, 94, 95, 96, 97 y 99 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, cuando tal conducta tenga un carácter repetitivo. A estos efectos, se entiende que la conducta tiene carácter repetitivo cuando durante los dos años anteriores a su comisión se hubieran desatendido 10 o más requerimientos a los que hace referencia el párrafo b) del apartado 5 de este artículo.

  6. en respuesta a Anferny
    -
    #3
    21/08/13 15:03

    Menciona una... Es muy raro lo que comentas, y como mucho en Ramos muy técnicos... Ten en cuenta que tanto en hogar como en autos es un riesgo enorme emitir a 90 días vista. De todos modos, aún eso, el problema es que NO deberían negarse a coger una comunicación.

  7. #2
    21/08/13 14:40

    Julián, me consta que hay cías. que permiten emitir pólizas con fechas de efecto diferido con más de dos meses de antelación, así que el escollo que comentas que ponen los bancos pueden ser neutralizados :-)

    Saludos.

  8. #1
    21/08/13 12:47

    ¿Quién elige al gobernador del Banco de España?
    ¿Y al de la CNMV?

    Los técnicos son personas muy preparadas e imparciales, pero... Cuando la respuesta a las dos preguntas anteriores se conteste algo parecido a "méritos profesionales, oposición, o progresión interna..." mal camino.