Acceder

Si quieres contratar por internet o teléfono, ten esto en cuenta

Si quieres contratar por internet o teléfono, ten esto en cuenta.

Hoy, he decidido llamar a una de esas compañías telefónicas, para asegurar supuestamente un coche, y que me dieran toda la información del seguro.

La compañía que era muy “directa”, ha tardado poquísimo en llamarme desde que he mirado el presupuesto online.

Bien, me he dado cuenta, que yo que llevo muchos años en el sector, me he percatado de un par de detalles, pero comprendo que a la gente se les pueda escapar.

Para mí el más sangrante ha sido el siguiente. Cuando me explicaban las coberturas, (en teoría iba a nombre de mi señora) me comentaban que tenía a “mi disposición” una red de talleres concertados por la compañía. Y aquí ha empezado el “dialogo”: 

Yo – Gracias señorita, pero yo ya tengo mi taller.

Operadora – Ya, pero tiene que ir a los talleres concertados por ………………….. (Compañía)

Yo- Vale, pero le pregunto ¿puedo llevar el coche al taller que yo quiera?

Op – Bueno… tiene que llevarlo al que le digamos para que tenga cobertura

Yo - ¿Cómo? ¿Me puede repetir eso?

Op – (Ya se estaba mosqueando) D. Julián, ¿Cuál era su profesión?
Yo – Eso es indiferente, ¿me repite lo de los talleres?

En ese momento me suelta un “Espere un momento” y me deja en espera.

 Op – Mire lo he consultado, y si, tiene que ir a nuestros talleres…

Yo – Disculpe, pero usted me está mintiendo

Op – Perdón pero eso no es verdad

Yo – Si yo le presento una factura de reparación por un siniestro, y tiene cobertura, vais a pagar como campeones.

Op – Eso lo dice usted y no yo.

Yo- No, eso lo dice el artículo 18 de la ley 50/1980.

Op – Tiene usted razón….

Yo – Entonces, estáis mintiendo a los clientes

Y yo creo que aquí le ha dado un ataque de sinceridad

Op – No, sencillamente no le informo de eso, yo le tengo que vender lo que le tengo que vender…

 

Ya del resto de la conversación no se desprende nada de interés.

Como veis, hay que tener mucho cuidado con lo que nos “tienen que vender”, pues en ocasiones, nos engañan o nos omiten información para llevarnos por donde ellos quieren.


Como siempre un placer escribiros, pero un placer aun mayor que me leáis.

 

16
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. Top 10
    #16
    31/03/14 18:51

    Casi lo mismo en una cancelación, preavisada con 97 días de antelación, un tema de un empleado de la empresa, mandamos un mail al banco (como ya te habías imaginado) y con toda la pachorra le dicen que no se puede ya cancelar, porque la póliza ya ha sido renovada y no hay nada que hacer, entonces les mandamos otro mail con lo del artículo 22:

    SECCIÓN CUARTA

    Duración del contrato y prescripción

    Artículo 22

    La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecerse que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez.

    Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.
    Lo dispuesto en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre la vida.

    Casualmente entonces si que se puede “retrotraer” la orden de renovación, es curioso ¡!!!!!

  2. en respuesta a Sossek
    -
    #15
    condestable
    03/02/14 17:08

    sossek, ya que hablas también de internet, las comparativas de seguros son peligrosísimas, tu vas rellenando el cuestionario, y al final te piden tu mail para enviarte los presupuestos.Te caíste con todo el equipo, te llegaran unos presupuestos siii, pero ni me fío de ellos, y además te fríen a correos posteriormente.
    Algunos comparadores no te lo piden, pero he comprobado que no son precios reales de mercado
    Un saludo

  3. #14
    11/10/13 00:12

    Gracias por tus posts, nos ayudan a defendernos de las mafias de las aseguradoras.

  4. #13
    10/10/13 23:10

    Cojonudo tio, graciassss...

  5. en respuesta a Sossek
    -
    #12
    10/10/13 19:40

    moraleja -> esa aseguradora NUNCA MAIS, como hago siempre que considero que una compañia oculta cosas a sus clientes o no cumple con lo que debe.

    Me fui de mi antiguo proveedor de movil e internet (ese grande y azul.....) por cosas similares.....

    Y por supuesto, contarlo masivamente a todo el mundo para que se sepa como tratan a los clientes.....

  6. en respuesta a apeche2000
    -
    #11
    10/10/13 18:01

    Perdona, también dice la ley, que haras todo lo posible para minimizar los daños, llamas al profesional y luego a ellos, 4 fotos y a correr

  7. en respuesta a Sossek
    -
    #10
    10/10/13 17:57

    lo que ellos "alegaban" era que es preciso comunicarles el siniestro, que para eso tienes su teléfono, antes de llamar tu a un profesional a tu elección, porque en ese caso era posible que la gente simulase siniestros para llamar a sus "familiares o amigos" a que se lo arreglasen y con eso lucrarse a costa de la compañia.

    Reconozco que me trague su argumento......

  8. en respuesta a Sossek
    -
    #9
    10/10/13 16:29

    Es lo que tiene cuando vas a contratar con un "profesional" al que le han dado un cursillo de dos o tres horas y no tiene ni puñetera de la legislación.
    La última, preguntando la semana pasada en foroVerti, era que no me facilitaban presupuesto por escrito, porque como grababan la llamada, no lo necesitaban.
    De traca.

  9. en respuesta a Tonior01
    -
    #8
    10/10/13 16:16

    Amigo, lo siento pero no es así, entre la compañía, el defensor del asegurado y la DGSyFP en un mes, mes y medio lo tienes más que solventado

  10. en respuesta a apeche2000
    -
    #7
    10/10/13 16:16

    Hombre pues si y no, lo mismo es que la causa carecia de cobertura. Pero en principio no tendrían porque negarse a pagar.

  11. en respuesta a Sossek
    -
    #6
    10/10/13 14:35

    Es posible que la ley te ampare, pero si tienes que denunciar y esperar la resolución no sé si vale la pena. Lo mejor, contratar un seguro que te lo cubra y así venga explícitamente escrito.

  12. en respuesta a Tonior01
    -
    #5
    10/10/13 13:19

    A mi una vez me paso algo similar con el seguro de hogar, tenia una cobertura de cerrajeria, llame a un cerrajero y le pague, luego me fui con la factura y se negaron a pagar porque segun ellos no habia llamado a su teléfono para solicitar un cerrajero concertado ¿me engañaron? Gracias

  13. en respuesta a Tonior01
    -
    #4
    10/10/13 12:18

    Vamos a ver, la ley es muy clara, si pagas la factura en otro taller, ellos la tienen que abonar. A prestar servicio, pueden poner sus condiciones, pero no te pueden obligar.

  14. en respuesta a Tarfearauko
    -
    #3
    10/10/13 12:17

    Si, pero aquí nadie controla nada... así que...
    Vergonzoso

  15. #2
    10/10/13 08:16

    Gracias por dar luz a este tema.
    La cuestión es: si contratas este seguro y después tienes el siniestro, ¿puedes elegir el taller o ya estás pillado por las condiciones del contrato?

  16. #1
    09/10/13 23:05

    Creo que aqui "Mire lo he consultado, y si, tiene que ir a nuestros talleres" ya ha pasado claramente la barrera de la desinformación y ha entrado de lleno en el terreno de la mentira.

    T.