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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #220
    16/01/14 21:53

    Buenas tardes,
    Perdona por preguntar de nuevo, pero entonces aunque tenga sólo el mes de noviembre y mes de diciembre como movilidad geográfica, me puedo desgravar todo el año por completo?
    - movilidad geográfica noviembre y diciembre
    -hipoteca
    -alquiler mes de noviembre y diciembre
    - en el paro inscrito desde marzo hasta noviembre
    Un saludo

  2. en respuesta a Patri Marcos García
    -
    Top 100
    #219
    14/01/14 09:19

    El simulador de la Declaración de la Renta es una herramienta de ayuda que nos ofrece la Agencia Tributaria, pero en algunos casos no permite aplicar todas las deducciones. En el caso de la reducción por movilidad geográfica sólo se puede aplicar a dos períodos impositivos, el del traslado de municipio y nuevo trabajo y el siguiente; y se aplica en el total del periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

    Por ello, tendrás derecho a incrementar la reducción por rendimientos del trabajo en la Declaración de la Renta en un 100% por todo el 2013 y 2014. Un saludo,

  3. en respuesta a Patri Marcos García
    -
    #217
    13/01/14 19:10

    ya me da por pensar, que exista una clausula, que no te devuelvan mas de x importe....eso podria ser?

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #216
    13/01/14 19:09

    Buenas tardes,
    gracias por la rapida contestacion! estoy en el simulador de la renta, incluyo la movilidad geografica pero no me deduce el 100%. me sale que me devuelven pero no el 100%. No se si lo estare haciendo bien...pero me devuelven menos de lo que me retienen..estoy bastante perdida, por lo que te explico todo:
    enero / febrero / marzo no le retuvieron nada en la empresa, luego en el paro hasta noviembre tampoco, y ahora con movilidad geográfica, 12%. ( noviembre y diciembre). Mi duda es: en la declaración, cuando pongo la movilidad geografica entiende que es por todo el año? o solo los meses en los que e estado desplazada? es que tengo un piso por el cual me desgravo, pero me sale a devolver cosa que no creo q sea asi.
    Un saludo

  5. en respuesta a Patri Marcos García
    -
    Top 100
    #215
    13/01/14 11:52

    Buenos días Patri,

    Se aplicaría a la Declaración de la Renta de 2013 y la del próximo año 2014. Si, es independiente de que tenga hijos o esté casado. Un saludo

  6. en respuesta a xalola
    -
    Top 100
    #214
    13/01/14 10:53

    Buenos días,

    No hay ningún problema, no se hace distinción al porque de la inscripción al paro. Así que como cumples los requisitos necesarios para aplicar la reducción por movilidad geográfica puedes acogerte a ella en las próximas Declaraciones de la Renta.

    Un saludo,

  7. #213
    11/01/14 13:19

    Buenos dias,
    es una duda que tengo acerca de mi pareja. el estaba inscrito en la oficina del inem en leganes, ahora nos hemos transladado a alicante ( pilar de la horadada) porque le ha salido trabajo. Estamos viviendo de alquiler desde entonces.
    Como esto ocurrio en noviembre del 2013, me gustaria saber para que ejercicios nos podemos desgravar. es decir, en esta declaracion serían noviembre y diciembre, y en la siguiente durante todo el año?
    Esto es independiente de si estas soltero con hijos?
    Un saludo

  8. Nuevo
    #212
    11/01/14 11:26

    Buenos días.
    Tengo alguna duda respecto a si me podría acoger a esta reducción, os lo comento.
    En estos momentos estoy trabajando con un contrato indefinido en Galicia, y he aprobado una oposición para la Comunidad de Madrid, así que el punto de movilidad lo cumpliré.
    Antes de incorporarme tendré que dejar el trabajo e inscribirme en el paro aquí, pero, a la hora de que me concedan la reducción en las próximas declaraciones, ¿hay alguna diferencia entre que el cese en mi trabajo actual sea por baja voluntaria, o tendría que ser despido? ¿y que el nuevo puesto sea de funcionario?
    Muchas gracias!

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #211
    13/12/13 14:08

    Ok, muchas gracias por la velocidad de tu respuesta, pues eso pienso yo también que no he de tener ningún problema, pero con la Administración nunca se sabe. No obstante de no necesitar el empadronamiento ya he solicitado hacerlo, así que creo que entregaré también el justificante, aunque no se si entregando éste tendré problemas por haberme empadronado un año después de entrar en la vivienda y si por ahí se podrían agarrar para no darme la reducción.

    Si cuando me dijeron en la Agencia Tributaria que solo bastaba con cambiar el domicilio fiscal me hubieran informado de los documentos a entregar no tendría que estar ahora con estas prisas casi al final del ejercicio. Si yo trabajase en la Administración pública intentaría facilitarle la vida a los ciudadanos que para eso mi sueldo dependería de fondos públicos, al menos yo lo entiendo como un servicio a tu país, puesto que el tiempo de las personas también tiene un coste económico por no hablar de los diferentes problemas de ansiedad y nerviosismo que te pueden causar ciertos tramites administrativos.

    Muy bien pues muchísimas gracias Amparo por tu respuesta.

  10. en respuesta a David_martinez
    -
    Top 100
    #210
    13/12/13 13:28

    Buenos días,

    Cumples todos los requisitos, solo teniendo el contrato de alquiler justifica que estabas viviendo en un municipio distinto al de tu vivienda habitual, por lo que no es necesario tener el empadronamiento. Aportando toda la documentación que me indicas no habrá ningún problema para aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta del 2012.

    No te preocupes ;) Un saludo,

  11. #209
    13/12/13 12:57

    Hola buenos días Amparo, te comento mis dudas:

    Mi caso es el siguiente, yo estuve trabajando en el municipio de Murcia durante el mes de enero de 2012, y estuve empadronado allí, y además estuve viviendo de alquiler allí, aunque mi domicilio fiscal a efectos de la Agencia Tributaria lo tenia localizado en casa de mis padres en un pueblo de la Región de Murcia. Después del 31 de enero de 2012 volví a casa de mis padres unos días y me inscribí en la oficina de empleo en fecha 4/2/2012. Posteriormente el día 8/2/2012 acepte un trabajo en la ciudad de Cartagena con lo que traslade mi domicilio a esa nueva ciudad, así lo hice constar en la declaración de la renta del ejercicio 2012 como me indicaron en la Agencia Tributaria.

    Ahora recibo una notificación de la Agencia Tributaria diciendo que la reducción sobre los rendimientos netos del trabajo personal por intentar aplicar la movilidad geográfica es incorrecta y me dicen que debo de aportar documentación que lo acredite. Allí me dicen que sería suficiente con entregar el contrato de alquiler de la vivienda donde vivo en el municipio de Cartagena, el contrato laboral y un certificado de la oficina de empleo que acredite que en esas fechas antes de aceptar el trabajo estaba dado de alta en el servicio de empleo público.

    Decir que yo no me empadrone en Cartagena en el momento en el que me fui allí a trabajar, pero viendo lo que me piden ahora he decidido empadronarme, claro que me estoy empadronando ahora, diciembre de 2013 en una vivienda en la que entre vivir en febrero de 2012 como consta en el contrato de alquiler y en la que sigo viviendo actualmente.

    ¿Tendré algún problema por haberme empadronado con posterioridad en dicha vivienda?

    He leído el articulo 20.2 b y creo que cumplo todos los requisitos para que se me aplique la degradación por movilidad geográfica, pero no se si el tema del empadronamiento me dará problemas.

    A la Agencia tributaria le entregaré los siguientes documentos:

    Contrato de alquiler que tenia en la ciudad de Murcia y fotocopia de la extinción de dicho contrato.
    Informe de vida laboral
    Informe de inscripciones en la oficina de empleo
    Contrato de alquiler de la vivienda a la que me traslade en Cartagena
    Factura de teléfono con la nueva dirección
    Contrato laboral

    Y como el certificado de empadronamiento en la nueva ubicación, es decir, Cartagena, tarda unos días y me saldría del plazo que la Agencia Tributaria me ha dado para entregar la documentación, he pedido un justificante del alta en el padrón, aunque tal documento pone que no tiene validez como justificante de Alta/Modificación en el padrón de Habitantes, pese a ir sellado por el propio Ayuntamiento de Cartagena.

    ¿Cómo ves mi situación, crees que me puedo beneficiar de la movilidad geográfica? Yo en principio veo que cumplo todos los requisitos que aparecen en la ley.

    Muchas gracias por adelantado. Recibe un cordial saludo

  12. en respuesta a vgonga1986
    -
    Top 100
    #208
    12/12/13 10:04

    Bienvenido a Rankia,

    Entiendo que podrás obtener de nuevo este documento de demanda de empleo, te recomiendo que en primer lugar llames a la oficina de empleo de la ciudad en la que estabas inscrito porque entiendo que será allí dónde lo tendrás que sacar, pero quizás ellos te pueden indicar como hacerlo por Internet. Seguro que no hay ningún problema y puedes acreditar que estabas en situación de desempleo en una ciudad diferente.

    Un saludo,

  13. Nuevo
    #207
    11/12/13 21:16

    Buenas, Amparo.

    He tenido un problema con la reducción por movilidad geográfica y me han enviado una notificación para la presentación de una serie de documentos. Lo único que me falta es una "justificación de haber estado inscrito en la oficina de empleo". Estuve apuntado en su día y tenía el documento de demanda de empleo (tarjeta del paro), pero lo he perdido.

    ¿Cómo puedo justificar que estuve apuntado en la fecha de la movilidad? ¿Se puede solicitar algún documento que lo acredite? En caso de poderse, ¿hay que solicitarlo en la oficina en la que me apunté al paro o puede ser en cualquier otra o, mejor, por internet? Se me está acabando el plazo para la presentación de la documentación y voy un poco apurado.

    Muchas gracias y un saludo.

  14. en respuesta a pertol
    -
    Top 100
    #206
    02/12/13 09:44

    Buenos días,

    Es posible que te hayan denegado la deducción por tener el contrato de alquiler con anterioridad al contrato de trabajo. La deducción tiene origen cuando el desempleado se desplaza a otro municipio con consecuencia de un nuevo trabajo, por tanto la fecha del contrato de trabajo y del de alquiler debe ser igual o similar.

    Un saludo,

  15. en respuesta a al3jo
    -
    #205
    01/12/13 01:55

    Hola, muy buenas, me gustaría saber en que quedo todo, ya que yo tengo el mismo problema, muchísimas gracias.

  16. #204
    01/12/13 00:53

    Hola Buenas, quería exponer mi caso por que no hay ninguno parecido.
    Yo señale dicha reducción y ahora me ha llegado un requerimiento de haciendo en el que me niegan dicha reducción, y me piden unos documento justificativos.
    El caso es que yo estaba cobrando el paro e inscrito en la oficina de empleo de RONDA y me vine a buscar trabajo a Madrid, alquile un piso a mi nombre en Madrid y estaba cobrando el paro. A los 4 meses de estar en Madrid con contrato de alquiler en esta ciudad y estar inscrita en la oficina de Ronda encontré trabajo en Madrid. Mi pregunta es: Si teniendo ya contrato de alquiler hace 4 meses y estar inscrita en otra oficina diferente, tengo derecho a esta reducción

  17. en respuesta a retormossen
    -
    Top 100
    #202
    25/11/13 11:03

    Te entiendo perfectamente, si puedes habla con el otro inquilino y antes de presentar ningún documento comprometedor a la Agencia Tributaria, ve a un asesor fiscal y coméntale tu caso. Un saludo,