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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #180
    05/09/13 11:41

    Muchas gracias Amparo por tu respuesta.
    Sin embargo, no me queda claro si debo aportar documentación junto con la solicitud de devolución de ingresos indebidos. Y de ser así, qué documento puede sustituir al certificado de empadronamiento o contrato de alquiler, pues carezco de ellos. ¿De qué otra manera puedo justificar el cambio de domicilio?
    Gracias de nuevo,
    Anabel

  2. en respuesta a Anabel26
    -
    Top 100
    #179
    05/09/13 10:37

    Bienvenida a Rankia Anabel,

    En tu caso, deberás de presentar una Solicitud de devolución de ingresos indebidos, por no haber aplicado la reducción por movilidad geográfica en el 2011 , calculando que incidencia fiscal tiene en la Declaración presentada en comparación con la que deberías haber presentado.

    Un saludo,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #178
    04/09/13 21:29

    Hola:
    Tras consultar mi caso en la oficina de Hacienda, parece ser que tengo derecho a la reducción por movilidad geográfica, y así lo solicité en la declaración de la renta pasada (año 2012).
    Como también se me puede aplicar al año anterior (yo no lo sabía) voy a entregar un escrito solicitando devolución del año 2011. Mi pregunta es: al entregar este escrito, ¿debo aportar documentos?
    Puedo disponer sin problema del certificado del INEM, y de un certificado de mi empleador donde consta el lugar de trabajo y las fechas. Sin embargo, no tengo contrato de alquiler ni certificado de empadronamiento, viví esos dos años en casa de un conocido. ¿Qué otro documento puedo aportar que justifique mi cambio de domicilio? Antiguamente existían los certificados de convivencia, que se solicitaban en la Policía Local o en el Ayuntamiento.

  4. en respuesta a danielsm
    -
    Top 100
    #177
    03/09/13 09:16

    Buenos días Daniel,

    En el artículo 20 .2.b) Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 y el artículo 12 .2 Real Decreto 439 / 2007, de 30 de marzo de 2007 se especifica que se podrá aplicar la reducción por movilidad geográfica siempre que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de dicha residencia y la reducción se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente. Por tanto, si efectivamente tu cambiaste tu residencia en Agosto, entiendo que si que podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2012.

    Pero al no especificar si el traslado se debe de hacer el mismo día que se acepta el trabajo o a posteriori, no se si pueden pedir más información desde la Agencia Tributaria, siento no poder ayudarte. Un saludo,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #176
    02/09/13 21:16

    Saludos Amparo. Me acabo de registrar en Rankia, aunque desde hace tiempo os vengo leyendo.

    Te comento, para este año me acogí a la reducción por movilidad geográfica. Fui a una oficina de la Agencia Tributaria, y la chica me dijo que sí cumplía los requisitos.

    Pero he aquí mi sorpresa, cuando recibo una notificación para que demuestre varias cosas. He ido a la Agencia Tributaria y me han dicho que mi caso no es tan claro.

    Mi caso es el siguiente: yo soy de Santander, y estaba inscrito en el Servicio Cántabro de Empleo, hasta que recibo una oferta de trabajo de Vitoria. Acepto la oferta, el 26 de Marzo de 2012. Hasta ese mismo día estaba en paro, con lo que en esto no hay problema.

    Yo al principio, al empezar en una ciudad en la que nunca había estado, y sin conocer a nadie ni nada, los primeros meses estuve yendo y viniendo todos los día desde Santander a Vitoria, hasta que el 2 de Agosto, por fín, encuentro un piso. Tengo contrato de este piso.

    El problema que me dicen es que como empecé a trabajar en Marzo, y el contrato del piso no es hasta Agosto, dicen que eso no es un cambio de domicilio. En el manual no dice nada de que tenga que ser en el mismo momento. ¿el nuevo trabajo ha supuesto que tenga que cambiarme de domicilio? es obvio que sí.

    Mi duda es si en algún lugar viene que ese cambio tenga que ser en el mismo momento, o que solo se interprete que el trabajo requiera un cambio. Desde luego que en el manual no especifica nada de eso.

    Un saludo y muchas gracias.

  6. en respuesta a tessasm
    -
    Top 100
    #175
    19/08/13 18:22

    Buenas tardes,

    Si no has estado inscrita como demandante de empleo en la oficina del INEM hasta el día antes de firmar el contrato de trabajo no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta ya que no estás cumpliendo el primer requisito que se exige. La única prueba que es necesaria es la tarjeta de desempleo. Un saludo,

  7. en respuesta a Joseam
    -
    Top 100
    #174
    19/08/13 13:39

    Bienvenido a Rankia Joseam,

    Si no me equivoco no existe ninguna desgravación en la Declaración de la Renta por el tema que comentas. En este artículo se explica la reducción por movilidad geográfica al aceptar un puesto de trabajo fuera de tu domicilio habitual siendo desempleado. De todos modos, puedes consultarlo con un asesor fiscal y que te oriente.

    Un saludo.

  8. en respuesta a al3jo
    -
    Top 100
    #173
    19/08/13 13:38

    Buenos días,

    Entiendo que si, ya que tu residencia habitual se debe de modificar en el momento de aceptar el nuevo trabajo. De todos modos, consultalo con un asesor fiscal a ver que te comenta. Un saludo,

  9. Nuevo
    #172
    13/08/13 10:35

    Hola estoy trabajando fuera de mi minicipio a unos 65km, es decir tengo que hacer mas 120km diarios, ¿hay una manera de desgravar ya que debo desplazarme esos km diarios? gracias

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #171
    09/08/13 12:38

    Buenos días Amparo,

    Una duda.

    A mi novia la han denegado la movilidad geográfica. Ella trabajaba en Madrid y la despidieron, se volvió a Segovia y se dio de alta en el paro allí (Mayo 2012).

    En julio, para poder buscar trabajo de mejor manera se fue de alquiler a un piso conmigo en Madrid y finalmente encontró trabajo en Septiembre.

    El hecho de no mudarte a posteriori de encontrar trabajo es suficiente para anular la reducción?

    Muchas gracias por tu ayuda,

    Un saludo

  11. Nuevo
    #170
    06/08/13 14:31

    buenos dias, mi duda es la siguiente:
    En febrero del 2011 aprobé una oposición y me trasladaron a otra provincia, donde estuve residiendo un año.Yo he estado inscrita como demandante de empleo mucho tiempo ,pero justo 4 meses antes de aprobar la oposición no pude ir a sellar la tarjeta, por lo que no estuve inscrita como demandante de empleo justo antes de aprobar la oposicion.Mi pregunta es si tengo derecho a la deduccion por movilidad geográfica si demuestro que aunque no estaba inscrita como demandante de empleo justo antes de aprobar la oposicion pero que no estuve trabajando en ningún sitio ni dada de alta,que simplemente deje de ir a sellar porque estaba estudiando???
    Por otro lado, perdí el contrato de alquiler porque desconocía que existia esta deduccion, mi casero tambien ha perdido el contrato, pero puedo justificarlo mediante las transferencias bancarias que hacia mensualmente.
    muchas gracias por la ayuda,

  12. en respuesta a Ana00
    -
    Top 100
    #169
    11/07/13 09:43

    Buenos días Ana,

    Por lo que comentas parece que si tienes derecho de nuevo a aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta 2012 y 2013 porque parece que cumples los 3 requisitos marcados:

  13. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.

  14. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.

  15. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
  16. Un saludo,

  17. Nuevo
    #168
    10/07/13 19:16

    Buenas tardes:

    Mi caso es el siguiente, en la declaración de la renta de 2010, me beneficié de esta reducción, me traslade de Extremadura a Asturias. Una vez finalizado mi contrato (Septiembre de 2011 volví a mi domicilio habitual Extremadura. En Septiembre de 2012, estando inscrita en el INEM de mi domicilio habitual, acepto un puesto de trabajo en Asturias otra vez, lo que provoca mi cambio de residencia, otra vez. En la declaración de la renta de este año, Renta 2012, he vuelto a aplicarme esta reducción. Mi pregunta es, ¿Tengo derecho a ella otra vez?.

    Gracias por adelantado.

  18. en respuesta a Mirgar
    -
    Top 100
    #167
    04/07/13 11:48

    Buenos días,

    Si te apuntas al paro en Telde, y al firmar el nuevo contrato en Fuerteventura también tienes contrato de alquiler o empadronamiento en Fuerteventura; podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica para la próxima Declaración de la Renta de 2013 y 2014. Un saludo.

  19. Nuevo
    #166
    03/07/13 17:42

    Hola,

    Llevo dos meses trabajando en Fuerteventura, ahora se me acaba el contrato y firmaré otro en Agosto para la misma empresa. Estoy empadronada en Telde, Gran Canaria. ¿Si me apunto al paro en Telde al final de Julio me aplicarían el descuento en la declaración?

    Gracias :)

  20. en respuesta a Anzo81
    -
    Top 100
    #165
    27/06/13 16:27

    Bienvenido a Rankia,

    La Declaración de la Renta hace referencia al periodo impositivo del 1 Enero 2012 al 31 Diciembre 2012, como todo el 2012 has vivido en Murcia, tu domicilio habitual será Murcia. Para la próxima Declaración de la Renta de 2013, será Madrid, si pasas más de 183 días en Madrid. Y por tanto, la deducción por movilidad geográfica también la tendrás que aplicar en la próxima Declaración de la Renta de 2013 y el siguiente, porque es en este año cuando te trasladas.

    Un saludo

  21. Nuevo
    #164
    27/06/13 09:52

    Hola.

    Aquí apurando fechas.

    Querría hacerte una pregunta sobre el domicilio habitual y la deducción por movilidad.

    En Febrero de 2013 cambié de municipio (de Murcia a Madrid) por motivos laborales. He estado inscrito en la oficina de empleo y cumplo los requisitos. Mi consulta va orientada hacia las fechas, es decir:

    - Para la declaración de este año (periodo 2012), ¿Cuál es mi domicilio habitual, Murcia o Madrid?
    - En el caso de la deducción por movilidad, ¿la puedo implementar en la declaración actual o me tengo que esperar al año que viene (periodo impositivo 2013)?

    Gracias

  22. en respuesta a belcita
    -
    Top 100
    #163
    26/06/13 16:38

    Buenas tardes,

    En este artículo se explican los plazos para presentar la Declaración de la Renta 2012. Hoy es el último día para presentar la Declaración de la Renta sea a ingresar con domiciliación en cuenta, es decir, si te toca pagar a la Agencia Tributaria y vas a domiciliar este pago en tu cuenta bancaria; pero como dices, el pago lo cargarán en tu cuenta el día 1 de Julio.

    Un saludo.

  23. #162
    26/06/13 14:19

    Hola,

    acabo de ver que el plazo para las "declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria" acaba hoy!!
    ¿Esto es tanto si te sale a pagar como a devolver?
    En mi caso me sale que tengo que pagarle yo a Hacienda (supongo que eso es "a ingresar", que me lío con la terminología).
    Por otras webs leo que la "fecha de cargo de la domiciliación" es el 1 de julio...
    ¿Me lo podéis aclarar, por favor?
    Muchisimas gracias!

  24. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #161
    21/06/13 12:57

    Buenas!

    Muy clarificadora tu respuesta.

    Gracias!

    Un saludo!