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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  1. en respuesta a Isabelmp
    -
    Top 100
    #360
    29/05/14 10:09

    Bienvenida a Rankia,

    Por lo que comentas, no creo que puedas aplicar la Deducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, deberías haberte empadronado en Huesca para poder aplicarla. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le comentes tu caso concreto.

    Un saludo,

  2. #359
    28/05/14 18:27

    Buenas tardes, tengo una duda para mi declaración del ejercicio 2013.

    Cumplo los requisitos para la reducción de movilidad geográfica pero con un matiz:
    1- He estado inscrito en la oficina de empleo de Zaragoza
    2- He aceptado un puesto de trabajo en un municipio distinto (pueblo de Huesca)
    3- He trasladado mi residencia a dicho pueblo.

    Problema: me he trasladado al nuevo municipio donde yo tengo una segunda residencia por lo que no he tenido que alquilar piso, no me he empadronado, y no sé de qué manera podría demostrar que efectivamente estoy viviendo en el nuevo municipio. Lo único que podría aportar (que se me ocurra) son los movimientos de mi tarjeta de crédito que todos son de la zona (gasolina, farmacia, compras...) pero no sé si eso es una prueba que acepten... no sé si mi empresa podría certificar algo y sería válido... qué me aconsejas??

    Me da miedo que luego me pidan justificantes y no me acepten esto y encima me multen...

    Muchas gracias! un saludo

  3. en respuesta a Saragc
    -
    Top 100
    #358
    26/05/14 12:48

    Buenos días,

    Simplemente tienes que enviar una nueva Declaración de la Renta de 2013. A posteriori, si te piden que acredites la aplicación de la reducción por movilidad geográfica, ya tendrás que presentar el contrato de trabajo, el papel de INEM y el contrato de alquiler. Pero de momento nada!
    Un saludo,

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #357
    24/05/14 00:38

    Mil gracias de nuevo, Amparo.

    Una última cosa: mi padre ha ido a Hacienda hoy y le han dicho que tengo que presentar el contrato y el papel del INEM para presentar un recurso o algo así, pero no me ha dicho nada de poder presentar una segunda dentro del plazo de la Renta 2013 (30 junio) como tú comentas. ¿Hay algún decreto o página en el manual de la declaración donde se especifique ésto de considerar la declaración con fecha posterior? Así lo adjunto con los papeles a enviar... O presento directamente otra declaración... Es que encima estando en otro país todo es aún más complicado.

    Perdón por las molestias y muchas gracias.

    Un saludo,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #356
    23/05/14 12:22

    Muchas GRACIAS, AMPARO. No lo aplicare entonces este año

  6. en respuesta a krishff
    -
    Top 100
    #355
    23/05/14 11:50

    Buenos días,

    Como se comenta en el artículo, dos requisitos necesarios para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica son haber estado inscrita en la oficina de empleo y cambiar tu domicilio habitual tras la aceptación del trabajo. Por tanto, para el cambio de domicilio de Bañeza a León (año 2012) creo que no tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta.

    Y para el nuevo cambio de domicilio, de Bañeza a Madrid, si estabas inscrita a la oficina de empleo en Bañeza, podrás aplicarte esta reducción para la Declaración de la Renta de 2014 y 2015.

    Un saludo,

  7. #354
    23/05/14 09:20

    Buenos días:
    Voy a explicar mi caso solicitando vuestra ayuda a ver si es posible aplicar movilidad geográfica en mi declaración o no.
    El año 2012 comencé a trabajar en una empresa de León, yo soy de la Bañeza (otro MUNICIPIO a unos 40 km) , y al principio iba y venia diariamente. No fue hasta Enero del 2013 cuando alquilé una vivienda en León y trasladé allí mi vivienda habitual (tengo contrato de arrendamiento y facturas de luz, agua, gas, teléfono…). Además no dispongo de la cartilla del paro, y no se si puedo solicitar un certificado o expediente en el que figure que estaba dada de alta en la fecha que comencé a trabajar. ¿Puedo solicitar la movilidad geográfica este año, si el contrato de trabajo lo firmé en 2012 y el contrato de piso en 2013?
    Por otra parte, este año 2014 he estado en el paro del 1/2/2014 al 10/3/2014 cuando me he trasladado a Madrid por un nuevo contrato de trabajo y con alquiler de nueva vivienda, dado que la ley dice: podrá aplicarse una reducción del 100 por 100 en tus rendimientos del trabajo, en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, no se si al hacer la RENTA 2013 debo aplicar los datos relativos a este ultimo cambio, o debo hacerlo con los anteriores de LËÓN, y el año que viene RENTA 2014 ya puedo aplicar el cambio a MADRID??.
    gracias de antemano, Reciban un cordial saludo

  8. en respuesta a Saragc
    -
    Top 100
    #353
    23/05/14 09:16

    Buenos días,

    Como todavía estamos en plazo de la Declaración de la Renta 2013, puedes presentar una nueva Declaración de la Renta antes del 30 de junio de 2013, incluyendo la movilidad geográfica, ya que la Agencia Tributaria tendrá en cuenta la Declaración con fecha posterior.

    Respecto a la declaración de 2012, deberías presentar una solicitud de ingresos indebidos. Por lo que te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y te ayude a presentarlo. Un saludo,

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #352
    22/05/14 20:21

    Buenas tardes, Amparo.

    Muchas gracias por tu respuesta. Ahora tengo un problema: yo me he enterado de esto de la Movilidad Geográfica después de haber presentado la Declaración 2013 y me gustaría rectificarla. ¿Cómo puedo hacerlo? ¿Qué documentos necesito? ¿Qué plazos tengo? ¿Tengo que esperar al 1 de Julio? ¿Tengo que presentarla en la Oficina o puedo hacerlo online? ¿Puede alguien presentarla por mí en las oficinas?

    Además, no presenté la de 2012 al no estar obligada, pero me salía a pagar. ¿Podría presentar también una rectificación de ésta alegando también la Movilidad Geográfica?

    Muchas gracias por todo. Un cordial saludo.

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #351
    22/05/14 16:45

    Vale. Muchas gracias por las respuestas.
    Un saludo.

  11. en respuesta a kikipiriki
    -
    Top 100
    #350
    22/05/14 16:36

    Si, si no estabas inscrito en la oficina de empleo antes de empezar el nuevo trabajo en Soria, no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica, ya que el primer requisito es haber estado inscrito en la oficina de empleo antes de aceptar ese trabajo. Un saludo,

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #349
    22/05/14 12:54

    Buenos días. No tengo transferencias puesto que lo pagaba en efectivo, pero si tengo recibos de la dueña del piso. Y cuando acabó mi primer contrato en mayo no me inscribí, porque no hubo tiempo para hacerlo. Estuve inscrito en Enero antes del primer trabajo. Pero el mismo día que termine en mayo me llamaron para ir a Soria de una bolsa de empleo que tenía aprobada, así que no me dio tiempo a inscribirme otra vez. ¿Asi que si no me inscribí durante esos 3-4 días me podrian denegar la deduccion? En los requisitos pone haber estado inscrito como demandante de empleo, pero lo que no dice es cuándo...de ahí mis dudas...

    Muchas gracias por la respuesta y un saludo

  13. en respuesta a Saragc
    -
    Top 100
    #348
    22/05/14 12:13

    Buenos días,

    La primera condición que se tiene que cumplir es que antes de aceptar la beca, estuvieras inscrita en la oficina de empleo. El empadronamiento es secundario, ya que si tienes recibo de alquiler en Milán, es suficiente para poder acreditar el cambio de domicilio habitual. Un saludo,

  14. en respuesta a kikipiriki
    -
    Top 100
    #347
    22/05/14 12:11

    Buenos días,

    Si puedes acreditar el cambio de domicilio habitual, aunque solo haya sido desde Mayo hasta Diciembre, puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta. Siempre que cuando se te acabó el contrato en mayo, te inscribieras en la oficina de empleo hasta aceptar el nuevo trabajo, y tengas las transferencias bancarias que acrediten el pago del alquiler de la habitación.

    Un saludo,

  15. #346
    21/05/14 20:03

    Hola, Amparo.

    Yo tengo un gran problema: he sido becaria del Ministerio de Turismo durante 2 años en Italia. La sede legal de mi empresa, por tanto, es Madrid. En mi Declaración de la Renta 2013 he incluido los gastos del alquiler de la vivienda habitual en Milán(hasta un máx de 3999,95€) pero tengo dudas sobre si puedo o no incluir también la movilidad geográfica para las reducciones. Mi situación es:

    1. Vine a Italia en abril 2012 y me di de alta como residente en el Consulado.
    2. Me empadroné en Milán.
    3. Como me seguía interesando estar empadronada en casa de mis padres en España, volví en diciembre 2012 y me empadroné de nuevo allí(la había perdido al darme de alta como residente en el Consulado)
    4. Me dí de baja como residente en el Consulado y consto como no-residente.

    Por tanto, oficialmente, estoy empadronada en dos ciudades: Madrid y Milán. Aquí diferencian la residencia "estable" del domicilio habitual. ¿En España también?

    Mi duda es: ¿Puedo aplicarme la reducción por movilidad geográfica? Y en ese caso, ¿podría hacer la complementaria de 2012? Cumplo los 3 requisitos: estaba dada de alta en la Oficina de Empleo, me trasladé porque mi puesto de trabajo estaba fuera de mi provincia (en este caso, al extranjero), y me empadroné en mi ciudad destino.

    Gracias por el foro y por tu ayuda!

  16. #345
    20/05/14 20:03

    Buenas tardes. Te cuento mi caso a ver si me puedes sacar de dudas. En Enero de 2013 estaba apuntado en la oficina de empleo. Me salio un trabajo en mi ciudad y se me acabó el contrato en mayo del mismo año. La semana siguiente me sale trabajo en Soria y me traslado allí hasta finales de año. ¿Me afecta en algo haber estado trabajando de Febrero a Mayo en mi ciudad? Por otra parte no tuve contrato de alquiler ni me empadroné en Soria, pero sí tengo recibos de lo que pagaba por el alquiler de la habitación...Aunque la verdad lo que más me preocupa es el asunto de haber estado dado de alta en la oficina de empleo...
    Muchas gracias por la ayuda y un saludo...

  17. en respuesta a jecalder
    -
    Top 100
    #344
    19/05/14 09:26

    Bienvenido a Rankia,

    Entiendo que aunque estés trabajando en Chile, tienes la obligación de hacer la Declaración de la Renta de 2013 es España, ya que has vivido más de 182 días en España durante este año. Así que si, puedes acogerte a la reducción por movilidad geográfica indicándolo en la casilla 018 y en el menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante.

    Un saludo,

  18. Nuevo
    #343
    18/05/14 01:38

    Hola

    Haber si me puede ayudar alguien.
    de Abril de 2013 a septiembre de 2013 estaba parado en septiembre de 2013 no solo acepte un trabajo en otro municipio, sino en otro pais Chile.

    Puedo acogerme a dicha reducción.

    Mi empresa en 2013 me retuvo el IRPF ya que estoy expatriado, puedo ponerlo en alguna casilla para que me lo devuelvan.

    Muchas gracias

  19. #342
    17/05/14 02:30

    Hola,

    Hacienda me solicita, ahora en 2014, justificación de la aplicación de una movilidad geográfica en el año 2009. Ese año me apliqué dicha reducción porque en 2008 me trasladé de Asturias a Madrid a trabajar, estando previamente inscrito en la oficina de empleo. No me apliqué la reducción en 2008, pues ese año no estaba obligado a declarar por no alcanzar el mínimo, pero sí en 2009. En 2012 solicito una excedencia y me traslado a Asturias. En 2013 solicito la reincorporación, inicialmente se me rechaza, por lo que me inscribo en la oficina de empleo nuevamente, sin embargo posteriormente se me acepta la reincorporación pero en la oficina de Valencia de mi empresa. Así que este año me volví a aplicar la reducción por movilidad. No me han pedido justificación de 2013, pero sí de 2009. Me han dado 10 días habiles para presentar la información

    Mis dudas son:

    1) Tengo que pedir a mi oficina de empleo de Asturias el justificante de haber estado inscrito en la oficina de empleo en 2008 antes de aceptar el trabajo, porque ahora mismo no lo conservo. ¿Puedo solicitar una aplazamiento de esos 10 días por tener que recopilar documentos?.

    2) Tengo el contrato de trabajo de 2008 donde se indica que es para Madrid. Para justificar el traslado de la residencia a Madrid tengo el contrato de alquiler de una habitación ¿sería suficiente?. No dispongo que facturas y recibos de 2009 a estas alturas, y no estaba empadronado, por lo que espero que sirva.

    3) ¿Puedo justificar la movilidad geográfica en 2013 (aún no me pidieron información al respecto, pero por si acaso), presentando la carta inicial de rechazo de reincorporación a mi empresa en Madrid, mi inscripción en la oficina de empleo y la aceptación de la carta de incorporación a la empresa en Valencia?. También dispongo del documento de empadronamiento en esa ciudad.

    Perdonad la extensión de este mensaje y gracias de antemano.

  20. en respuesta a bioab
    -
    Top 100
    #341
    15/05/14 10:05
    Bienvenido a Rankia, En comentarios anteriores lo hemos explicado: puedes acogerte a ambas reducciones en tu Declaración de la Renta siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca, sea tu vivienda habitual porque se hayan cumplido estos requisitos:
    Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de 3 años, que puede ser menos en los casos de:
  21. Boda
  22. Separación matrimonial
  23. Traslado laboral
  24. Obtención del primer empleo
  25. Cambio de empleo
  26. Inadecuación en caso de minusvalía
  27. Fallecimiento del contribuyente
  28. Por tanto, si has vivido al menos 3 años en la "vivienda habitual" puedes aplicar la deducción por vivienda habitual (la que no podrás es la de alquiler por vivienda habitual, tienes que decidir cuál de las 2 deducciones te interesa) y adicionalmente, aplicas en tu Declaración de la Renta la deducción por movilidad geográfica. Un saludo,