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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  1. Nuevo
    #800
    18/05/16 11:11

    buenos días, he leído los comentarios acerca de como indicar la movilidad geográfica pero no consigo encontrar la casilla 001. ¿ entro en la opción renta web, y se supone que debería estar verdad? gracias por anticipado

  2. en respuesta a Gema85
    -
    Top 100
    #799
    17/05/16 15:54

    Te habrá llegado de tu empresa un informe con los rendimientos del trabajo bruto, retenciones... ahí tienes toda la información. Saludos,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #798
    17/05/16 15:53

    El rendimiento del trabajo es en neto o en bruto?

    Gracias, soy un poco novata!

  4. en respuesta a Gema85
    -
    Top 100
    #797
    17/05/16 09:10

    Buenos días Gema, tienes que poner el total de los rendimientos del trabajo obtenidos en el ejercicio. Tienes un apartado de información en cada casilla para tu ayuda. Saludos,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #796
    16/05/16 23:50

    Muchas gracias por tu respuesta Amparo. Así lo haré y ya os comentaré en caso de que no pueda. Estuve mirando por internet acerca de esto y la verdad es que no veo por ningún sitio algo que haga referencia al cambio de domicilio fiscal.

    Saludos

  6. Nuevo
    #794
    16/05/16 19:20

    Hola,

    Te cuento mi caso, en 2015 estaba apuntada al paro y conseguí untrabajo fuera de mi comunidad. al introducir la deducción para la movilidad me hace poner el "importe del rendimiento neto previo correspondiente al puesto de trabajo aceptado", ¿Qué cantidad debo de poner ahí?

    Gracias

  7. en respuesta a elenagr
    -
    Top 100
    #793
    16/05/16 12:29

    Bienvenida a Rankia Elena, yo creo que la respuesta que te han dado es incorrecta. Puedes solicitarla ya que tienes documentación que acredita que al aceptar el nuevo empleo en 2015 cambiaste tu domicilio habitual con el contrato de alquiler y el empadronamiento. Saludos,

  8. en respuesta a anagonllo
    -
    Top 100
    #792
    16/05/16 12:27

    Buenos días Ana, en principio la reducción por movilidad geográfica se aplica a los rendimientos de todo el ejercicio siempre que en uno de los trabajos se hayan cumplido los 3 requisitos siempre que se modifique la residencia habitual en la Declaración de la Renta. Esta reducción será un gasto deducible de 2.000€.

    Saludos,

  9. #791
    16/05/16 01:04

    Hola Amparo, tengo una duda tras ir hacer una pregunta hacienda. En mi caso creo que cumplo con todos los requisitos para solicitar la reducción por movilidad geográfica, pues estaba anotada en el paro cuando acepte el puesto de trabajo en otra provincia (en el mes de mayo de 2015) y en Julio me empadroné y alquilé un piso en el municipio del nuevo trabajo. Creo que hasta aquí está todo correcto no?
    Hace unos días fué mi madre hacienda preguntar como tenía que hacer para solicitar la reducción por movilidad geográfica y le comentaron que este año no podía solicitarla ya por no cambiar el domicilio fiscal, que tenía que ir por allí y cambiarlo para poder solictarla para el año que viene.
    Esto es correcto? No puedo solicitarla ya este año?

    Muchas gracias por tu tiempo,

    Un saludo, Elena

  10. #790
    15/05/16 22:02

    Buenas noches.
    Me surge otra duda en relación a este tema.
    Al rellenar las casillas por la movilidad geográfica, me pide que indique el rendimiento neto del puesto de trabajo ( entiendo que el que acepté por el cambio de residencia)
    Si después he cambiado de empresa, ¿he de poner todo el rendimiento del trabajo del año o solo el del primer trabajo que tuve en el nuevo municipio? porque por ejemplo en mi caso me mudé por un trabajo en el cual solo estuve 15 días porque me salió otro mejor. Mi duda es si tengo que poner todo el rendimiento recibido o solo el de esos 15 dias.
    gracias.

  11. en respuesta a anagonllo
    -
    Top 100
    #789
    10/05/16 09:27

    El cambio de vivienda se justifica con el empadronamiento / contrato de alquiler, y normalmente tiene que coincidir en la misma fecha. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para ver la posibilidad de aplicar la reducción este año en la Declaración de la Renta 2015 y de 2016. Saludos,

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #788
    10/05/16 09:20

    Gracias por la bienvenida y la rápida respuesta. Cambié de municipio en Junio de 2015 y me he empadronado en Abril de 2016. ¿ Tendría entonces problema para aplicar la deducción? ¿Y para el año que viene?

  13. en respuesta a anagonllo
    -
    Top 100
    #787
    10/05/16 09:07

    Bienvenida a Rankia Ana, no es ningún problema siempre que estés empadronada en el nuevo municipio en la misma fecha aproximada que aceptaste el contrato de trabajo. Saludos,

  14. #786
    09/05/16 19:02

    BUenas tardes.
    Tengo una consulta en relación a este tema.
    Puedo aplicarme la deducción por movilidad geográfica ya que cumplo los requisitos. La única cuestión es que el alquiler de la vivienda donde vivo y en donde estoy empadronada, la paga mi prima. ¿ le supone a ella algún tipo de problema?
    GRacias de antemano

  15. en respuesta a Arteagaf
    -
    Top 100
    #785
    09/05/16 16:48

    Si tienes derecho a la reducción en la Declaración de la Renta de 2015, debes saber que se trata de un gasto deducibles de los rendimientos del trabajo, a modificar en la casilla 001. Y servirá para el total de los rendimientos obtenidos en el ejercicio.

    Saludos,

  16. #784
    09/05/16 16:47

    Buenas tardes, cumplo los requisitos de movilidad geográfica pero no se como introducirlos en la renta. Otra pregunta sería si la deducción es proporcional , ya que la mudanza se hizo en Febrero. Muchas gracias.

  17. en respuesta a hidem
    -
    Top 100
    #783
    09/05/16 09:12

    Buenos días, de todos modos tienes que tener algo que justifique el traslado de residencia desde el mismo momento en que aceptas el trabajo para aplicar la reducción por movilidad geográfica. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para ver si tienes la posibilidad de aplicarla en la Declaración de la Renta de 2014 y 2015. Saludos,

  18. Nuevo
    #782
    08/05/16 13:59

    Hola,
    Quisiera hacer una consulta sobre la deducción por movilidad geografica.
    Tengo mi residencia habitual en Madrid, y en noviembre de 2014 estaba apuntado al paro y acepté un trabajo en Ibiza.
    En la declaración del año pasado no solicité ninguna deducción, pero estuve trabajando allí hasta abril de 2015 ¿puedo solicitarla este año?
    No me empadroné en Ibiza ni tengo alquiler a mi nombre, ya que el piso lo ponía la empresa. Cómo puedo justificarlo? aunque es evidente que tuve que cambiar de domicilio por la distancia.
    Gracias!!

  19. Nuevo
    #781
    04/05/16 20:52

    Hola,

    En mi caso acepté unas prácticas remuneradas en febrero de 2014 después de haber estado en el paro en otra comunidad autónoma. El problema es que me acabo de enterar ahora de que existe ese tipo de deducción, así que no la solicité el año pasado. ¿Podría solicitar la de este año 2015 y la del pasado 2014? ¿Hay algún problema por que se trate de unas prácticas?

    Gracias