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Lo primero, esto NO es un consultorio sino una conversación entre inversores habituales en la que los ya iniciados en el negocio de las subastas hablamos sobre nuestras cosas, intercambiamos buenas y malas experiencias y opinamos sobre algunas de las subastas en curso.

Las consultas básicas sobre las subastas en general y sobre cualquier subasta en particular NO son bienvenidas.

Porque esto NO es una escuela de primaria de subastas.

Ni aquí queremos darle munición a los paracaidistas para competir en subastas con inversores ya iniciados que luchan con sus propias armas.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Y por último, como medida de precaución para que nadie tenga la tentación de utilizar este chat como medio para resolver sus dudas particulares, voy a proponer una única regla básica:

Que todo lo que se comente sobre cualquier subasta en curso tenga que ser aportando el código de la subasta. 

Jejeje, un pequeño misil en la línea de flotación de quien esté investigando su particular El Dorado.

Iniciemos la conversación.

 

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  1. en respuesta a Jaruh
    -
    #2680
    31/05/20 15:27
    Debemos seguir subastas diferentes.... Yo todo lo que seguía se compró caro o muy caro....y en vehículos ya ni te cuento vi algunos por encima del mercado de 2 mano...
  2. #2679
    31/05/20 15:22
     estamos todos contentos con las subastas de ayer?. yo no he visto las locuras que se pujaban antes del corona con alguna excepcion
  3. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #2678
    25/05/20 10:59
    Agradezco vuestros comentarios, jotaerre y Tristán, se que es un poco locura para ser la primera operación que hago más compleja de una compraventa normal y corriente, y sé que es como tirarse de puenting sin fiarse mucho de la cuerda, pero por suerte o por desgracia no le tengo mucho miedo a las cosas, y espero que sí al final tomo la decisión, poder terminar con final feliz

    Un saludo, y por aquí seguiré leyendo vuestros articulos
  4. en respuesta a Aprendis
    -
    Top 100
    #2677
    25/05/20 10:28
    Guau, Aprendis, eres un valiente, estás a punto de acometer el tipo de inversión más técnico y arriesgado de todo el negocio inmobiliario. De hecho es un tipo de inversión mitad inmobiliaria mitad financiera. Hay subasteros con años de experiencia que ni de coña se atreverían a algo así. No obstante, para aprender no hay nada como tirarse al agua. Solo te doy un pequeño consejo: por si acaso no hay mucho fondo no te tires de cabeza. Si hay poco fondo y te tiras de cabeza, ahí se acaba todo. Sin embargo, si hay poco fondo y te tiras de pie, solo quedarás muy jodido, pero quizás puedas contarlo.
  5. en respuesta a Aprendis
    -
    #2676
    24/05/20 17:01
    Hola, Aprendis, y gracias de mi parte, pero, para no liarla, esas respuestas te las debe dar tu abogado, ya que sabrás que para la sucesión procesal deberás comparecer en forma en el proceso.
    Saludos,
  6. #2675
    24/05/20 15:31
    Buenas tardes a todos

    Me presento, soy un joven, y todavía inexperto inversor, pero os sigo desde la sombra hace algún tiempo, y la verdad que me tiene bastante enganchado el mundo de la inversión inmobiliaria, y especialmente el tema de las subastas, por lo que lo primero agradezco todas las contribuciones de Tristán,mfmelo, jotaerre y compañía , que ayudan a abrir los ojos ante lo complejo y difícil que puede ser una aparente "inversión sencilla"

    Se que al inicio de este chat se comenta que no es un lugar para resolver dudas, y que la información viene de la experiencia y del estudio y eso vale un dinero, por lo que disculpar mi duda, y entiendo perfectamente que no obtenga respuesta

    Aún así, quería comentaros mi caso:

    Se trata de una cesión de crédito que me han ofrecido por parte de un banco, con un inmueble como garantía de pago, que no es vivienda, y que se encuentra en fase de ejecución (todavía no se ha dictado decreto de subasta)

    Tras leer toda la información posible, los 3 post de Tristán acerca de las cesiones de crédito, y analizarlo detenidamente viendo que no tiene cláusulas abusivas ni otros problemas, me quedan aún un par de dudas:

    Al comprarlo, bastaría con hacer escritura de cesión, liquidar AJD, y solicitar la sucesión procesal? No habría problema porque ya estuviera iniciado el trámite de ejecución? Y si estuviera ya en fase de subasta?

    Tiene como carga preferente un préstamo con el mismo banco que ofrece la cesión pero que dice que está canceladas económicamente , pero no registralmente, se podría cancelar dicho préstamo con carto de pago ante notario o solo lo puede hacer el propietario del inmueble? 
    Si no se pudiera... Me tocaría, si me adjudicara el inmueble, liquidar el ITP por el precio de la subasta más la hipoteca anterior?

    Muchas gracias por vuestra ayuda, y disculpar si lo que pregunto es una tontería

    Un saludo
  7. #2674
    24/05/20 11:08
  8. en respuesta a Iizaguirre
    -
    #2673
    23/05/20 17:14
    Que los  procesales se reinician está en este otro RD-Ley, que no se deroga:

    https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/29/pdfs/BOE-A-2020-4705.pdf
  9. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2672
    23/05/20 17:07

    Pero podían haber estado más coordinados, y poner una misma fecha. Del mismo modo con las suspensiones, indicando si se reanudan o se inician de nuevo, porque al menos en las judiciales leí en su momento que se iniciaban de nuevo, y nada dicen al respecto.
     
    Artículo 8. Plazos procesales suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. 

    Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos procesales. 

    Artículo 9. Plazos administrativos suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. 

    Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas. 

  10. en respuesta a Iizaguirre
    -
    #2671
    23/05/20 08:59
    Buenas, confirmado ya en el BOE, esta vez conlleva un matiz importante:

    "Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos procesales. Se alzará la suspensión en esa misma fecha".

    Es decir, donde el Decreto original decía...

    "El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo"

    ... ahora ya no se hace depender la suspensión del estado de alarma, sino que se entiende que el 4 de junio "pierde vigencia" su DA 2ª (y la 3ª, para los plazos administrativos).

    Saludos,
  11. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2668
    22/05/20 08:43
    Los crímenes de la calle Morgue vs El perro de los Baskerville

    Buenas, el ejercicio planteado por el Dr. Z me ha parecido un preciso y precioso ejemplo de los métodos inductivo (de Arsène Lupin, como estandarte, el detective de Poe, en el primer cuento y otros) y deductivo de Holmes (en el segundo, por ejemplo), lo que me ha incitado a desarrollarlos:

    El inductivo (o intuitivo, si se quiere) consiste en estudiar el caso, llegar a la conclusión de que solo existe una solución posible, y luego buscar las pruebas que la confirmen.
    El deductivo, por contra, parte de las pruebas para llegar a la solución.

    En los dos cuentos del título (ALERTA de Spoilers), el asesino es un animal: Lupin lo induce porque el crimen es brutal y se produce en un piso alto con la ventana abierta, buscando entonces entre las noticias y comprobando, en efecto, que un primate agresivo se había escapado del zoo; Holmes, por contra, sabe desde el primer momento que tiene que buscar un animal supuestamente monstruoso, atando cabos a partir de las declaraciones de los testigos, la existencia de un laboratorio que experimenta con animales, la bruma tóxica que hace ver visiones y a un perro gigante como enorme, etc...

    Y eso es lo que, maravillosamente, y voluntariamente o no, nos planteó el Dr. Z: al ocultar el importe de la nueva hipoteca, debíamos intuir que sería para pagar la deuda. De haber sabido antes que cubría exactamente la deuda, la deducción habría sido inmediata por elemental.
    Ahí lo dejo, porque son métodos que pueden aplicarse a muchas subastas.

    Saludos,

    PD: Quien vea pedantería en mis mensajes con referencias literarias (todo lecturas de juventud, como es fácil contrastar), donde yo veo solo un entretenimiento para mí y los lectores durante el confinamiento, puede reprochármelo en Twitter, sede de los ofendiditos cuyo patrón es San Fadao. Total, no tengo Twitter ;)
  12. en respuesta a Dr. Z
    -
    #2667
    22/05/20 07:54
    Elemental, querido Dr. Z,

    Pero no habrá adjudicatario alguno: el banco retiene el importe de la nueva hipoteca para pagar la deuda, y listo.

    Y, cqd (= "como queríamos demostrar", para los milenials):

    La subasta ha sido cancelada por la autoridad gestora (Por ingreso de las deudas deudor) 

    Saludos,
  13. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2666
    22/05/20 07:29
    88.598€ es la suma de los dos embargos, que coincide con el ultimo préstamo.

    ahora lo veo en conjunto.
  14. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2665
    22/05/20 07:22
    OK.

    7º, Nueva hipoteca por 88.530 €, de 2020, que ya no es preferente y que el adjudicatario no tendrá que hacer frente, 

    pero que  es el importe por el que se adjudicaran la vivienda (el actual propietario) para cubrir las deudas.

    Muchas gracias. (no veía por que el banco cambiaba una hipoteca preferente por otra no preferente).
  15. en respuesta a Dr. Z
    -
    #2664
    21/05/20 17:16
    ¿Que qué me pasa, Dr. Z?
    Pues, por las fechas, y aunque te has dejado la página con la cuantía de la nueva hipoteca, apuesto que es para pagar la carga y cancelar la subasta, al tiempo.
    Saludos,
  16. #2663
    21/05/20 12:34
    ¿Alguien quiere explicarme que sentido tiene ese movimiento de cargas después del embargo?

    El piso es la oficina de un asesor, ¿que nos esta enseñando, por que se presta el banco a ello?

    Gracias.
  17. #2662
    21/05/20 12:32
  18. #2661
    21/05/20 12:32

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