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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #5720
    06/11/16 13:27

    Cuando le adjudican a uno una vivienda está obligado a hacer frente a las cuotas de comunidad de propietarios del año en curso y los 3 anteriores, verdad? Bién, si en ésos años se han producido derramas importantes (colocación ascensor, mejora de fachada,...), éso también lo tengo que pagar?

  2. en respuesta a mfmelo
    -
    Top 100
    #5719
    06/11/16 12:48

    Tú envía que la publico de inmediato, con todos los honores que sin duda merecerá.

  3. #5718
    06/11/16 12:45

    Tristán esta tarde te enviaré una crítica sobre el BOE.ES para que tampoco se quede atrás, tú veras si la publicas como principal o la pongo yo como un post.
    Saludos.

  4. #5717
    06/11/16 12:41

    Para que no quede día sin crítica a quien administra la justicia en España, ahí va una subasta.
    SUB-JA-2016-35195
    Tasación: 1230 €
    Reclaman: 91.759 €
    Valor de subasta: 94.759 €
    importe del depósito: 4.737 €
    Estimado L.A.J. le voy a decir un piropo en el día de hoy, le digo piropo, porque si de verdad le dijera la palabra adecuada y justa para su incompetencia entonces sería un insulto y yo eso no lo hago: ES USTED UN INCOMPETENTE Y OCUPA UN CARGO QUE NO LE CORRESPONDE Y PARA ESO NO HACE FALTA ESTUDIAR LA CARRERA DE DERECHO Y TANTO OPOSICIÓN, y no se excuse su Ilustrísima Señoría en que no es usted sólo el incompetente, que son la mayoría en su profesión y situación.
    Saludos cariñosos de uno que sufre diariamente de su ineficaz formación académica e incompetencia.

  5. en respuesta a Nuva12
    -
    #5716
    05/11/16 19:24

    Hola, Nuva12:
    La Agencia Tributaria expide una "diligencia por la que se insta al pago al adjudicatario en subasta", en la que da 15 días hábiles desde el siguiente al de la fecha de la adjudicación.
    Un saludo,

    Chusta.

  6. #5715
    05/11/16 16:45

    Cuántos días hay para hacer el remate en la agencia tributaria? Sé que en las judiciales hay 40 días, en la Seguridad Social 4 días, pero no sé el tiempo en la Agencia Tributaria. Supongo que los días empezarán a contar desde que te comunican que tienes que rematar o empieza a contar desde la fecha de subasta?

  7. en respuesta a mfmelo
    -
    #5714
    05/11/16 12:31

    Efectivamente Mfmelo,como bien comentas las cosas siguen sin cambiar,toda la pantomima del boe.es esta muy bien para no moverte de casa,pero siguen sin que se enteren de nada,no se si son las personas fisicas,o el sistema(como dice Tristan) pero lo que queda claro es que siguen reteniendo nuestro dinero más del tiempo establecido,como si esto fuera acciones a largo plazo,yo ya no se ni que decirles cada vez que llamo,desde junio,pero encima de todo,es como que te tratan de cansado,lo unico que me explican es que la secretaria lo tiene encima de la mesa(pues me parece muy bien para usted),resulta que mejor postor eso si no llega ni al 10%,perfecto,como siempre que llamo dicen lo mismo,como vamos a rematarlo a ese importe,pues entonces den por concluido el proceso,no me acepten el remate,(PERFECTO),PERO POR DIOS,darle posteriormente los dias oportunos al ejecutado y si despues quiere señora SECRETARIA dejela desierta o mejor como mejor postor ADJUDIQUEME EL BIEN MUEBLE.
    Pero nunca se le olvide que es MY MONEY y tengo que comprar y vender para seguir o este flujo de transaciones que tambien da trabajo a mas gente en el circulo vicioso de la vida.
    por lo de mas saluditos y a seguir esperando

  8. en respuesta a Nuva12
    -
    #5713
    05/11/16 11:24

    Toda propiedad tiene dos conceptos que la integran: la nuda propiedad que es la finca en si, con sus construcciones, etc y el disfrute de la misma que es el usufructo. Este puede ser vitalicio (de por vida) o por un tiempo determinado e inscrito en el RP.
    Si compras el usufructo y se te muere el que lo disfruta, tú ya no tienes nada. El que tú llamas dueño es el que tiene la nuda propiedad, a ese no le subastan nada y cuando muere el usufructuario se queda con lo que tu compraste, sin pagar nada.
    Saludos.

  9. en respuesta a Nuva12
    -
    #5712
    05/11/16 11:20

    Entonces todos los subasteros buscando usufructos vitalicios, yo pondía a mis nietos a tantos por ciento iguales con derechos hereditarios entre ellos, así si uno por desgracia muere le hereda otro de ellos. El mayor tiene 7 años, hasta los 100+-. Viva el usufructo vitalicio.
    En las tasaciones el usufructo se valora al igual que la nuda propiedad, cada uno con sus valores independientes, por eso es importante saber, si es fumador, bebedor, la edad, el entorno, etc. tú compras el usufructo vital de otro y no puedes poner el tuyo.
    Saludos.

  10. en respuesta a Nuva12
    -
    #5710
    05/11/16 11:11

    Lo que entiendo es que lo que sale a subasta es el usufructo vitalicio, no que el actual propietario tenga el usufructo vitalicio

  11. en respuesta a mfmelo
    -
    #5709
    05/11/16 11:09

    Ahhhh, es que pensaba que el usufructo vitalicio es que podía disfrutar o alquilar el piso hasta que yo muera.

  12. en respuesta a Nuva12
    -
    #5708
    05/11/16 10:53

    No te metas en esos líos y primero empieza por decir:
    ¿que es lo que quieres comprar? interpreto que el usufructo vitalicio, pues cuando muera la usufructuaria te quedas con nada. ¿que edad tiene el usufructuario? si tiene 60 años, mal negocio, al menos que vayas y lo liquides.
    Si lo que compras es la nuda propiedad, estamos en las mismas, ¿que edad tiene la otra parte? puede que te sobreviva a tí y entonces ¿para que te ha servido la compra? no has sacado nada.
    Si el usufructuario tiene 90 años, es varón, fumador, bebedor, deportista de riesgo(subir y bajar escaleras, es riesgo para él) le gusta mucho la comida basura, esta obeso, es subastero, etc, etc, entonces SI te interesa, porque es seguro que no durará hasta los 100 años, o si.
    Saludos.

  13. en respuesta a mfmelo
    -
    #5707
    05/11/16 10:41

    Ha salido también un piso en usufructo vitalicio. Si lo compro a buen precio sería interesante para alquilar, verdad?

  14. en respuesta a Nuva12
    -
    #5706
    05/11/16 09:02

    En AEAT no e hace falta pedir nota simple para saber las cargas ellos ya te dicen si tienen o no, así que no pidas notas simples.
    En AEAT no participes en las subastas ni en 1ª ni en 2ª, espera a adjudicación directa y pon tu oferta, aunque parezca descabellada, puede que te las adjudique. Has de tener en cuenta, que si tu oferta es muy baja no te la aprobarán aunque seas el único oferente, pero volverán a sacarla otra vez y otra, hasta 6 meses, al final es posible que te adjudiques a la tercera vez +- si ellos ven que no hay otras ofertas mejores.
    Saludos y si son muchas y no han sido adjudicadas ya, por algo será.

  15. en respuesta a Nuva12
    -
    #5705
    05/11/16 08:56

    Cambio de billetes: si compro barato a 600 € + impuestos y otros, lo vendo a precio de lo que me ha costado y al menos no pierdo.
    Saludos.

  16. en respuesta a mfmelo
    -
    #5704
    05/11/16 08:53

    Pues si, voy a pujar muy poco por ésos garajes en urbanizaciones apartadas, lo mismo alguno cae. Pero son un montón (de la agencia tributaria), voy a verlos? Y, pido nota simple? Ya, que como son de la agencia tributaria no te viene la certificación de cargas.

  17. en respuesta a mfmelo
    -
    #5703
    04/11/16 23:52

    Cambio de billetes?

  18. en respuesta a mfmelo
    -
    #5702
    04/11/16 23:50

    Cambio de billetes

  19. en respuesta a Nuva12
    -
    #5701
    04/11/16 21:31

    Pero....
    Si está tasado en 8.000 €, yo ofrezco 600 € y si cojo la breva, pues me la como.
    Parece tonto lo que te voy a decir: márgenes grandes ante la duda y si te equivocas las pérdidas serán menores o como mucho cambio de billetes.
    Saludos otoñales.


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