Hoy es un día de esperanza para miles de pequeños propietarios que no se atreven a alquilar sus propiedades, no por miedo a los inquilinos morosos sino por miedo a la increíble lentitud de la maquinaria judicial. Hasta ahora un desahucio por falta de pago se demoraba en España un mínimo de un año y eso teniendo suerte con el juzgado en que cayera el procedimiento.
Pero parece que eso va a cambiar con la entrada en vigor de la Ley 37/2011 de 10 de octubre de medidas de agilización procesal, que entre otras cosas extiende el sistema del juicio monitorio (mucho más rápido y sencillo) a los casos de desahucios por falta de pago. De esta manera el propietario presenta la demanda de desahucio y el secretario judicial le da al inquilino 10 días para irse del piso, pagar la deuda o presentar alegaciones, de modo que en el mismo requerimiento en el que se le notifica la demanda simultáneamente se le notifica la fecha del lanzamiento, día en el que se lleva a cabo el desalojo del inmueble. Así lo único que le queda al inquilino moroso por hacer es pagar, largarse o esperar a que le echen.
Los beneficios económicos que para la sociedad tendría que esto realmente se pudiera llevar a cabo son de sobra conocidos. En realidad cualquier reforma legislativa que facilite sentencias más rápidas y ejecuciones de sentencia más ágiles revierte inmediatamente en forma de incremento de las inversiones. Además el incremento de pisos en alquiler significa descenso de los precios y más dinero en el bolsillo de los consumidores. O sea, que es una pequeña medida que puede significar un beneficio multiplicado.
Ahora bien, esta reforma queda muy bonita sobre el papel, pero seguro que no son pocos quienes dudan/dudamos de que la puesta en práctica resulte realmente efectiva.