Re: El Valor de Afinsa
Eduardo 1.- Digas lo que digas y como lo digas, el resultado final siempre va a ser el mismo : CERRAZÓN.
Sobre la insolvencia, o no insolvencia : Efectivamente, tanto si la actividad de una empresa es mercantil o financiera, ésta puede quebrar si su pasivo es superior a su activo. Pero da la puta casualidad ( es que me enervo ) de que los activos de Afinsa fueron valorados POR DEBAJO DEL PRECIO DE ADQUISICIÓN, es decir, por debajo del precio por el que afinsa los compró a proveedores. Eso, os pongais como os pongais, es una ilegalidad COMO LA COPA DE UN PINO. Además, TODOS los compromisos que Afinsa tenía contraídos A FUTURO con sus clientes, en lugar de periodificarlo contablemente e imputar el gasto a cada ejercicio, se imputaron TODOS LOS COMPROMISOS a un solo ejercicio. Es, como si cualquiera de nosotros somos beneficiarios de una hipoteca a pagar en 30 años y el banco te exige su pago íntegro al mes siguiente de su contratación. Y si después de ésto no puedes hacer frente a dicha hipoteca, llega un juez corrupto y prevaricador donde los haya, y dice que eres insolvente.
Por lo que se refiere a la sentencia de Fórum, el tribunal dió la razón a los recurrentes tras considerar que los RENDIMIENTOS obtenidos tenían su orígen en una operación mercantil, y por ello, se sentenció que no eran créditos subordinados,tal y como pretendía el juez de lo mercantil en primera instancia, si no créditos ordinarios.
FRAGMENTO DEL ARTÍCULO PUBLICADO EN SU DÍA :
" Según la Audiencia Provincial, los contratos de Fórum son mercantiles
Las sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid sostienen que las revalorizaciones deben tener la misma calificación que las imposiciones de ahorros por cuanto el Tribunal mantiene que se trata de contratos mercantiles y no financieros, pues en este segundo supuesto las cifras que correspondieran a intereses ordinarios o moratorios tendrían, por mandato legal, la calificación de créditos subordinados."
ENLACE PARA LEER EL ARTÍCULO : http://www.gpsnews.es/2010/03/26/la-audiencia-provincial-de-madrid-da-la-razon-a-los-perjudicados-de-forum-filatelico/
Espero, y deseo, que Lucanor deje de elucubrar sobre los fondos y trasfondos de los asuntos de la sentencia y se dé cuenta, de una vez por siempre, que ésta sentencia se dictó bajo la premisa de que las operaciones que Fórum realizaba eran mercantiles. Caso contrario no habrían dado la razón a los clientes que recurrieron.
Mas información sobre lo mismo : http://es.globedia.com/audiencia-provincial-prioridad-pago-revalorizaciones-sellos-forum-filatelico
Y ahora, ¡que mas quereis que hagamos para intentar demostraros que la AP. de Madrid ya se ha pronunciado sobre la naturaleza jurídica de los contratos, y que sí o sí, salvo que ésto sea un circo, va a decir lo mismo por lo que se refiere a los contratos de Afinsa !!!!!
¡ Afónicos, se me están quedando los dedos de tanto insistir !!!!