Por si es de tu interés...
http://www.spain.citibank.com/fundfinder/contract.asp
"...
8. INTERESES, COMISIONES Y GASTOS.
El Banco se reserva la facultad de modificar, en cualquier momento, el tipo de interés, comisiones o gastos aplicables, lo cual procederá a comunicar individualmente al Cliente en un plazo de quince días, o en aquel otro plazo que venga a designarse en el Libro de Tarifas publicado por Citibank, a fin de que el Cliente manifieste expresamente su deseo, de darse de baja en el Servicio de Banca a Distancia, así como de cancelar las operaciones que hasta la fecha mantenía al amparo del mismo. El Banco para estos fines pacta con el Cliente que dicha comunicación pueda realizarse mediante el envío de un correo electrónico.
Esta comunicación individualizada podrá ser sustituida por la inclusión de las pertinentes modificaciones en el Tablón de Anuncios de todas las oficinas del Banco y en el correspondiente a la página web de Citibank, si bien en este caso, las modificaciones referidas no serán aplicables hasta que hayan transcurrido dos meses desde su publicación.
En caso de no manifestar su disconformidad en el plazo convenido, el Banco entenderá que el Cliente acepta las nuevas condiciones y procederá a cargar en la cuenta que éste designe las comisiones a devengar por la utilización de este Servicio o, en su caso, por los productos u operaciones que tenga contratados al amparo del mismo.
..."
Por cierto esto no es todo...
Es posible que el contrato de la tarjeta de débito también traiga cola...
"Comisiones:
Cuota anual (*): 15 euros.
* Se aplicará salvo que por la cuenta de cargo asociada a la tarjeta goce de condiciones específicas de exención."
Ya habéis visto por donde se pasan estos señores las "condiciones específicas".