Re: Cambio de condiciones Cuenta Hipoteca Remunerada Barclays
La clave efectivamente está en el folleto publicitario. Si no existe folleto publicitario el Banco dirá que por una parte contratamos una hipoteca y por otra parte contratamos una cuenta corriente. Por tanto si solo miramos el contrato de la cuenta corriente aisladamente no existirá ninguna obligación de no modificar el tipo de interes, podrán cambiar las condiciones. Sin embargo si existe una publicidad que dice algo así como: "Si contrata nuestra hipoteca le daremos algo a cambio, le daremos un interes de el euribor más 0,45 en una cuenta corriente". Si el folleto publicitario dice esto de forma más o menos explícita la justicia debería entender ese folleto publicitario como un compromiso del Banco, que en este caso habrá sido incumplido.
Para aclarar las ideas a algún forero desorientado quería también puntualizar que la alusión que la carta hace al Real Decreto no quiere decir que el Real Decreto le obligue. En concreto dice "como consecuencia del Real Decreto ...". El Real Decreto a mi entender lo que dice es que si Barclays paga los intereses a los que se comprometió en la publicidad Barclays tendrá que elevar los depósitos que hace en el Banco de España, lo cual lo perjudica tremendamente (porque además creo que la elevación de los depósitos es de 5 veces lo que tiene ahora depositado, aunque de esto no estoy seguro).
En conclusión pido desde aquí a los dos foreros que dicen que tienen publicidad (en concreto a "isabbagh" y a "enekoiza") que nos hagan llegar a los demás una copia del folleto publicitario.
Respecto a la forma de organizarnos entiendo, aunque tampoco estoy seguro, que cualquiera de los afectados puede instar al fiscal a que promueba una demanda judicial contra Barclays a la que, cuando haya sentencia, podrán adherirse todos los demás afectados.
Fernando Aguayo.
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