Embargo T.G.S.S
Buenas tardes, tengo un cobro en mi cuenta corriente que pone embargo T.G.S.S y no se a que se debe, mañana mismo voy a llamarles porque esto no hay derecho, alguien sabe porque puede ser esto?
Un saludo.
Buenas tardes, tengo un cobro en mi cuenta corriente que pone embargo T.G.S.S y no se a que se debe, mañana mismo voy a llamarles porque esto no hay derecho, alguien sabe porque puede ser esto?
Un saludo.
Ellos te lo dirán. Espera.
Es un embargo de la Seguridad Social (Tesorería de la Seguridad Social) ¿Tienes alguna deuda por recibos de autónomos, por ejemplo?
TGSS, Tesoreria General de la Seguridad Social
http://www.seg-social.es/Internet_1/LaSeguridadSocial/Quienessomos/TesoreriaGeneraldel29408/index.htm
El porqué te embargan lo sabras tu mejor que nosotros.
Saludos
Eres un cachondo tio.
Te embargan por deudas, tuyas o de algun cotitular.
No hay derecho dice.....
Lo que hay es obligacion de pagar la tgss, que de paso somos todos.
Pues no te creas, y seguramente no será el caso, pero sé de varias personas, normalmente de nacionalidad no española, que "les aparecen deudas" .... el que esto ocurra con ciudadanos venidos de otras latitudes, tiene que ver con que no conocen bien nuestras leyes, nuestros reglamentos, cosa que nos ocurriria seguramente a nosotros de vivir en otro estado, el motivo que he visto es siempre el mismo ....
Se contrata a una persona como empleada del hogar, pero no sujeta a una sola casa, sino a varias, con lo cual le pagan sus horas, pero tiene que hacer frente por su cuenta a la cotización social de empleado/a del hogar por cuenta propia, pero para evitar "que se oblide de cotizar" y el empleador pueda tener problemas, le descuentan la cotización del pago, y lo ingresan directamente, creo que se puede hacer por caja en cualquier banco.... hasta ahí bien .... pero llega la crisis, y algunos de los que podian tener servicio doméstico, aunque sea por horas, ya no pueden mantener el dispendio, con lo cual tienen que prescindir del guarda de la segunda residencia, de la chica de la limpieza ..... y nadie se acuerda de darla de baja de la TGSS, entre otras cosas porque al ser trabajador/a por cuenta propia solo puede hacerlo el o la titular, la persona deja de pagar "los cupones" ... y ya la tenemos liada, requerimientos, recargos, etc., y creo que no puede dar de baja con efectos retroactivos, o si se puede pero solo unos pocos días.
¿no será un asunto similar al que comento en la respuesta anterior?
Sí, pero como tú bien sabes hay un principio del Derecho que dice: "ignorantia juris non excusat". Traducido al lenguaje terrenal: el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.