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Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

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Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
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Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
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#1336

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Pues no alterándote, aunque saber que tarde o temprano vas a tener que pagar.

Ya sé que es muy fácil decirlo, y muy difícil aceptarlo para quien soporta estos gritos día tras día ... se trata de hacer un ejercicio de abstraerse, aguantar el chaparrón mientras no quede otro remedio, es un entrenamiento ..... sabiendo, repito de nuevo que hay que hacer un plan de pagos a la que tengas trabajo y quitarte esto de encima. 

Recuerda tu tienes derecho a no ser maltratada, solo faltaría, pero ellos derecho a cobrar su préstamo, tampoco lo olvides, aunque dentro de unas leyes y normas establecidas, no vale todo para cobrar. 

No te lo tomes de manera personal, quien grita es su trabajo, un trabajo horroroso por cierto, pero el suyo. 

¿Qué consecuencias tiene que te te grite? Pues que esta persona cuando acabe su turno de trabajo, ni se acordará de ti, porque se dedica a eso, a presionar a los/a las deudores/as, y la incomodidad es tuya.

No digo que dejes de preocuparte, porque la deuda la tienes y debes intentar sacártela de encima en cuanto puedas, aunque sea poco a poco, pero de ahí a un sinvivir porque alguien te grita, pues no ...... preocupado/a si, solo eso, que no es precisamente poco.

Que no me olvide, dos cosas, primero que dice la Ley Azcárate, que tiene más de 100 años, y sigue vigente:


Artículo 1.º: Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso ó en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario á causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia ó de lo limitado de sus facultades mentales.

Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.

Art. 2.º: Los Tribunales resolverán en cada caso, formando libremente su convicción en vista de las alegaciones de las partes.

Art. 3.º : Declarada con arreglo á esta ley la nulidad de un contrato, el prestatario estará obligado á entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado. 

Luego, por si no sabes como funciona un juzgado. 

Un Juez o Jueza no puede actuar por su cuenta, es más incluso en lo mas grave que se pude quebrantar, un asesinato, el juez o jueza no actúan por su cuenta, es la fiscalia que tras las investigaciones de la la policia, presenta una petición al juzgado, si nadie pide investigación, creo que no se haría, pero es obvio que la policia actua y lo pide ..... 

En temas civiles, como el caso de deudas, si te demandan, el tribunal te va a remitir la demanda de tus prestamistas, y te dará un plazo de 20 días para responder, es probable como te dije, que te "inviten" a revisar los intereses que se pretenden cobrar, pero ojo, aquí la callada por respuesta, es lo peor que se puede hacer, si cuanto te demanden, no te opones, dicha "callada" es exactamente "quien calla, otorga", si no acudes al juzgado en plazo para oponerte a la demanda, a todo o alguna cosa de ella, no esperes que el tribunal "se apiade", tenga simpatía por ti, etc. ..... los jueces y jueces, serán "simpáticos" en su casa, con su familia o amigos/as, en el juzgado la simpatía la dejan en casa ... ahí aplican la Ley, si no te opones a la demanda, en el caso de que te pidan intereses que crea abusivos, no esperes que el juez o la jueza lo hagan por ti, no lo harán (no pueden hacerlo) .... cuando te opongas, verán si tienes o no razón, pero sino te opones, se supone que estás de acuerdo !!!!!



#1337

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Para oponerme tengo que contratar a un abogado para realizar el proceso o lo puedo hacer yo sola en el juzgado 
#1338

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Depende, si la demanda no alcanza los 2.000 €  no hace falta abogado, y si lo llevas te lo pagas tu, es muy difícil que consigas que que lo pague la parte contraria, incluso que ganases, lo cual es casi imposible, porque como mínimo la deuda por capital prestado (menos lo que has ido pagando) el tribunal se lo va a reconocer. 

Si son más de 2.000,01 €, necesitas abogado si o si.

Si no alcanza los 2.000, vuelvo a ello, intenta que te ayude algun familiar, no tiene que ser abogado, una persona que trabaje en alguna oficina y tenga por costumbre redactar escritos, aunque sean comerciales, más que anda para presentar algo mas o menos correcto en el juzgado, el cual no te exigirá formato alguno, solo que esté bien redactado y si además tiene el formato más o menos legal ya ...... 

Los juzgados suelen estar colapsados, mejor además de palabras que entre un escrito ... que quede constancia y te ponga el sello de entrada con número de registro y fecha. 
#1339

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Yo es que no tengo ningún familiar aquí solo mi hermano y no sabe de estas cosas, me podrias recomendar a alguien que en caso de necesitarlo le pueda pagar para que me lo redacte, o si usted trabaja de eso y me lo pueda realizar 
#1340

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

En Internet  hay muchos modelos, es cuestión de adaptarlos al caso ..... si esto son menos de 2.000 €, no hace falta mucha historia, el tribunal ya sabe que es un ciudadano no abogado quien se opone.

Pero ojo, no puedes oponerte a algo que todavía no se ha presentado !!!!!!! para empezar para oponerte, necesitas el número del procedimiento y si no te ha llegado es que no se ha presentado todavía.

Solo poniendo en Google "modelo de oposicion a demanda  monitorio" o "escrito de oposición a demanda monitorio" ... te salen a montones.

No, yo no podría ayudar en algo tan concreto, puedo seguir dando pistas e ideas, pero no redactar documentos, porque estaría cometiendo intrusismo profesional, no soy abogado, tengo conocimientos legales por mis estudios (asignaturas de derecho mercantil en mi diplomatura)  y experiencia laboral. 
#1341

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Bueno el préstamo que solicite en su día fue por 900€ y claro con todos los intereses que ellos le han agregado a llegado a 2800€ , muchas gracias ya me has ayudado muchisimo con todas las indicaciones que me has dado, de verdad te lo agradezco 
#1342

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Mira, no sé que te dirán los de de Resuelve Tu Deuda, pero yo creo que de estar en tu situación, y debo reconocer que ni me la imagino, porque por fortuna nunca estuve en algo así, pero pensando un poco ... haría las siguientes cuentas.

Me prestaron 900 € 

El interés máximo legal por demora en banca (y ojo que esta prestamista no está sujeta a regulación bancaria, pero me daría igual) es el 7,5% 
con lo cual si hace un año que les debo son 900x7,50:100=67,50 € al año 
¿llevo dos debiendo? pues 67,50 € x 2 = 135 €  ¿llevo 3? pues 67,50 x 3 = 202,50 € 

Supongamos que son 3 años ¿vale? pues los 900 más los 202,50 € = 1.102,50 € totales 

¿Cuánto he pagado hasta ahora en varios plazos y puedo demostrar ... imagina que sean 1.025 € (es repito un suponer) ... entonces 1.102,50 - 1.025 = 77,50 € que debo, pagaría eso y arreando !!! a partir de ahi, que vayan al juzgado o al Papa de Roma, a ver si consiguen que un tribunal, incluso eclesiástico (jejejeje) se lo concede !!!!!

Bueno y si ha pasado menos tiempo y resulta que has pagado ya el capital (no lo olvides) mas que el cálculo al 7,50% anual .... ni un euro más !!!!


Porque tu, por lo que escribes,. tienes un problema que en este caso es una ventaja, se trata de que si ponen en una lista de morosos, no te agrava problema alguno, ya estás en la lista por el otro asunto. Si estás en una lista de esas, no tienes ya posibilidad de conseguir crédito bancario, ningún banco te lo va a dar .... por tanto mientras no consigas salir de todas las deudas, casi te da lo mismo estar en la lista por un problema que por dos. 
#1343

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Buenas tardes, como ya dije, estoy en el programa de Resuelve tu Deuda hace 2 meses, alguien puede contar su experiencia y si ya está funcionando?
Un saludo 
#1344

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Buenas tardes,

Hoy tengo un día terrible. He recibido notificación del jugado por juicio moritorio por un credito de 120€ en Prestamo10. Yo justo era la que pensaba q no daría problema al ser tan pequeña. Ahora mismo estoy aterrado. Tengo los 20 días, ya he notificado a RTD lo que ha pasado y han dicho q mande la notificación y que no me asuste. Es fácil decirlo porque estoy aterrorizado. Me podéis decir cómo proceder, consejos… gracias 
#1345

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Supongamos que la notificación es de verdad del juzgado y no una carta de Prestamo10 como que es del juzgado. ¿Por qué estás aterrorizado? ¿Qué crees que va a pasar?
#1346

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Hola, si es de verdad. Ha venido el señor del juzgado y todo. Es oficial. No lo se, es cierto q son 100€ Y q entiendo q la condena sería pagarlos y listo. Pero nunca me he visto denunciado por nada y me he asustado mucho
#1347

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Buenos días.. Yo sigo esperando que me contesten los de RTD... Llevo todo el mes intentando que me envíen las cosas o al menos me respondan... PASAN DE TODO. No sé cómo hacer que me contesten
#1348

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Pues básicamente es eso. Si la deuda es cierta y no te opones, el juez dirá que tienes que pagarla y o bien la pagas, o bien te embargarán.
Y ya.


#1349

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Hola,bankinter es un hueso duro de roer,yo tenía tambien deuda con una tarjeta bankinter,no van hacer ningún descuento a RTD y vas a tener que pagar la deuda y con los retrasos e intereses por dejar de pagarles.
No perdonan un céntimo,al final yo salí de RTD y hablé con bankinter y pagando una cuota principal grande de la deuda y luego cuotas más pequeñas,pude quitar la deuda pero ya te digo,pagando la totalización de la deuda más los inteteses y retrasos por dejarles de pagar durante meses por estar en RTD..
#1350

Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?

Hola. Buenos días. Os estoy leyendo....me quedan 15 páginas... Le estoy dando vueltas...Alquien tiene con Carefour?