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Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

88 respuestas
Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican
2 suscriptores
Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican
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#17

Re: Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

Sí que entran. Esas comisiones son ilegales porque están destinadas a que ellos realicen la reclamación del importe de manera fehaciente (cosa que nunca hacen). Lo que hacen es cargarlos 30.-€ a la menor oportunidad. Si, supongamos, tienes la cuota de un préstamo el día 28 y cobras el 30. si el 28 no hay suficiente, se esperan a que cobres y te cargan 30.-€. Y también los cargan por lo que ellos llaman "reclamación de saldo deudor", que es lo que mencionas de intereses por descubierto. A mí me han devuelto del Santander todas esas comisiones.

#18

Re: Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

Eso suele ser reclamable a menos que te hayan avisado en condiciones (burofax o certificado)

#19

Re: Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

o sea,tienes 1000 euros en cuenta corriente,haces varias compras por 1250 euros,hay un descubierto de -250,aunque a los 4 dias transfieras a la cuenta 1000,te cobran 30,40,o,50 por "descubierto".
esto es legal,o,reclamable?

#20

Re: Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

Lo cargan todos los bancos y cajas; suele ser 30 o 35 euros.. Es ilegal, además de inmoral, lo reclamas y el banco te lo devuelve. Sólo te lo pueden cargar si han hecho una reclamación efectiva gastándose un dinero en un burofax. Es una forma de obtener más dinero, lo hacen sistemáticamente; algunos presumen de que da igual que sea un cm que 1000 euros.
Si quieres reclamar algo te facilito un modelo.

#21

Re: Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

gracias,facilitamelo.
ponlo,y,asi otros como yo que aun estamos "verdes" aprendemos algo util.

#22

Re: Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

MODELO DE RECLAMACIÓN.
DIRIGIR CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO AL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

Lugar y fecha
Soy titular de la tarjeta (cuenta o préstamo) __________________________respecto de la cual desearía poner de manifiesto la siguiente irregularidad: la repercusión en mi cuenta de Gastos de Reclamación por importe de 00 € anotado el 11/09/2000, al haberse producido un retraso en el pago de la cuota, sin tener en cuenta la cuantía y duración de la mora, y no obstante la circunstancia de que el retraso ya se me penaliza mediante un tipo interés de demora de por si suficientemente elevado.
A mayor abundamiento, la mera existencia de la referida comisión es ilegal, pues no obedece ni a un servicio solicitado previamente en firme por quien esto suscribe, ni a un servicio efectivamente prestado por la entidad, ni a un gasto que haya debido asumir ésta; de hecho la entidad no me ha reclamado en sentido estricto nada, ni me ha requerido fehacientemente para la regularización de la demora, habiéndose limitado a repercutir en mi cuenta la referida comisión. Todo ello vulnera la normativa de disciplina que regula las relaciones entre las entidades de crédito y sus clientes según lo previsto en la norma Tercera, apdo. 3° de la Circular del Banco de España 8/1990, y el Número Quinto de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1989, sobre Tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad.
Quiero recordar que el Servicio de Reclamaciones del Banco de España reitera en su Memoria que las comisiones de este tipo (con independencia del nombre que reciban) no responden a servicio alguno prestado a los clientes, ya que las entidades no pueden acreditar -porque no existen- haber realizado gestiones encaminadas a recuperar el importe de las cuotas impagadas, ni la necesidad de las mismas. Entiende dicho Servicio que la aplicación automática de estas comisiones, «tan pronto como se produce una situación de demora no constituye una buena práctica bancaria, sino que las entidades deben tener en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente, analizar en cada caso la procedencia de llevar a cabo la reclamación y acreditar que efectivamente han realizado alguna gestión encaminada al recobro; en suma, una reclamación realizada sin tener en cuenta esas circunstancias particulares nunca podría calificarse como una gestión necesaria e individualizada que ampare la repercusión de la comisión». Redunda que su devengo está vinculado a la EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador)

Les recuerdo además que la ley del préstamo al consumo de 1995 enuncia en el artículo 13 sobre el cobro indebido:
2. Si el cobro indebido se hubiera producido por malicia o negligencia del empresario, el consumidor tendrá el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios causados, que en ningún caso será inferior al interés legal incrementado en cinco puntos, o el del contrato, si es superior al interés legal, incrementado a su vez en cinco puntos.

Les agradeceré que retrotraigan dichas cantidades, y los respectivos intereses, a la mayor brevedad posible; les recuerdo que el plazo de 2 meses a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España para dar respuesta, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva. En el caso de que no atiendan a la petición y el dictamen del Banco de España nos sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia, por lo que sería una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad.

Sin nada más que añadir, y quedando a la espera de que accedan a las peticiones expuestas en el presente escrito, reciba un cordial saludo.


Firma y NIF de quien hace la reclamación

#23

Re: Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

ok,gracias.

#24

Re: Las comisiones de aviso de deuda vencida son ilegales en la mayor parte de los casos en que se aplican

Hay dos formas de presentar este escrito:
1.- Enviar este escrito CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO (ESTO ES IMPEPINABLE)a Atencion al Cliente de la entidad financiera que te ha robado. El acuse de recibo (hojita rosa)te servira para calcular los dos meses que tiene de plazo el SAC (Servicio de ATencion al Cliente) para contestarte. Si lo hace de forma negativa o crees que la contestacion no atiende totalmemte tu reclamacion, hay que enviar la copia del escrito y la copia del acuse de recibo al BdE.
2.- Pedir una hoja de reclamaciones de Consumo de tu comunidad autonoma (si sabes como funciona este servicio en tu comunidad, debes sopesar que forma de envio te conviene mas)en la sucursal del banco, la cumplimentas y adjuntas copia del escrito(dos copias, una la dejas en el banco y la otra copia del escrito, les dices que te la sellen para entregarla en consumo). Lo entregas en la sucursal, te sellaran la hoja blanca y la verde, y ellos se quedan la rosa y la amarilla. Con la copia de tu escrito sellada y la hoja de reclamaciones (la blanca y la verde) te vas y la entregas en Consumo. Ellos se encargan de enviarla al SAC y de contestarte. No hace falta que certifiques nada, ya se encargan ellos.

Espero haberme explicado bien :)