Domiciliacion de recibos tiempo que te retengan los recivos la caixa
me gustaria saver cuanto tiempo tienen como obligacion las cajas en este caso la caixa de reterner los recivos cuando no hay saldoen la cuenta
me gustaria saver cuanto tiempo tienen como obligacion las cajas en este caso la caixa de reterner los recivos cuando no hay saldoen la cuenta
Ningún día. No tienen obligación.
No sé si con la ley de pagos 16/2009 la cosa la han cambiado, pero antes hacían una cosa muy curiosa y rentable, y las empresas lo sufríamos en nuestras carnes, la idea era o es (no sé ahora, repito) muy simple:
Pagan los recibos con saldo o sin él, si es el segundo caso (del primero nada que comentar) mandan una carta a los clientes diciendo que tienen 20 días para cubrir el recibo que han cargado en cuenta, si esta fecha el cliente no ha cubierto pues “pa bajo que es bajada”, con lo cual no tienen riesgo si el cliente no cubre, siempre y cuando el sistema informático esté bien “engrasado”, y si cubre todos en paz, y es de suponer con cargo de intereses y comisiones por descubierto.
¿Cuál es o era el problema para las empresas? Pues que te enterabas de la devolución pasados 20 ó 25 días, con lo cual habrías estado vendiendo creyendo que te habían pagado, y con la devolución tienes la deuda doblada, la del mes y las otras que creías pagadas.
Se sigue haciendo. Eso sí, cada oficina a su manera y con quién considera oportuno. Nada de que se haga de manera sistemática. Por lo menos por lo que yo sé.
Esto es un "invento" digno de un "pensador del ático" que debo reconocer que es una "mente privilegiada", con independencia que para empresas como la nuestra que tenemos clientes con consumos mensuales regulares es una verdadera cabronada, por el motivo de antes., pero ello no obvia que yo reconozca cuando en una cosa hay un talento evidente, y este invento es de una persona o equipo con mucho talento (aunque me joda como empresa).
Para los que no sean bancarios como tú, esto de la "mente privilegiada" no es ninguna coña, es una forma excelente que ha ideado La Caixa para ofrecer a ciertos clientes un servicio de descubierto evitándose uno de que le corten la luz o el agua por un olvido o falta de control de la cuenta corriente de uno, sin que La Caixa en realidad asuma riesgo alguno de “enganchada”, y solo es preciso que el aplicativo informático este correctamente diseñado para ello.
No obstante, no sería la primera vez, que el director de una oficina de La Caixa me llama a mí o cualquier homologo mío en una de las tropecientas mil empresas que hay en España, pidiendo por favor el “re-giro” de un recibo devuelto de un cliente al que no deberían, ahora recuerdo a uno en concreto que nos devolvió hace pocas semanas un recibo de 800 €, no tenia saldo en cuenta corriente, pero a su propio nombre y con titularidad idéntica, la tira y media de euros en depósitos, y te aseguro que por mas razón que tenga La Caixa, al caballero éste le pueden explicar lo que quieran, que el tipo no se lo perdona, ni lo entiende, ni lo quiere entender, al parecer, a cada vencimiento se les va “largando con la música a otra parte”.
No, con la nueva ley de pagos eso ha cambiado y ya no se puede hacer, en mi empresa esa metodología nos la aplicaban dos bancos y la propia caixa, en caso de que no hubiera saldo, alguna cuenta la teníamos raquítica para facturar a ciertos proveedores, la caixa nos cargaba el recibo en descubierto y nos daba 20 días para reponer el saldo en la cuenta y dejarla con saldo positivo.
es decir, pagaban la factura pero no en firme, y si no saldabas la cuenta, devolvían la factura de forma automática.
lo que dice cajero malencarado es otra cosa, la entidad financiera te carga el recibo, pero por su cuenta y riesgo, es decir paga el recibo domiciliado en firme, y luego te reclaman por descubierto, pero es otra cosa distinta y como dice cajero malencarado a los clientes que consideran oportuno, siempre y cuando el machaquilla que se encargue de hacerlo no se haya olvidado o no haya acudido al trabajo, en algunas oficinas de forma excepcional se encarga el director.
en respuesta a daniaina, las entidades financieras no tienen obligación alguna de "retener" el recibo, ni en general de "retener" cualquier efecto domiciliado, yo ahora emito recibos a clientes con determinada fecha de vencimiento, y por lo general y supongo que casi todas las empresas, si domicilio recibos para el viernes, por cuestiones de tiempo remito el fichero al banco el día antes, o incluso el mismo día a través de internet.
a mi como ex-bancario me hacía mucha gracia algunas sugerencias de algunos clientes de ..."aguántame el pagaré dos o tres días"...sino hay nada que aguantar, te presentan un cheque al cobro el día 20, y o lo pagas el día 20 o lo devuelves el día 20....eso sí, siempre tenían respuestas....otros bancos SI LO HACEN....leyenda urbana.
Hola Petersen te veo muy ducho en el tema de sistemas de pago y cobros bancarios, yo ya estoy un poco oxidado, pero tengo una duda, que mis antiguos compañeros no me acaban de resolver.
algunos clientes nos pagan con recibos aceptados, o letras, que no son cheques normalizados, es decir, no son cheques que puedes ingresar por ventanilla en un banco y que al instante ves reflejado en cuenta corriente.
son por ejemplo letras con una fecha de vencimiento, las entregamos al banco, que nos cobra una minúscula comisión por gestión de cobro, bien, pero si yo entrego una letra con vencimiento 10 de diciembre, el dinero aparece abonado en mi cuenta el 10 de diciembre, sin embargo si entrego un papel con la fecha de pago atrasada, tardan unos 15 o 20 días, y nadie sabe porqué.
gracias por anticipado.
ah! y si tienes también información sobre el precio y cuando son necesarios los timbres, estoy receptivo a ello.
gracias de nuevo.
La verdad es que no lo siento para nada por las empresas, no me da ninguna pena. Porque si la empresa quiere cobrar por recibo: Esto es lo que hay, te lo pueden devolver con 58 días. ¿Qué te jode que te devuelvan el recibo (por el tema que sea)? pues cobra de otro modo: tarjeta, letra, efecto aceptado, cheque, pagaré, efectivo, transferencia....
Cuando se cobra con recibo hay que ser consciente que se está dando crédito a tu cliente.
Cuando el banco le paga el recibo al cliente aunque no tenga saldo es porque piensa que va a regularizar la situación. Si no lo hace, ya no se hace más. Si se queja de que le cobran comisión por descubierto también se le deja de hacer porque los hay tan tontos (o caraduras) que quieren que les pagues los recibos, pero que no cobres por ello, lo quieren GRATIS.