Voy a irte respondiendo poco a poco para no embarullarnos, pero no estoy seguro si has leido o entendido lo que ponía en mi post anterior.
Pondré tus comentarios en cursiva y mis respuestas en negrita para poder diferenciar.
1.- Y sobre el otro tema de que al establecerse por su cuenta es mucho mas complicado que realizarlo con cualquier respaldo de cualquier empresa dedicada a la intermediación financiera. Decir, que debe establecerse como comercial. como correduría de seguros, para poder comercializar distintos seguros y no estar vinculado a una sola aseguradora como agente exclusivo. Además de tener que estructurar y disponer de un software de gestión de su cartera de clientes. Me refería a que le podría salir o costar más de lo qué esa persona se imagina, porque no es tan sencillo realizar esa actividad de forma independiente.
Completamente de acuerdo. OVB te da un soporte para que tú puedas realizar una labor de asesoría y consultoría de seguros y finanzas que si no tuvieras su soporte te tendrías que sacar unas titulaciones especificas sin las que no podrías trabajar. Aparte de tener que hablar con las diferentes aseguradoras/bancos para convertirte en agente exclusivo/corredor de seguros.
2.- Me refiero a que quien establece las condiciones sobre los gastos de gestión es la aseguradora para todos sus comercializadores del producto, ya sea OVB u otra persona o empresa. Ya que en ningún caso OVB establece las comisiones o gastos que ese producto genera. [...]
Ya te lo explique ayer, por eso digo que no sé si has entendido/leido lo que escribi. Para los productos comunes, el comisionamiento será parecido y lo establece la aseguradora/banco. Para los productos exclusivos, el comisionamiento lo establece OVB.
3.- En cuanto a los gastos de cancelación del producto de Liberty, lo desconozco puesto que ese producto ya ni se comercializa desde OVB y el de Plus Ultra y otros las distintas aseguradoras suelen cambiar su condicionado tanto en requisitos, gastos de gestión, cancelación, etc. […]
Deberías informarte ya que durante 6 años fue el producto estrella, y precisamente se habla mucho de él en este hilo. De esa manera no estarás en desventaja cuando dés tu opinión.
4.- En todo momento la persona que firma la póliza correspondiente es la única responsable. Las palabras se las lleva el viento. […]
Aquí si que no te lo paso. Puede que la persona que firma tenga su responsabilidad, pero si el consultor/asesor no ha hecho una buena labor informativa, o no ha tenido en cuenta las necesidades del cliente, la responsabilidad es del asesor.
De acuerdo en que hay muchos casos en los que el cliente se acaba escudando en que el asesor no le informo correctamente, pero también hay muchos casos en los que no se informa completamente al cliente de todo (especialmente en el tema de gastos de los productos). Claro que un producto a L/P no es para rescatarlo en 3 años, pero nadie sabe los imprevistos que nos van a venir, y una cosa que puedo haber decidido para 30 años, puede que tenga que rescatarlo antes por una necesidad urgente.
[...]Comisión de que en caso de que un cliente desista o cancele su póliza antes de la finalización contratada, la aseguradora retira parte de esa comisión (a todos sus comercializadores), por incumplimiento del cliente. […]
Solo se tiene que devolver la comisión en aquellos productos de L/P que tienen comisión anticipada, como son el Liberty del que se habla aquí, el FWU o el Axa Pias (más otra excepción). Para los productos que tienen pago de comisión según prima pagada, en el momento en que el cliente paga la prima, se paga la comisión y no se tiene que devolver.