Te explico lo de los afectados después del 2007:
El BS emtió los Valores Santander en septiembre de 2007 por un importe total de 7000 mill de €, para la compra de ABN AMRO, en titulos de 5000 € de nominal, y a partir de la emisión empezaron a cotizar en el mercado secundario de Valores.
La mayoría de los afectados teneis esos VS adquiridos en ese momento, y a ese precio 5000€, pero hay un porcentaje pequeño de afectados que los suscribieron con posterioridad, comprados en el mercado secundario en el 2008, 2009..., a un precio inferior ya que según bajaba la cotización de la acción, se reflejaba en la cotización de cada titulo de los VS.
A finales de 2007 y principios de 2008 se traspone a las instituciones finacieras en Eepaña la directiva MiFID introducida por Ley 47/2007, de 19 de diciembre, que modificó la Ley 24/1988 de Mercado de Valores; y más tarde, por Real Decreto 217/2008, que sustituyó al Real Decreto 629/1993.
Esta directiva MiFID, establece la obligación de estas entidades de realizar a sus clientes un test de conveniencia, con el fin de calificarlos como MINORISTAS (en principio todos los inversores particulares) o PROFESIONALES, y de establecer en función del tesy efectuado su nivel de riesgo como inversor (nulo, moderado,...), asi como una clasificación de los productos financieros (Complejos o no complejos). En su articulado trata de proteger especialmente al inversor minorista, especialmente frente a productos complejos como los VS, haciendo incapie en la necesidad que el el Banco vele por los intereses del cliente, y en el caso de los productos complejos introduzca una clausula de "no conveniencia", pero tambien debe ACREDITAR (esta es la palabra clave)que ha facilitado con la suficiente antelación una información al cliente, suficiente comprensible y no engañosa, y esto no lo ha hecho en Banco de Santander, digamos que por negligencia, siendo su principal "talón de Aquiles", junto a lo inadecuado del test de conveniencia utilizado por excaso e insuficiente, para poder valorar el perfil de riesfo del cliente.
A mi padre, el mismo día que le colocarón los VS, le colocaron tambien preferentes del Banco de Santander, y como ya he dicho, entro en la oficina a actualizar su cartilla y desde luego no entro gritando que le adjudicaran cuantos productos complejos (tóxicos), tuvieran en ese momento disponibles para él.
De esas acciones preferentes, si que le dieron a firmar, hoja con lasa caracteristicas de las preferentes, con un recuadro destinado para la firma, y ejecutaron la compra un par de días despues. digamos que el Banco cumplió con los establecido por MiFID en sus preferentes, pero para los Valores Santander no ha tenido la precaución de editar y dar a firmar con anterioridad a la firma este documento, limitandose en el mejor de los casos a darle al cliente para que se lo llevara a casa una fotocopia del tripitico, cuando se emitieron en el 2007.
Según lo que dices, tu sería MINORISTA, aunque tengas acciones cotizadas en mercados regulares (producto no complejo) y fondos (algunos son complejos), pero no te podrías acoger a la normativa MiFID, si compraste los Valores Santander en el 2007, por que todavía no se había implantado.