#32393
Re: Duro Felguera
En relación con el proyecto "Construcción de un ciclo combinado de hasta 430 MW localizado en Iernut (Rumanía)", que Duro Felguera está realizando en consorcio con S.C. Romelectro S.A. (Duro Felguera 70% y Romelectro 30%, en lo sucesivo el “consorcio”), la Compañía informa que el cliente S.N.G.N. ROMGAZ S.A. ha comunicado, el día 2 de abril 2021, una "notice of termination" del proyecto, así como su intención de ejecutar las retenciones del consorcio depositadas en el Tesoro de Rumanía como garantía de fiel cumplimiento, alegando, según su opinión, incumplimiento del plazo de ejecución del contrato. Con fecha 6 de abril, el consorcio interpuso demanda contra la terminación del contrato, así como medidas cautelares contra la ejecución de las retenciones ante la Corte Civil de Sibiu en Rumania, al considerar su improcedencia. Con fecha 8 de abril, ROMGAZ y el consorcio han formalizado un acuerdo por el que suspenden sus respectivas actuaciones legales, durante 15 días, con el objeto de alcanzar una solución amistosa que permita la continuación del proyecto. En cualquier caso, en relación a dicho contrato: • El consorcio ha alcanzado a la fecha un avance del 94,4%, que representan 247 millones de euros de ingresos sobre 262 millones de euros correspondientes al importe total del contrato, que incluye, un incremento de 17 millones de euros de mayor precio con respecto al contrato original. • En el desarrollo del proyecto, el consorcio obtuvo dos prórrogas, la primera hasta el 26 de mayo de 2020, y una segunda que extendió el plazo 7 meses más, hasta el 26 de diciembre de 2020, ninguna de las cuales fue motivada por la pandemia. Posteriormente, el consorcio solicitó una nueva extensión de plazo motivada, en mayor medida, por causa de fuerza mayor derivada por el COVID-19. Las Cámaras de Comercio de Mures y Vrancea (Rumanía), competentes en esta materia, han reconocido un impacto de 9 meses en el desarrollo del proyecto por esta causa. No obstante, el cliente no ha accedido a la regularización del plazo de ejecución del proyecto. • El consorcio ha solicitado el restablecimiento del equilibrio del contrato y la extensión del plazo contractual por la concurrencia de causas imprevisibles no atribuibles al contratista, como la pandemia, cambios legislativos, ampliaciones de alcance contractual e instrucciones emitidas por el Cliente, entre otros, que causaron gran impacto en la ejecución del contrato. • El consorcio sostiene que la potencial terminación del citado contrato y la eventual ejecución de las retenciones no se ajustarían a los términos y condiciones contractuales, tanto por las cuestiones de fondo enunciadas como por motivos formales. Gijón, a 9 de abril de 2021