Buenos días.
Hasta el 31DIC de 2.016.
La venta de derechos en el mercado generaban una minoración del precio de adquisición de las acciones que dieron lugar al derecho.
Por supuesto el importe a minorar es el integro cobrado, incluyendo sus gastos .
Si tengo 1.000 acciones de REP y el precio de adquisición fue de 14.000€.
Vendo los 1.000 derechos a 0.40€ y el neto generado aproximadamente de 396€ es el que tengo que restar de los 14.000€.
A partir de 1 de Enero de 2.017 la venta de derechos se incluirán en la declaración como ganancias del capital mobiliario y ya no se descontará.
Conclusión: Todas las ventas de derechos efectuadas el año pasado se deberán incluir en los rendimientos del capital mobiliario, parecido a si fuera un dividendo ordinario.
Un saludo!
Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy