BME concentrará su actividad de entidad de contrapartida central en BME Clearing
En aplicación de la normativa europea del Reglamento EMIR, BME ha separado la gestión de mercados de la actividad de Entidad de Contrapartida Central (ECC)
BME Clearing incluirá en el futuro los servicios de ECC para el mercado de Renta Variable y Renta Fija
El grupo BME concentrará su actividad de Entidad de Contrapartida Central en BME Clearing.
Las ECCs (CCPs en su acrónimo en inglés) son unas infraestructuras de mercado fundamentales para garantizar el buen fin de todas las transacciones financieras que se llevan a cabo en los mercados regulados. Se interponen entre las dos partes de una operación, asumiendo y gestionando el riesgo de contraparte. La regulación y legislación financiera apuesta cada vez más por una mayor utilización de las ECCs en todos los intercambios financieros con el fin de dotarlos de una mayor seguridad y transparencia.
La normativa europea, a través del Reglamento EMIR (European Market Infrastructure Regulation, UE 648/2012), obliga a separar las actividades de contratación en los mercados (trading) de las de compensación (clearing). Hasta ahora era MEFF quien reunía la condición tanto de mercado oficial como de ECC. Como consecuencia de la separación de funciones, MEFF asume la actividad de mercado como Sociedad Rectora del Mercado de Productos Derivados y BME Clearing desarrolla la actividad de ECC.
BME Clearing canaliza ya las operaciones de los tres segmentos de actividad que actualmente tiene BME, en el ámbito de los Derivados Financieros, de los repos sobre Deuda Pública y de los instrumentos derivados sobre electricidad. En un futuro englobará también el segmento de contado (Renta Variable y Renta Fija), que se está preparando en el marco de la Reforma de la Compensación y Liquidación en España.