Re: NPG Technology, S.A. (MAB)
Estimado Aguaserena, yo tampoco soy abogado, discúlpame si lo llamo a todo "consignar", pero era por escribir poco y no extenderme. Evidentemente, una cosa es la tasa para recurrir, consignación, consigna, o como quieras llamarlo, y otra es consignar (o como quieras nuevamente llamarlo) el importe de la condena, requisito indispensable para continuar con el trámite.
NPG, como dices, ni ha consignado ni ha recurrido, y lo ha hecho para no depositar la pasta, que salvo que sea un parado, beneficiario de Seguridad Social, y otros rollos, está obligado a poner la pasta, porque NPG es una empresa, y (en su situación actual) no hay nada que la exima de esa obligación.
Y oye, que esto es así, te lo digo de buen rollo, que lo he visto mucho y muy de cerca con buenos amigos en el sector ganadero, ché.
"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"