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Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

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Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
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Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
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#676

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

También esta Estuforex (dentro de GVC Gaesco), que tiene también plataforma MT4 (para ÇForex), yo ya estoy trabajando con ellos y la plataforma es muy sencilla de usar, de momento muy bien, los spread son algo mas alto que interdin, aunque espero que los revisen....

Saludos

#677

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Efectivamente, hagan lo que hagan siempre es la peor opción, la que pagamos los pillados y usuarios y la que más costará a los españoles de a pié para que luego venga un mejicano, u otro amigo de los de turno y se quede a precio de saldo con todo y ya saneado, como ya ha pasado con todas las intervenciones anteriores, desde Rumasa hasta los últimos bancos, y que encima acabará con el campeón nacional de brokers.

Sinceramente, veo difícil que autoricen la retirada de los 20 MM, porque el resto de depositantes de B Madrid pondrían el grito en el cielo, pero quizás si pudieran individualizar esos 20 MM podrían autorizar los saldo correspondientes a todos los clientes por su importe hasta los 100.000 Euros.

Otra solución para la continuidad de Interdin podría ser, dado que la intervención es preventiva para evitar la insolvencia en caso de retirada masiva de los depósitos, que aquellos que queremos que interdin siga operando nos comprometieramos a no solicitar la retirada de los depósitos en un período de ¿3 meses?, eso sí tendrían habilitar algunas funciones para que podamos operar como si tuveramos todo nuestro saldo o hasta los 100.000.

Y otra cosa, con el tiempo que lleva el Bco de España controlando las operaciones de banco de Madrid, espero que el juez revise los grandes depósitos existentes antes de iniciar ese control (creo que fue a finales de 2013 por lo que he leido) y cuáles de ellos se habían retirado antes de la intervención, seguro que salen algunos nombres de amigos de...

Yo solo confío en que los trabajadores de Interdin sepan pelear por su continuidad, en lo que a mi me tendrán a su lado, y que podamos seguir trabajando con ellos, además de recuperar nuestro dinero, por supuesto.

#678

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Voy a ver si hago dos cosas este fin de semana: reclamar de nuevo las horquillas bid-ask porque las comisiones del cierre parece que ya nos las van a pagar y la segunda cosa preparar el escrito que presentaré en Decanato para que lo remitan al Juzgado n. 1 de lo Mercantil que es quien lleva el concurso de Banco Madrid.

Subiré el borrador del escrito en cuanto lo tenga.

Saludos

#679

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Muchas gracias!

#680

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Hola

Ayer vi una buena noticia , traspase de interdin un posición de Meff a otro broker q vencía muy fuera del dinero ayer vienes,y que no me apetecía cerrarla pagando comisiones y precio , y hoy ha llegado la garantía monetaria que tenia depositada en meff

Asi ,mi saldo de interdin ha bajado respecto al miercoles y en el otro lado ha subido....lastima no haber traspasado todas las posiciones abiertas que tenia y haberla mal cerrado..Pero bueno

Al final el traspaso de posiciones podia haber se avisado desde el primer momento aunque igual no se le ocurrio antes a nadie...

Mucho Animo a los trabajadores de interdin.

#681

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Aclaro lo que entiendo que se deriva del comunicado:

Bloque 1: El dinero que estaba en liquidez desde antes del bloqueo a BM probablemente estaba casi todo en la cuenta de BM, así que eso debería ir a la reclamación al FGD.

Bloque 2: El dinero que estaba en MEFF en ese momento (como garantías o en forma de opciones compradas) debe estar fuera de BM, bloqueado sólo por la CNMV. Este dinero está en forma nominativa desde el principio por lo que a cada uno le debe tocar lo suyo. Es similar a si te han traspasado la posición de MEFF, aunque tuvieras más de 100k en MEFF no tienes que tener bloqueado nada aquí.

Bloque 3: El dinero que estaba en garantías u opciones comprada de otros mercados está fuera de BM y bloqueado sólo por la CNMV, pero no va con nombre por lo que se ha de distribuir a prorrata. Entiendo que la liquidez que estuviera originalmente fuera de BM también entra en este bloque.

Los bloques 2 y 3 están fuera de BM por lo que podrían poder liberarse con rapidez entiendo yo. El bloque 1 es el que va al FGD salvo que permitan traspasar la cuenta, cosa que dudo muchísimo con BM en concurso. En consecuencia el dinero de los que tengan más de 100k en el bloque 1 es el que depende de lo que pase con la liquidación de BM y de la capacidad de Interdín de cubrirlo.

#682

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Pues a mí que no me j.dan que me voy con la pasta que me queda a IB y ya está, pues ya tengo BK para operar en bolsa nacional y en algún futuro, renta4 mientras tanto, el lunes abro cuenta y sólo lo usaría para opciones y algún cfd o índice, tan sólo en lo que me resulte a pagar pocas comisiones y por la variedad que no tengo en BK.

#683

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Ya he preparado el borrador del escrito.

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Al Juzgado n. 1 de lo Mercantil,

Por el presente escrito SUPLICO se sirvan tomar las medidas pertinentes para permitir la continuidad de Interdín como empresa de intermediación en los mercados de derivados.

Entre ellas permitir que Interdín pueda trasladar la cuenta omnibus, que al final es dinero de los clientes de Interdín, desde Banco Madrid a otra entidad financiera. En el caso por supuesto de que Interdín mismo, se lo haya solicitado a Ustedes.

Siendo cliente final de dicha sociedad de valores soy uno de los miles de afectados.

La intervención forzada de Interdín por parte de la CNMV, nos ha ocasionado cuatro grandes quebrantos:

1. Gastos derivados del cierre de posiciones por pago de horquillas bid-ask en dicho cierre, particularmente aquellas posiciones abiertas en los mercados de opciones.
2. Gastos derivados del pago de comisiones ocasionados por dicho cierre de posiciones, aunque Interdín haciendo alarde de su gran profesionalidad ha prometido reembolsarnos estos gastos.
3. Imposibilidad de localizar a otro intermediario en España que satisfaga plenamente nuestras necesidades.
4. No poder disponer de nuestro dinero, al hallarse los reembolsos bloqueados a la espera de las decisiones gubernamentales/judiciales.

Una pregunta que nos hacemos los miles de afectados es si no hubiera sido más inteligente haber comunicado a Interdín que bloqueara aquellas cuentas sospechosas de delito en vez de amenazar su continuidad como empresa. En el supuesto de que Interdín tenga como cliente a alguien sospechoso de delito, lo cual a priori, estimo que es bastante improbable.

Ruego, Su Señoría, valore también que al final no sólo se perjudica a miles de clientes finales ajenos al delito del que se acusa a Banco Madrid, sino que hay también grandes profesionales en Interdín y ven amenazada la continuidad de sus puestos de trabajo.

Finalmente a modo de clamor este es un par de hilos de los clientes de Interdín afectados

https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2714073-interdin-asombrosa-historia-honradez-profesionalidad

https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2710922-interdin-concurso-acreedores-banco-madrid

Es Justicia que pido en Madrid, a 23 de Marzo de 2015

Firma y DNI

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Si a alguien se le ocurre algo más...

Quizás unos cientos de escritos le hagan sopesar favorablemente al Juez cualquier decisión que tome.

#684

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Hola Miguel,

Te olvidas de las comisiones de apretura de estrategias, porque que al forzar el cierre, la operación se va al garete en su totalidad, con sus comisiones de apertura y cierre. Y por supuesto el pago de horquillas bid-ask.

Saludos.

#686

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Lo incluyo también entonces.

Sería seguramente una medida de fuerza hacer llegar cientos de escritos al Juzgado, aquéllos clientes fuera de Madrid supongo lo pueden hacer llegar mediante algún representante legal para esta gestión que lo presente físicamente en el Decanato.

Saludos

#687

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

Hola, Miguel,

Creo que no estaría de más añadir otro comunicado a la CNMV con las siguientes palabras, más o menos,:

"Como quiera que no hay otro broker en derivados que dé un servicio tan variado, unas comisiones tan bajas y una operativa tan rápida y clara, el cierre de INTERDIN nos va obligar a muchísimos clientes a operar con otro broker extranjero, lo que va a originar dos situaciones:

1ª) Todo el volumen de comisiones que generamos se irá fuera de España.
2ª) Los clientes vamos a inspirar lástima, España va dar una imagen vergonzosa y la CNMV va a ser el hazmerreir mundo financiero porque todos los países van a pensar lo mismo: "Pobrecitos, se tienen que ir fuera de España porque allí los que regulan estos temas se han cargado al único broker competente que había".

Hay que darles donde les duele y creo que ésta es la mejor manera. Nosotros ya sabemos que España está a la cabeza del Tercer Mundo, pero no se trata de ir aireándolo por ahí.

#688

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

El lunes iré lo primero a Decanato, voy a reclamar a atención al cliente los gastos de horquillas bid-ask del cierre.

Supongo que atención al cliente de Interdín me volverá a contestar el mismo lunes. Así que a partir del martes voy a presentar el formulario pdf que ya tenía preparado añadiendo también tu argumentación.

El formulario pdf se puede descargar desde http://cnmv.es/DocPortalInv/OtrosPDF/ES-FormularioreclamacionequejasCNMV.pdf

El problema de España es que es país surrealista, si fuera país tercermundista en algunas cosas saldríamos beneficiados y en algunas otras perjudicados. Surrealista es la palabra que mejor nos define.

Slds.

#689

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

ESTE ES EL COMUNICADO OFICIAL QUE HA ENVIADO INTERDIN A LOS CLIENTES :

Comunicación Oficial a Clientes tras Intervención CNMV

Estimad@s Clientes,
Queremos empezar la presente comunicación reiterándoles nuestras disculpas por todo lo acontecido desde el pasado 16 de marzo 2015, día en que nos fue comunicada la solicitud de concurso voluntario de acreedores de nuestra matriz, Banco de Madrid, generando el inmediato bloqueo del saldo que mantenemos en esta entidad, y provocando un problema de liquidez sobrevenido, que nos obligó a pedir la intervención voluntaria de la Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") ante la potencial incapacidad de Interdin de reembolsar la totalidad de los saldos de sus clientes, si se hubiera producido una solicitud masiva de reembolsos.
Desde el pasado 16 de marzo hemos tomado todas las acciones en nuestra mano para preservar los intereses de todos nuestros clientes, incluyendo la solicitud voluntaria de intervención por parte de la CNMV, a los efectos de garantizar que ninguna decisión se tomaba sin la supervisión y refrendo del Supervisor del Mercado, asegurando la máxima protección y un trato igualitario para nuestros clientes.
En la fecha de esta comunicación podemos confirmarles que Interdin ha procedido al cierre ordenado de las posiciones de todos sus clientes, algo exigido por la CNMV como medida de prudencia ante la situación de iliquidez sobrevenida y como paso previo para certificar a cada uno de Ustedes el valor final de su cuenta en Interdin.
Estamos trabajando para que a principios de la semana próxima puedan disponer de un extracto de los movimientos relativos al mes de marzo del presente ejercicio, que incluya el saldo y valoración final de su cuenta. Les rogamos que una vez pongamos a su disposición en la web el mencionado extracto lo verifiquen a fin de confirmar las operaciones de estos últimos días y la exactitud del saldo que reflejemos en el mismo. No duden en contactar con nuestro Equipo de Atención al Cliente ante cualquier dato que crean pudiera no ser correcto, Ustedes son nuestra máxima prioridad. Les adelantamos que, como paso previo al envío de la presente comunicación, hemos procedido a revertir, al saldo de su cuenta, todas las peticiones de transferencias que hayan podido ordenar en los últimos días y que, desgraciadamente, por la situación descrita anteriormente, no han podido materializarse; por otra parte, les confirmamos que cuando les sea facilitado el extracto del mes de marzo, este incluirá el reembolso, en un único apunte contable, del total de las comisiones de intermediación en las que hayan incurrido desde la sesión del 16 de marzo de 2015 y hasta el día de hoy.
Queremos también manifestarles que desde el mismo día 16 de marzo, la Dirección de Interdin, junto con nuestros asesores legales y el apoyo de la CNMV, ha realizado distintas acciones para salvaguardar los intereses de todos Ustedes. En particular, nos gustaría informarles de lo siguiente:

A) El saldo bloqueado en Banco de Madrid, figura en una cuenta de depósito cuya denominación literal es "Saldos de Clientes Interdin Bolsa", en cumplimiento de la obligación que toda empresa de servicios de inversión tiene de segregar diariamente los saldos de los clientes de su entidad, en cuentas creadas a tal efecto en una Entidad de Crédito.
B) En fecha 20 de Marzo, Interdin, con el refrendo de la CNMV, ha requerido, en comunicación formal dirigida al Consejo de Administración de Banco de Madrid, que procedan a transferir el saldo de la Cuenta de Clientes de Interdin Bolsa Sociedad de Valores, S.A. a otra cuenta abierta a nombre de Interdin a los efectos de poder atender a la mayor brevedad posible las solicitudes de reembolso que Ustedes nos han hecho llegar. Asimismo y, subsidiariamente, para el supuesto de que el indicado traslado no pudiera efectuarse de forma inmediata, se les ha requerido para que procedan a individualizar, al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 70 ter.3 c) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores -en el que, de manera expresa, se reconoce a los clientes de las empresas de servicios de inversión el derecho de propiedad sobre los fondos entregados a tales entidades, incluso cuando éstos se materialicen en activos a nombre de las entidades y por cuenta de clientes-, el referido saldo por cuenta de clientes, conforme al detalle que les ha sido proporcionado. La pronta individualización de dicho saldo es necesaria para una correcta identificación de todos los titulares de depósitos dinerarios de Banco Madrid, a los efectos de que, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito garantice a los clientes de Interdin el saldo de sus posiciones hasta el límite máximo de 100.000 euros.
C) Finalmente, en el día de hoy, con el refrendo también de la CNMV, se ha puesto en conocimiento del juzgado competente el inicio de las acciones llevadas a cabo para la disposición de los fondos bloqueados, así como las conversaciones que se sucederán en los próximos días con los agentes intervinientes, a los efectos de eludir en la medida de lo posible la solicitud de concurso de acreedores de Interdin.

Interdin ha tomado por tanto los pasos necesarios para reclamar y proteger, de forma individualizada, el saldo que cada uno de Ustedes mantiene en Banco de Madrid, y cuyo bloqueo ha generado la actual situación en la que se encuentra Interdin y sus clientes.
En relación al saldo restante que mantienen con nosotros, también nos gustaría informarles de lo siguiente:

A) Interdin tiene saldo de clientes segregado en otras entidades de crédito ajenas a Banco Madrid, que son susceptibles de ser reembolsados tan pronto como lo aprueben las autoridades competentes.
B) Las garantías que MEFF haya devuelto a Interdin desde el pasado lunes 16 de marzo, por posiciones previamente constituidas, están perfectamente individualizadas a nombre de cada uno de nuestros clientes dado que el mercado MEFF trabaja con posiciones y garantías nominativas a nombre de los clientes individualmente considerados. Estos importes están totalmente identificados en Interdin a nombre de cada cliente, y son igualmente susceptibles de reembolso, tan pronto como lo aprueben las autoridades competentes.
C) Este tratamiento de las garantías de MEFF no es extensible a las garantías de otros mercados, como derivados internacionales o productos OTC, los cuales, al gestionarse en cuentas globales o en cuentas propias de Interdin, reciben la consideración de "Saldo de Clientes" y han de repartirse con un criterio de prorrata general.

Estamos en situación de asegurarles que, si el saldo que mantienen en Interdin fuera inferior a 100.000 euros por titular, tendrán el derecho a recuperar la totalidad de su dinero, en un plazo que aún no podemos determinar y que depende de organismos o instancias ajenas a Interdin. No tengan ninguna duda de que todos los profesionales que conformamos Interdin hemos puesto y seguiremos consagrando nuestro máximo empeño y dedicación para una pronta y satisfactoria solución.
Por último, en nombre de todas las personas que componemos el Equipo de Interdin, permítannos expresarles nuestro absoluto agradecimiento por todas las manifestaciones de comprensión, apoyo y ánimo que hemos recibido en los últimos días.
Un saludo,

La Dirección de Interdin

#690

Re: Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid

1º Meff no gestiona un centimo de dinero, calcula las garantias y los ajustes de perdidas y ganancias, pero no maneja dinero, eso lo hace el liquidador CUSTODIO.

2º Los supuestos quebrantos no son supuestos del juzgado de lo mercantil porque solo va a mirar los saldos acreedores en la junta de acreedores, no que le pidas quebrantos no juzgados.

3º Ese tema que pide tiene SOLO DOS VIAS:
A)juicio verbal de reclamacion de cantidad contra INTERDIN BOLSA, hasta 2000 euros.
b) juicio contencioso administrativo de tal cantidad CONTRA la comision nacional del mercado de valores.

Pedir dineros al juez de lo mercantil, porque interdin NO ESTA EN CONCURSO y un concurso sirve para bloquear los embargos. Asi que te recomiendo que te leas el articulo 55 de la ley concursal y la modificacion muy socialista 11/2014 de la ley concursal.
Unas comisiones generadas por la fuerza mayor generada por la intervencion de la cnmv NO son UNA DEUDA DE INTERDIN S.V. S.A. hasta que no haya sentencia firme sobre ello.
Los acreedores de Interdin pueden pedir concurso necesario en el juzgado de lo mercantil.

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