Buenas! A ver si puedo ayudarte,
1. Cuando tu conectes tu HW te pedirá una clave de acceso que ya habrás configurado (varía según el dispositivo pero la idea más o menos es esa. También puedes no poner contraseña, pero si te quitan el dispositivo despídete de tus fondos, vaya). Una vez accedes puedes hacer una transferencia a donde quieras, generalmente si tu intención es vendera (=cambiarla por EUR o USD) pues seguramente la enviarás a un exchange para la venta. También puede que prefieras algún intercambio particular (localbitcoins o hodlhodl son sitios donde puedes encontrar gente interesada en intercambiar criptomoneda sin pasar por un exchange centralizado).
2. Lo que tu podrías demostrar, con los extractos del exchange, por ejemplo, podría ser que en fecha tal depositaste XXX EUR/USD, que en fecha tal compraste X BTC con lo que tenías depositado, y que en fecha tal hiciste una transferencia de esos X BTC a una dirección externa. Desde tu HW puedes generar un historial de transacciones también y acreditar que tienes un dispositivo con un movimiento de entrada de X BTC en fecha tal. En realidad no se puede demostrar que el dispositivo esté en territorio nacional o no, de hecho es lo de menos, puesto que en realidad con memorizar la semilla de 24 palabras es suficiente para poder, desde donde quieras, recuperar los fondos de nuevo.
El sistema tributario se basa en la idea de dinero físico -en orígen-, donde efectivamente estaba o en un sitio o en otro, pero no en dos a la vez. O tienes el depósito en Suiza o lo tienes en Andorra o lo tienes en Panamá. Pero es que con Bitcoin y las criptomonedas no hay una centralización territorial como esta. Todos los ordenadores del mundo conectados como nodos a la red de Bitcoin (o cualquier otra cripto) tienen una copia exacta y fidedigna de la propiedad de los fondos (=clave privada), con lo cual tu dinero no está en un lugar determinado, está en todas partes y en ningún sitio a la vez. A la hora de tributar entonces empiezan a surgir cuestiones absurdas que dependen de variables que no aplican en este ámbito -como lo del "dónde está tu dinero". Con el tiempo imagino que se establecerá una forma de gestionarlo pero de momento es así, no sé qué tan pesados se pueden poner en hacienda, pero imagino que incluso con una factura de tu HW o algo así que demuestre que lo tienes en posesión, yo que sé, no tengo experiencia al respecto, a ver si alguien nos dice.
Espero que te haya podido ayudar, un saludo!
Edito: puntualizo una cosa, si tienes tus fondos en un exchange radicado, por ejemplo en China, entonces, como le has cedido la custodia de tu dinero a un tercero con una sede física, imaginoque aunque los fondos en sí no están en ningún sitio en concreto, al tener esa sede física fuera del territorio nacional, imagino que sí que computan como que están "en el extranjero". Si los tienes en un HW o en tu cabeza en forma de semilla ahí creo que no tendrá mucho sentido que te puedan pedir que demuestres dónde están, más allá de lo que he dicho antes.