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A la caza de los inversores de CRIPTOS EN LA RENTA 2022
Buenos días.
A LA CAZA DE LOS INVERSORES DE CRIPTOS EN LA RENTA 2022
Los contribuyentes de criptomonedas en la campaña de la Renta 2022 se cuentan por miles en España y para este año, la Agencia Tributaria ha creado la casilla 1626 en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Cabe señalar que si las ganancias en criptomonedas son inferiores a los 1.000 euros, éstas quedarán exentas de tributación.
Es la primera vez que se tributará la compraventa de criptomonedas en un apartado específico, en concreto esta casilla tiene el nombre de «ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales», en la clave ‘0’, la específica para «monedas virtuales».
En este apartado estará incluida la compra con dinero procedente de una divisa corriente, los intercambios de criptomonedas e incluso las utilizadas para bienes o servicios, incluyendo las de videojuegos. La pérdida irá en función del valor de las criptomonedas y del número de operaciones. Pero estas divisas se han convertido en un activo de trading, donde las operaciones pueden contarse por centenares a lo largo del ejercicio.
Sin embargo, las casillas del IRPF no están preparadas para este tipo de información. Para ello, se deberán sumar todas y cada una de las operaciones, un agregado de todas ellas, como se realiza con las acciones y otros activos bursátiles. En este sentido, el contribuyente deberá dejar claro su posición inicial y final de compraventa. Una operación de la que se necesitará un asesor o programa informático para organizar y realizar la suma. Existen soluciones tecnológicas que ofrecen también el resultado fiscal.
HACIENDA Y SU CAOS EN LOS BENEFICIOS EN LA RENTA 2022
No obstante, existen otras fórmulas de obtener rendimientos con las criptomonedas, como la minería, una de las pocas actividades económicas sin IVA, pero con la que se obtiene un beneficio o pérdida, como ha ocurrido durante este pasado 2022 con los altos precios de la luz. Estos números rojos también deberán incluirse en el IRPF como «rendimiento de actividades económicas», tal y como hacen los autónomos.
Otra de los métodos utilizados para obtener rendimientos es utilizar las propias criptomonedas para ganar recompensas ayudando a crear las cadenas de bloques. Se conoce como ‘staking’ y también hay que declararlo en el IRPF como «rendimiento del capital mobiliario», como si de los intereses obtenidos por la cuenta corriente se tratase y habrá que incluirlo en la casilla 0027 como si fuera base del ahorro. El tipo aplicado difiere de la cuantía.
Así, los tramos para esta Renta 2022 pasan del 19% al 26%, un nivel que se elevará del 19% al 28% en la próxima campaña. En el caso de una actividad económica, éstas tributan en la base general, con una cuantía que oscila entre el 19% y el 48%, dependiendo de los tramos. Para la Declaración de la Renta 2022, los inversores pagarán un 19% por las ganancias obtenidas inferiores a 6.000 euros; un 21% entre los 6.001 y 50.000; el 23% para quienes obtienen entre 50.001 a 200.000; y el 26% para las cantidades que superen los 200.001.
https://www.merca2.es/2023/03/27/criptomonedas-renta-2022-impuesto-1264256/
Un saludo!
A LA CAZA DE LOS INVERSORES DE CRIPTOS EN LA RENTA 2022
Los contribuyentes de criptomonedas en la campaña de la Renta 2022 se cuentan por miles en España y para este año, la Agencia Tributaria ha creado la casilla 1626 en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Cabe señalar que si las ganancias en criptomonedas son inferiores a los 1.000 euros, éstas quedarán exentas de tributación.
Es la primera vez que se tributará la compraventa de criptomonedas en un apartado específico, en concreto esta casilla tiene el nombre de «ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales», en la clave ‘0’, la específica para «monedas virtuales».
En este apartado estará incluida la compra con dinero procedente de una divisa corriente, los intercambios de criptomonedas e incluso las utilizadas para bienes o servicios, incluyendo las de videojuegos. La pérdida irá en función del valor de las criptomonedas y del número de operaciones. Pero estas divisas se han convertido en un activo de trading, donde las operaciones pueden contarse por centenares a lo largo del ejercicio.
Sin embargo, las casillas del IRPF no están preparadas para este tipo de información. Para ello, se deberán sumar todas y cada una de las operaciones, un agregado de todas ellas, como se realiza con las acciones y otros activos bursátiles. En este sentido, el contribuyente deberá dejar claro su posición inicial y final de compraventa. Una operación de la que se necesitará un asesor o programa informático para organizar y realizar la suma. Existen soluciones tecnológicas que ofrecen también el resultado fiscal.
HACIENDA Y SU CAOS EN LOS BENEFICIOS EN LA RENTA 2022
No obstante, existen otras fórmulas de obtener rendimientos con las criptomonedas, como la minería, una de las pocas actividades económicas sin IVA, pero con la que se obtiene un beneficio o pérdida, como ha ocurrido durante este pasado 2022 con los altos precios de la luz. Estos números rojos también deberán incluirse en el IRPF como «rendimiento de actividades económicas», tal y como hacen los autónomos.
Otra de los métodos utilizados para obtener rendimientos es utilizar las propias criptomonedas para ganar recompensas ayudando a crear las cadenas de bloques. Se conoce como ‘staking’ y también hay que declararlo en el IRPF como «rendimiento del capital mobiliario», como si de los intereses obtenidos por la cuenta corriente se tratase y habrá que incluirlo en la casilla 0027 como si fuera base del ahorro. El tipo aplicado difiere de la cuantía.
Así, los tramos para esta Renta 2022 pasan del 19% al 26%, un nivel que se elevará del 19% al 28% en la próxima campaña. En el caso de una actividad económica, éstas tributan en la base general, con una cuantía que oscila entre el 19% y el 48%, dependiendo de los tramos. Para la Declaración de la Renta 2022, los inversores pagarán un 19% por las ganancias obtenidas inferiores a 6.000 euros; un 21% entre los 6.001 y 50.000; el 23% para quienes obtienen entre 50.001 a 200.000; y el 26% para las cantidades que superen los 200.001.
https://www.merca2.es/2023/03/27/criptomonedas-renta-2022-impuesto-1264256/
Un saludo!
Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy