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El Congreso avala, sin votos en contra, las nuevas sanciones del 'Modelo 720'
- Las multas pasan al régimen general, pero mantiene la obligación de informar
Ignacio Faes 24/02/2022 - 21:23
El Pleno del Congreso avaló, sin votos en contra, el nuevo régimen sancionador de la Declaración de Bienes en el Extranjero, el Modelo 720, modificado a través de una enmienda en el Senado para eliminar su imprescriptibilidad y reducir sus sanciones, tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE). Así, la enmienda sometida a votación ha contado con el apoyo del PSOE, el PP, Unidas Podemos, Ciudadanos, el PNV, Junts, el PDeCat, Más País-Equo, UPN, Compromís, el PRC, Teruel Existe, Coalición Canaria y Foro Asturias.
Esta propuesta devolvería la situación a la del año 2012, con la única diferencia de que la obligación informativa del Modelo 720 continuará en vigor. La situación de las sanciones formales específicas para bienes en el extranjero y la ganancia no justificada específica, con la sanción del 150%, desaparecen. Esto significa que no habrá ganancia no justificada más allá de los cuatro años de prescripción normal para cualquier bien. Respecto a las sanciones formales, según esta propuesta, las multas pasarán a regularse por lo que establece el régimen general de la Ley General Tributaria. Estas multas van desde los 150 a los 250 euros.
Los cambios introducidos por Hacienda suponen aplicar a esta norma las sanciones y plazos de prescripción contemplados en la Ley General Tributaria, por lo que el delito derivado del Modelo 720 prescribirá a los cuatro años como es habitual en los delitos fiscales y las sanciones no podrán superar el 50% de la cuota defraudada, de acuerdo con el régimen general de la citada norma. En sus enmiendas, el PSOE señalaba que la sentencia del TJUE ha dictaminado que determinados aspectos del régimen jurídico asociado a la obligación de declaración de bienes y derechos en el extranjero incurren en incumplimiento de la normativa europea.
En consecuencia, añade, se hace necesario modificar dicho régimen jurídico para adecuarlo a la legalidad europea, afectando los cambios, según precisa una de las enmiendas, a los periodos impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2020 y que no hayan concluido aún.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tumbó la polémica Declaración de Bienes en el Extranjero, el llamado Modelo 720, el pasado 27 de enero. El fallo, histórico, enmienda las conclusiones del Abogado General, y considera que la normativa fiscal española impone unas restricciones a la libre circulación de capitales "desproporcionadas". La Justicia europea tumba así el Modelo 720 al completo, tanto el fondo del mecanismo, como sus elevadas multas.
El Modelo 720 exigía hasta ese momento a los contribuyentes informar sobre sus bienes en el extranjero. La normativa rechazada por el Tribunal europeo establece elevadas multas, que pueden llegar al 150%, por presentarlo fuera de plazo ante la Agencia Tributaria. Fue una de las medidas impulsadas por el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y mantenida por la actual ministra, María Jesús Montero.
"España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales", argumentó la Justicia europea en su sentencia.
https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11636406/02/22/El-Congreso-avala-sin-votos-en-contra-las-nuevas-sanciones-del-Modelo-720.html
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