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Regla de los 2 meses

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Regla de los 2 meses
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Regla de los 2 meses
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#16

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas tardes. 

La minusvalía la declaraste en la campaña de renta de 2.022. 

Deberías hacer una complementaria de ese año y marcar la casilla de esa minusvalía como pendiente de aplicación. 

Si estuviera en esa situación dejaría la declaración como está a pesar del incumplimiento, siendo conscientes que podemos recibir una comprobación. 

Sobre CFDs, FI, ETFs también es aplicable la regla de los dos meses. 

Sobre ETFs y fI se puede comprar otro indexado con comportamiento similar al transmitido  si es de este tipo ya que hay diferentes gestoras. 

Se trata de aplicar a la compra de activos homogéneos la regla de los dos meses. 

Lo que se debería hacer por ejemplo en el caso de APPLE cotizada en el NYSE en dollars, comprar el valor en otra bolsa por ejemplo Alemania en formato ADR y en euros, ya no son valores homogéneos y nos podemos aplicar la minusvalía. 

Por lo demás, no entiendo como habiendo miles de acciones vuelves a comprar un valor que anteriormente no funcionó como esperabas aunque este comentario solo es una opinión. 

Sobre productos derivados entiendo que no sería aplicable la regla ya que realmente estamos comprando un derecho y no el activo. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#17

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas tardes. 

Siguiendo con los FI tenemos una ventaja que sería el traspaso del fondo antes de aplicar la minusvalía, por ejemplo teniendo en cuenta la regla FIFO, traspasamos las participaciones donde queremos aplicar la minusvalía a un fondo monetario. 

Después vendemos ese fondo monetario y ya tenemos la minusvalía para ser declarada y aplicada al FI monetario. 

Después si queremos volvemos a comprar el FI de bolsa. 

Vamos rizar el rizo. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#18

Re: Regla de los 2 meses

Muchas gracias por tu rápida contestación carlosocean:

 Deberías hacer una complementaria de ese año y marcar la casilla de esa minusvalía como pendiente de aplicación.
Eso es lo que esperaba que me dijeras para que tuviera sentido. He vendido esas acciones empresa X(Mercado USA) en Diciembre 23, ¿seguiría teniendo sentido hacer la complementaria o podría darse por bueno ante Hacienda, entre las rentas 22 y 23?

Sobre CFDs, FI, ETFs también es aplicable la regla de los dos meses. 
No se considera el CFDs como un derivado?

 Por lo demás, no entiendo como habiendo miles de acciones vuelves a comprar un valor que anteriormente no funcionó como esperabas aunque este comentario solo es una opinión.
Respeto tu opinión , pero creo que después de 11 meses cualquiler empresa puede cambiar, técnica o fundamentalmente para volver a invertir. El caso de la empresa X no es real, pero me servía para intentar entender como solucionarlo y me lo has dejado claro, si se ha hecho algo que incumple la norma, hacer complementaria y solucionarlo ante Hacienda.

La disyuntiva en la que me encuentro es que suelo operar acciones con venta de call o venta de diagonales call, controlando la delta. Este movimiento hace que algunas veces tenga que vender las acciones con pérdidas, aunque lo recupere con creces en el cierre de las opciones o las diagonales. De esta manera se me han producido venta de acciones con pérdidas y al poco tiempo (1, 2 o 3 meses) he vuelto a abrir otra compra de la misma accion subyacente con su consiguiente contrapartida en opciones. Aunque no haya perdido dinero, si que la parte de las acciones me deja fuera de juego con la norma.

No tengo claro como poder solucionarlo.

Gracias por tu interés.

#19

Re: Regla de los 2 meses

Otra vez gracias

Te planteo la siguiente cuestión:

Tal como te he dicho en mi anterior mensaje, inclumplo varias veces la regla de los 2 meses y la de 12 meses (Mercado USA), pero...

Si al final del ejercicio el saldo en acciones es 0, aunque durante el ejercicio tenga incumplimientos no cuentan, porque declaro ganancias o pérdidas sin tener más acciones del subyacente, ¿es asi?

Entiendo que lo de incumplir un ejercicio respecto al anterior ya es otra cosa.
#20

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas tardes. 

Me estás hablando de unas acciones vendidas en noviembre del 2.022 y compradas en septiembre de 2.023 de un valor de US, vamos tampoco es que estés operando todos los días con él y podrías esperar con mayor razón a cumplir la norma. 

Si al final acabaste vendiendo en la campaña siguiente la totalidad de los títulos, en este caso mejor no volverlos a recomprar y respeta la regla de los 12 meses para valores internacionales. 

Sobre si hacer una complementaria o no, lo dejo a tu elección ya que tampoco veo yo sí al año siguiente vendiste los ´títulos que hacienda te pudiera sancionar, aunque ya te he comentado que si hace una comprobación y te pide el listado de operaciones puede que sea así. 

Por otro lado la regla es la que es y si la incumples puedes tener problemas y mis comentarios solo son algunas ideas y yo evitaría incumplirla operando con otro valor. 

Si la incumples selecciona la casilla pendiente de aplicar al declarar la operación y te la podrás desgravar cuando vendas los títulos que tuvieron el motivo para incumplir la norma. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#21

Re: Regla de los 2 meses

Buenas tardes.´

En primer lugar como he comentado hay que declarar todas las transmisiones de activos realizados en una campaña de renta.

Si tenemos una minusvalía y hemos incumplido la regla de los dos meses tenemos que señalar una casilla de verificación al declarar la minusvalía y quedará pendiente hasta que se vendan los título que provocaron esa situación.

Si vendiste en diciembre y compraste títulos homogéneos en enero no puedes aplicarte la minusvalía y quedaría pendiente para el momento en que declares los títulos que rompieron la regla al ser comprados.

Siento estar repitiendo lo mismo pero es bastante sencilla la norma y no entiendo la dificultad.

Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#22

Re: Regla de los 2 meses

¿Cómo declarar ventas con minusvalías que incumplen la regla de los dos meses?
Se declara igual que una operación de venta normal pero hay que seleccionar con un tick donde pone «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos» (cómo declarar una venta de acciones)
¿Cómo declarar las minusvalías bloqueadas por la regla de los 2 meses de otros años
Si ya has vendido las acciones «recompradas», puedes compensar tus minusvalías de la siguiente forma:
✓ Ir a la casilla 395. Está en la página 19 (sección F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro)(continuación))
✓ Introducir la minusvalía bloqueada
la regla de los 2 meses
Cosas a tener en cuenta
✓ Recuerda que al hacer la declaración de la renta si no cumples con la regla de los dos meses, tienes que señalarlo. Aparece un cuadradito en la casilla correspondiente.
✓ La regla de los 2 meses no aplica en derivados (opciones y futuros), pero sí con ETFs y fondos
✓ Tampoco aplicaría en CFDs
✓ Si lo que estás vendiendo y recomprando son acciones no cotizadas o cotizadas en mercados no regulados/asimilados por la UE entonces en lugar de 2 meses hay que esperar 12 meses
✓ Australia (ASX Lim y Chi-X Australia), Hong Kong (SEHK) y USA (CBOE, NYSE, Nasdaq, etc.) se consideran mercados asimilados y, por tanto, aplica la regla de los 2 meses según Decisión de la Comisión 2017/2318; 2017/2319; 2017/2320
✓ Por otro lado, pueden haber valores del MAB (por ejemplo, algunas SICAVs y SOCIMIs) que no coticen en mercados regulados/asimilados (definidos en la Directiva 2004/39/CE), por lo que aún siendo españoles, se debe aplicar la regla de los 12 meses. En este hilo se discute ampliamente al respecto.
https://www.filios.app/blog/como-funciona-la-regla-de-los-2-meses/
Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#23

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas tardes. 

En mi caso poco más puedo aportar. 

Te recomiendo para la resolución de dudas que te pongas en contacto con la Agencia Tributaria en el teléfono 915548770. 

En este último caso ten clara la preunta. 

También que alguien pudiese dar una observación mejor en especial con los activos en el extranjero y su transmisión. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#24

Re: Regla de los 2 meses

Buenas tardes.

Si las acciones USA las has adquiridos en alguno de los mercados listados al final del siguiente documento: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32017D2320&from=GA, al ser considerados mercados "equivalentes" a los que se indica en la directiva europea, se aplica también la regla de los 2 meses (no los 12 meses) con lo que en tu caso no deberías hacer ninguna declaración complementaria. 

Un saludo.
#25

Re: Regla de los 2 meses

Buenos días

Es de agradecer tus explicaciones que me dejan mucho más claro esta norma y su cumplimiento.

Me tranquiliza que mercados USA sean 2 meses. He repasado mi declaración de 2.022 y aunque he incumplido la norma, en cuanto a recomprar antes de 2 meses acciones que había ejecutado una venta con pérdidas, las recompras estaban vendidas antes de fin de 2.022, por lo tanto,  a final del ejercicio no tenía acciones y considero lo he declarado correctamente.

Gracias por tus explicaciones, tan detalladas, lo guardaré como consulta necesaria para moverse en este mundo de mercados financieros.

Saludos,
#26

Re: Regla de los 2 meses

Qué pasa si en lugar de vender unas acciones y volverlas a comprar,  primero compro acciones "nuevas" y vendo las "viejas"? No he vendido y vuelto a comprar, si no que vendo unas acciones y ya no las vuelvo a comprar. Ya sé que suena un poco de trilero, pero a saber. 
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