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Regla de los 2 meses

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Regla de los 2 meses
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Regla de los 2 meses
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#1

Regla de los 2 meses

Buenos días, como novato, estoy un poco agobiado y quiero que me aclaréis una duda si es posible.
Puedo compensar pérdidas de una acción que compré de esta manera??

Acciones SOUNDHOUND. 21-03-2024
En un intradia perdí como 1200 euros.

Acciones SOUNDHOUND
Intradia nuevamente 18-04-2024
Perdí 750€

AMBAS CON PÉRDIDAS Y NO VOLVÍ A COMPRAR ACCIONES DE ESTA EMPRESA
.
Puedo incluirlas en las pérdidas en la declaración del año que viene?’muchas gracias

#2

Re: Regla de los 2 meses

Si, puedes incluir las perdidas, cuando no las puedes incluir es cuando recompras y te quedas con las acciones, creo que en acciones internacionales el período es de un año, pero no estoy seguro
#3

Re: Regla de los 2 meses

Si me permites el comentario, creo que tu forma de participar en Bolsa está muy lejos de la inversión (en particular lo de "intradía" suena fatal).- Y en particular, si haces lo correcto NO tendrás que preocuparte del asunto de "los dos meses" (que debería ser absolutamente anecdótico en una política inversora mínimamente organizada) .- Saludos.

El problema fundamental de la Bolsa es la corrupción y manipulación.

#4

Re: Regla de los 2 meses

Creo que por lo bien que planteas la pregunta tú mismo sabes que la regla dice que no puedes compensar unas pérdidas de una acción que compras antes de que pasen 2 meses.

Esa regla tiene el espíritu de que la gente no realice pérdidas y luego recompre la acción, haciendo por tanto una trampilla. Trampilla que en tu caso no se ve por lo tanto tampoco tiene sentido el espíritu de esa regla. Así que yo consultaría a un experto que pueda saber qué estricto es Hacienda en un caso como este. 

"Lo que todo el mundo sabe en la Bolsa a mí ya no me interesa" André Kostolany

#5

Re: Regla de los 2 meses

Como bien dice Luis70, en el momento que esas acciones salen definitivamente de tu cartera, puedes incluir las pérdidas.

Y desde luego, de acuerdo con lo que dice Javi01.
Saludos.
#6

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenos días. 

Es más estás obligado a incluir esas minusvalías en la campaña de renta donde se han generado. 

En tu caso como ya no tienes esos valores tras los dos meses de realizar tu última venta te los podrás compensar. 

Si hubieses mantenido esos valores en cartera entonces la minusvalía quedaría pendiente hasta que se vendiesen en su totalidad, existe una casilla de verificación al declarar la operación para esta situación al declarar esa minusvalía. 

Por mi parte mejor quedarte limpio de valores que pensamos en aplicar minusvalía al finalizar el año y no volverlos a comprar hasta pasados dos meses. 

Sobre si te inquieta comprar y vender el mismo valor de forma reiterada, deberás declarar todas esas operaciones pero es mejor estar limpio del valor respetando la regla de los dos meses, en mi caso englobo todas las operaciones haciéndolo de esta manera. Englobo por suma total de todas las transmisiones y lo mismo con todas las adquisiciones. 

Un saludo y buen domingo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#7

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenos días. 

Esa apreciación o crítica a la operativa del compañero no me parece apropiada, ni tiene ninguna sanción por manipulación o creación de precios indebida. 

Es una operativa normal, si no es tú forma de invertir lo respeto pero también podrías respetar a otros intervinientes en el mercado. 

Es más no conozco tu caso particular pero la mayoría somos especuladores y cuando una acción alcanza un objetivo normalmente salimos y también cuando no funciona como esperamos, la diferencia pueden ser los plazos y rangos previstos. 

Si lo miras por el lado fiscal en el caso de acciones españolas cuya capitalización supera los 1.000 millones de euros hay que pagar la tasa TOBIN cada vez que compramos un título y lo mantenemos, por lo que el exceso de operaciones nutre también al fisco, salvo las que se realcen intradía. 

Hay diferentes estudios que advierten que el exceso de operaciones puede acabar con nuestra cuenta y suele ser mejor comprar y mantener, yo añadiría que siempre con una estrategia o táctica. 

Un saludo y buen domingo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#8

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenos días. 

Es como indicas y hay que esperar un año para valores cotizados fuera del área euro. 

La regla de los dos meses en acciones extranjeras 

Una de las cosas a tener en cuenta a la hora de computar plusvalías y minusvalías es que estas se compensan entre sí. Es decir, si hemos obtenido 2.000€ de plusvalías en una inversión realizada, y por otro lado hemos perdido 1.800€ en otra inversión sólo deberemos tributar sobre ganancias de 200€ (la diferencia entre 2.000 y 1.800). 

Sin embargo, esta compensación tiene una peculiaridad, conocida como la regla de los dos meses: las pérdidas patrimoniales no serán computables si se han comprado valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la fecha de transmisión. Es decir, no podemos compensar pérdidas si hemos vuelto a comprar la misma acción en el plazo de dos meses. 

Esta regla de los dos meses se aplica a los valores cotizados en los mercados secundarios oficiales definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento  Europeo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros. 

Cuando los valores no están cotizados en las principales bolsas europeas, el periodo en el que no se pueden computar pérdidas patrimoniales pasa a ser 12 meses. Por tanto, para todas las acciones norteamericanas, por ejemplo, el plazo que debemos dejar pasar antes de poder compensar plusvalías es de un año. 

Un saludo y buen domingo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#9

Re: Regla de los 2 meses

Quieres decir que puede compensar sin riesgo también las pérdidas de la primera de las operaciones? Pues creía que no, siento haber hecho dudar por mi respuesta.

"Lo que todo el mundo sabe en la Bolsa a mí ya no me interesa" André Kostolany

#10

Re: Regla de los 2 meses

Muchas gracias por tu respuesta Carlos. Como novato he pecado de no tener en cuenta la regla de los 2 meses. No me volverá a pasar en un futuro. 
Por cierto, creo que declarar todo esto con un asesor común puede ser complejo. Me han ofrecido taxdown que lo hace automáticamente por mi? Lo recomendáis?
#11

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenos días. 

Como idea general, no se pierde ninguna minusvalía generada por la transmisión de títulos (Acciones, FI, etc.), siempre que se puedan compensar en la campaña de generación o en los 4 años siguientes por otras plusvalías y hasta el 25% por otros rendimientos de capital mobiliario como dividendos, intereses de cuentas y cupones, etc.) 

 

Todas las operaciones de transmisión tienen que ser declaradas realizadas en la misma campaña sujeta al IRPF. 

Entonces si operamos estilo nuestro compañero @granja Terra, acumularemos múltiples operaciones unas con ganancia y otras con minusvalía sobre valores homogéneos. 

Todas esas operaciones tienen que declararse en el caso que incumplan la regla de los dos meses se señala la casilla y esa minusvalía quedaría pendiente hasta que se transmita el valor que ha generado la norma anti aplicación. 

Es posible que esa minusvalía pendiente pasase al año siguiente y se declararía al transmitir los títulos. 

También aquello de que hay cuatro años más para compensar las minusvalías pendientes a nivel general. 

P.D: @Granja Terra, interviene en el hilo "Pulso de mercado" 

En el caso del compañero me imagino que englobará las operaciones de transmisión por un lado y las de adquisición por otro, siempre por valor. 

Un saludo y buen domingo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#12

Re: Regla de los 2 meses

Esta regla es un despropósito y totalmente imposible de seguir cuando operas mucho, y cuando le coges gustillo al mundillo, lo normal es que operes mucho.

Un ejemplo: Telefónica. Todos los meses compramos 5 paquetes de 100 acciones, y todos los meses vendemos otros 5 paquetes de 100 acciones. Así todo el año, y año tras año. Unas veces con pérdidas, otras con ganancias. Entre los paquetes operados en enero, y los operados en junio, obviamente han pasado más de dos meses. ¿Entonces, que pasa, que nunca puedes desgravarte la pérdida? ¿Y como enfocas todo esto? ¿Y si vendes la totalidad, y te quedas a cero un día, con pérdidas, y al siguiente recompras, tampoco puedes deducir esa pérdida? Es que yo no lo veo. Y ahora multiplica todo esto por varias empresas... 
#13

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas tardes. 

Puedes complicarlo todo lo que quieras pero si estás dos meses y un día sin tener títulos de la entidad donde quieres aplicar la minusvalía lo podrás hacer y si no quedará aplazada hasta que lo hagas. 

Y así con los demás títulos con los que operes. 

Otro tema es que será por valores donde especular para necesitar volver a comprar un valor donde ya hemos fallado con anterioridad. 

Un saludo y buen domingo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#14

Re: Regla de los 2 meses

 
Buenas tardes. 

Depende de la complejidad de la declaración y tu conocimiento. 

Si es sencilla la Agencia Tributaria habilita un sistema de citas para realizarla. 

Si no tienes un conocimiento suficiente y la declaración es compleja un gestor te la puede hacer, yo no tengo intereses en dar recomendación al respecto y será algo que debes valorar. 

Por otro lado deberás aportar toda la documentación a tu gestor para poder rellenar la declaración ya que no son adivinos. 

Veo la ventaja sobre que a lo mejor hay alguna desgravación que desconocemos y que nos podemos aplicar por ser propias de la comunidad Autónoma de residencia, por lo demás en mi caso hago mi propia declaración. 

Un saludo y buen domingo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#15

Re: Regla de los 2 meses

Buenas tardes Carlosocean:

Tengo muchas dudas sobre este tema de los 2 meses y ahora se agranda con lo de 12 meses. Te rogaría me contestaras ya que me implica directamente, a lo siguiente.

En Noviembre 22 vendí acciones de empresa X(Mercado USA), con pérdidas y en Renta 22 deduje la minusvalía.
En Septiembre 23 volví a compras acciones de empresa X

De lo que has expuesto, entiendo que no debía deducirme la minusvalia de 2.022?

Puedes decirme que tratamiento tienes otros instrumentos financieros como opciones, CFD, Bonos. todo ello con relación a la recompra.

Te agradecería tu contestación, a ver si consigo ir aclarándome.
Gracias y un saludo,
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