“En el marco regulatorio aprobado, la citada entidad (BME) no ha implementado los protocolos necesarios para contrastar y verificar la actuación de los Asesores Registrados que exige la normativa aplicable”, señala el Supremo.
Ok… ¿y con la CNMV y el Ministerio de Hacienda qué hacemos a la luz del informe de la Sepblac en 2010
y según el mencionado criterio señalado por el Supremo ("no ha implementado los protocolos necesarios para contrastar y verificar")?
Nuevamente, no ir a por el Ministerio y la CNMV fue un “””error””” de bulto (las comillas son pensando en los abogados que llevaban el grupo al que inicialmente me sumé –para luego salirme-)…Mab era la más débil de las tres entidades (esencialmente para mí porque CNMV y Ministerio tienen más poder y medios que Mab para investigar, inmovilizar y sancionar, además de ser órganos que cubrén todo el espectro y tienen su razón de ser en las estructuras del Estado por lo que, igual que podían haber hecho mucho y más rápidamente que el Mab,
pueden -y deben- asumir más ámbito de responsabilidad que Mab -un hecho ilustrativo de esto que digo sobre más poder y medios es el informe Sepblac...-
PD.- Por cierto, la responsabilidad de Mab, CNMV y Hacienda no se limita a asumir una multa (DE CHISTE) en mi opinión... si eres responsable de supervisar eres responsable de las consecuencias de tu falta de supervisión. En este caso, pérdidas económicas por estafa en un mercado del que eres supervisor, dueño y señor para hacer lo que quieres... como limpiarte el culo con la Ley de Opas si el ruso/ucraniano te lo pide...