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#23233

Re: GOWEX

El 5 de junio de 2024 se publicó el edicto concursal por la que se declaró la conclusión de la empresa. Yo en mi caso en la renta de este año me voy a declarar las pérdidas aunque sigan apareciendo en mi bróker.
Luego a hacienda le enseño el documento (porque ahora hacienda lo va a pedir) y ya está. 
#23234

Re: GOWEX

Tienes el edicto concursar donde se declara la conclusión de la empresa?. He llamado a hacienda y me han dicho que si lo adjunto, estoy en mi derecho de compensar estas pérdidas aunque las acciones sigan apareciendo en mi cuenta (me lo ha dicho un liquidador, porque las personas que cogen el telefono se les iba el tema). Previamente en renta 4 me dijeron que no se podía. Tienen un lío que no se aclaran ni ellos.
#23235

Re: GOWEX

Hola, lo he buscado y es este:

https://www.publicidadconcursal.es/c/portal/layout?p_l_id=387547&_org_registradores_rpc_concursal_web_ConcursalWebPortlet_mvcRenderCommandName=%2Fafectado&_org_registradores_rpc_concursal_web_ConcursalWebPortlet_source=concursal&_org_registradores_rpc_concursal_web_ConcursalWebPortlet_id=650207&p_p_id=org_registradores_rpc_concursal_web_ConcursalWebPortlet&p_p_lifecycle=0

Aunque dice que se cierra la hoja del registro de forma provisional, y que si en un año no se reabre ya se cierra de forma definitiva.

Entiendo que debería esperarse un año para ello hasta que esté el cierre de la hoja registral definitiva.
#23236

Re: GOWEX

Creo que está unas páginas atrás. Yo me descargué el pdf. No sabía que se podía adjuntar a la vez que haces la declaración. Me fijaré bien a la hora de hacerla
#23237

Re: GOWEX

Hola, una vez presentada la renta hay una opción en la página web de hacienda de aportar documentación complementaria, a través de esa opción se pueden aportar documentos.

No obstante, leyendo el auto que comentas de junio de 2024 aparece esto en negrita:

" Se acuerda el cierre provisional de la hoja abierta a dicha sociedad en el Registro Mercantil. Transcurrido un año a contar desde la fecha de la resolución sin que se haya producido la reapertura del concurso, sin ulterior mandamiento, deberá procederse por el Registro a cancelar la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja en aplicación de lo dispuesto en el artículo 485.2 TRLC "

Se acuerda el cierre provisional, lo que significa que se puede reabrir la hoja registral si por ejemplo encuentran algún activo de la empresa para liquidar en el concurso. Personalmente, entiendo que hasta que no esté la hoja cerrada definitivamente no se puede compensar las perdidas. Lo que sería en junio del 2025 cuando se liquide y extinga la empresa definitivamente.

¿lo ve alguien como yo?


#23238

Re: GOWEX

Buenas
Como comentan suele haber una opción de aportar documentación extra. 
#23239

Re: GOWEX

Me he descargado el documento que aparece unas hojas atrás y no veo eso que comentas. No sé si estaremos viendo el mismo documento
#23240

Re: GOWEX

Es que en el pdf que te descargas en el edicto no pone nada de eso. Yo lo voy a declarar creo que 11 años ya es suficiente espera.
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