hola amigos: no tengo tiempo ni energías para repasar las más de 100 páginas de mensajes, disculpas si pregunto algo ya respondido, voy al grano: entre los muchos errores de mi vida, figura el abrir un contrato con un broker para invertir en CFDs , y ganar algo al principio, y animarme a seguir, y entramparme, y perder, y ganar y estar demasiado tiempo en este mundo que me viene grande; el caso es que el broker fue absorbido por otro, y después por otro, y acabé en Chipre sin darme cuenta. Por todo lo que he leído, los CFDs no tienen que declarse en el 720, pero sí el saldo de la cuenta que tienes en el broker. El caso es que los ingresos se hacen a través de tarjeta, o de transferencia, pero no tengo ninguna cuenta bancaria a mi nombre en el extranjero. y la pregunta es: ¿qué saldo se supone que tengo que declarar despositado en el broker,? ¿el saldo "equity" que viene a ser el líquido que me quedaría a mi favor si cierro y liquido todas mis posiciones? ¿o es el "margen disponible" que es lo que se podría retirar manteniendo el margen de garantía exigido por el broker? ¿lo tenéis claro? yo no, la verdar y los del broker no quieren mojarse en nada y me remiten a un asesor fiscal, no se atreven ni a mandarme a una página de consultas o foro sobre el particular. tampoco probé a llamar a la AEAT porque me imagino que sería un intento inútil por mi parte, yo no sabría explicarme y el que me atendiese diría siempre que ante la duda, declare siempre el saldo más alto.
agradezco de antemano vuestros comentarios, saúdos, salud y paz que es lo más importante, y que Dios reparta suerte en nuestras obligaciones con la AEAT, que algo haremos mal seguro.