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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#1441

Re: Rellenando el Modelo 720

1.- Siempre que se esté obligado a declarar por 1ª o sucesivas veces, hay que poner TODO sin importar si fueron declaradas antes y siguen abiertas o sin están a cero. Es una foto del 31dic añadiendo las cancelaciones de cuentas ya informadas antes. Cada vez que presentes el mod 720 hay que informar de Paypal.
- Existen 3 claves de información: A para altas, C para cancelaciones y M para mantenimiento (informar de cuentas que siguen abiertas el 31dic y ya fueron declaradas antes).
- Cuando se cierra una cuenta, evidentemente no se pone el saldo a 0 del 31dic, ya que todas serían a 0. Al cancelar una cuenta o vencer un depósito se pone el saldo del momento de la cancelación. Si es un depósito pues se pone el capital inicial habitualmente. Si es una cuenta, como primero se saca todo y luego se cancela, pues se pone a cero, excepto si se saca todo y cancela el mismo día.
- La casilla de valoración 1 sirve para saldo a 31dic y saldo a fecha de cancelación.
- La casilla de valoración 2 sirve para el saldo medio del 4T y en las cancelaciones se dice expresamente que no se rellene incluso si se cancelan en el 4º trimestre. Pregunta 73.

2.- Cuando se cierra un depo se pone el saldo del depo sin intereses en la fecha de cierre en la casilla de valoración 1. En la casilla valoración 2 no se pone saldo medio.
- Los intereses no se ingresan en el depo sino que van junto con el capital a la cuenta Raisin, a menos que haya interés compuesto.
- Siempre que se cierre algo en cualquier fecha, si ha sido informado antes en otros mod 720 anteriores, obliga a presentar el mod 720 y hay que informar de TODO de nuevo: altas, bajas y mantenimiento.

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#1442

Re: Rellenando el Modelo 720



- No se debe informar sobre las cuentas canceladas en el ejercicio antes del 31dic, salvo si fueron informadas en presentaciones anteriores del modelo 720.
- Cuando se informa de cancelaciones ya informadas anteriormente, no debe rellenarse la casilla Valoración 2 del saldo medio, es más, el formulario del modelo 720 no deja escribir en la casilla.
- 1ª flecha: En el BOE se dice que la obligación de informar recae sobre las cuentas abiertas el 31 de diciembre.
- 2ª flecha: No existe obligación de informar cuando los saldos conjuntos a 31dic no superen los 50k ni su saldo medio 4T.

- EN NINGUN SITIO SE DICE QUE LAS CUENTAS CANCELADAS EN EL 4º TRIMESTRE DEBAN SER TENIDAS EN CUENTA PARA CALCULAR EL SALDO MEDIO DEL 4º TRIMESTRE.
- Es más, parece que a Hacienda no le interesa el saldo medio 4T cuando se cancelan cuentas YA informadas anteriormente. El formulario no deja poner saldo medio cuando se indica Origen Cancelación.
- Sobre las cuentas canceladas NO informadas anteriormente, simplemente pasa de ellas. No hay que poner nada de nada.

--------------->>>>>  Cada vez pienso más que para saber si estamos obligados a presentar el modelo 720, el cómputo del saldo medio del 4T sólo recae en las cuentas abiertas a 31dic. Las cuentas canceladas en el 4T, quizás no deban tenerse en cuenta para calcular el saldo medio 4T de la obligación de presentar. ¿Alguien puede confirmar esto?

Pregunta 7: Si sólo tengo una cuenta bancaria en el extranjero con 1 millón de euros abierta el 1 de enero y cerrada el 30 de diciembre, ¿NO hay que presentar modelo 720?
- Saldo total a 31dic: 0€
- Saldo medio 4T: parece que Hacienda sólo tiene en cuenta el saldo medio 4T de las cuentas que estén abiertas a 31dic. No se distingue si se cancela antes del 4T o dentro de él.
- La respuesta es NO hay obligación de presentar.
- Si esa cuenta hubiera sido informada en ejercicios anteriores, sí habría que informar de su cancelación.

- Me he leído todo el hilo 2 veces hace tiempo y jamás nadie dijo que el saldo medio 4T sólo se computa con las cuentas abiertas el 31dic. Tampoco lo contrario. Imagino que todo el mundo da por sentado que se calcula con todo lo que haya en el 4T, esté cancelado o vigente a 31dic. Pues para Hacienda parece que mira sólo la foto del 31dic incluso para saldos medios 4T.

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#1443

Re: Rellenando el Modelo 720


Pregunta 8: No hay que informar sobre las cancelaciones antes del 31dic incluso si ocurren en el 4T. Salvo las ya informadas anteriormente y de forma que tampoco importa el saldo medio ya que el formulario no deja ni rellenar el saldo medio 4T.


Pregunta 8: No hay obligación de informar sobre la venta de acciones el 30dic (salvo si fueron informadas antes). Sólo de lo que se tenga el 31dic.

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#1444

Re: Rellenando el Modelo 720

Si todo lo anterior eran indicios de que las cuentas canceladas en el 4T no computan para calcular el saldo medio del 4T...

Se dice claramente que LAS CUENTAS CANCELADAS NO COMPUTAN PARA EL SALDO MEDIO DEL 4T, sólo las vigentes a 31dic.

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#1445

Re: Rellenando el Modelo 720

"Hay algo que no termino de ver claro.
Supongamos: 
2023  cuenta A (40k). Nunca he declarado 720 y ahora tampoco, claro.
2024: cuenta A (40K), y además: depo B (30k desde 1 julio hasta 31 dic). El 27 de diciembre  cierro la cuenta A.
2025 Declaro antes del 31 de marzo, pero ¿Cómo no voy a declarar la cuenta A?. Se me hace raro.
Por otra parte, como en 2024 no hay 720, no se informó de "alta" de la cuenta A, pero si yo declaro la cuenta como "Cancelación" quedaría "coja" sin un "alta" previa."
Ejercicio 2023: No obligado a presentar por saldo 31dic 40k y saldo medio de las cuentas vigentes a 31dic de 40k.
Ejercicio 2024: No obligado a presentar por saldo 31dic 40k y saldo medio de las cuentas vigentes a 31dic de 40k. Las cuentas canceladas no repercuten en el saldo medio 4T. El saldo medio 4T total sólo se calcula con las cuentas vigentes a 31dic.

Se ha hablado estos 2-3 días de si las cuentas canceladas (informadas antes o no) repercuten en el saldo medio del último trimestre y he llegado a la conclusión de que no. El modelo 720 es una foto de las cuentas vigentes el 31 de diciembre y, sólo de las cuentas vigentes a 31dic, de sus saldos medios en el último trimestre. Yo no soy un experto, sólo es una opinión.
Pregunta 7
Pregunta 7

Para curarte en salud, puedes presentar el ejercicio 2024 poniendo alta de la de 40k, alta de la de 30k y baja de la de 30k. Pero ya te digo que es incluso más raro. El formulario no te dejará poner el saldo medio del depo por estar cancelado. Hacienda pasa de los saldos medios de las cuentas canceladas. Sólo quiere saber las que se cancelan si han sido informadas en ejercicios anteriores y de éstas sólo saber el saldo del día de la cancelación.

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#1446

Re: Rellenando el Modelo 720

Gracias,

Me da "repelús" el que las cuentas nunca declaradas y canceladas no afecten al saldo medio del 4ºT, pues es uno de los dos motivos para presentar la declaración.

Imagina una cuenta abierta en marzo con un millón de €, y cerrada el 30 de diciembre. Y ese año un depo de 20K a 3 años. ... esque aunque la cuenta está cancelada... el saldo medio del 4ºT en teoría te obligaría a declarar. Así lo creía hasta ahora.

Saludos.
#1447

Re: Rellenando el Modelo 720

El saldo del día de cancelación de lo que sea (cuenta o depo) ¿Es cero, o es el saldo del último día de su existencia?.
#1448

Re: Rellenando el Modelo 720

@josegaliza Como experto que creo que eres, ¿puedes echarnos una mano sobre si las cuentas canceladas en el último trimestre se computancon todas las demás para calcular el saldo medio o sólo computan los saldos medios de las cuentas vigentes a 31 de diciembre?

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