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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#185

Re: Rellenando el Modelo 720

La Agencia Tributaria considera a los esposos titulares "reales" de los bienes de su conyuge, en consecuencia, deben incluir en sus respectivas declaraciones los bienes de ambos. Por lo tanto, cuando los bienes de ambos superan los 50.000 euros, los dos esposos estan obligados a presentar el Modelo 720.

#187

Re: Rellenando el Modelo 720

Entonces ahora tiene aún más sentido mi pregunta, si lo presento este año... pueden pedirme explicaciones de años anteriores? 

Y por otro lado, si el dinero era previo al matrimonio, no serían ganaciales no? 

Vaya telita con el dichoso modelo.

#188

Re: Rellenando el Modelo 720

"Cuando la titularidad formal de un bien o derecho  ganancial corresponde a uno de los cónyuges, ambos cónyuges (si están dentro del ámbito subjetivo de la obligación) tienen obligación de presentar la declaración.

El cónyuge que no es titular formal deberá declarar como titular real de acuerdo con el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 de 28 de abril de 2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo".

Si mi interpretación de esta norma es la correcta,los cónyuges (en el caso de matrimonios en régimen de gananciales) en su declaración individual deben declarar los bienes de ambos porque Hacienda presupone que son gananciales (o demostrar que no lo son).  Entiendo que si los cónyuges poseen en conjunto bienes por un valor superior a 50.000 euros,ambos están obligados a presentar el Modelo 720,haciendo constar aquellos bienes de los que ostentan la titularidad "formal" o "real".  En mi opinión,creo que deberias consultar esta cuestión con un experto en la materia o directamente en la Agencia Tributaria.

#189

Re: Rellenando el Modelo 720

Leyendo la norma, se puede interpretar como tú dices. Aunque no se si es hilar demasiado fino ya... pero los bienes anteriores al matrimonio, tengo entendido que son privativos de cada cual... tendré que preguntar a algún experto en la materia.

Para este año, aún estaría a tiempo de presentarlo, no?

#190

Re: Rellenando el Modelo 720

Tienes de plazo hasta el 31 de marzo.  Y,efectivamente,los bienes anteriores al matrimonio y los adquiridos durante la vigencia del matrimonio por herencia o donación (entre otros) son considerados privativos. De todos modos,yo,en tu caso,me curaria en salud y presentaria ambas declaraciones (después de consultar el asunto). En mi opinión,es temerario incumplir esta obligación de informar a Hacienda. Si te "pillan" la multa es de órdago.

#191

Re: Rellenando el Modelo 720

Coincido contigo, es temerario incumplir... de hecho, yo planteé todo para no tener que declarar, aunque no había contado con esa interpretación del titular real... También se que hay gente que no ha declarado, y de momento sigue con la idea no hacerlo, sobre todo ahora que Bruselas ha exigido que se cambie el regimen sancionador... En teoría España tiene de plazo para cambiarlo hasta el 15 de abril, pero si no contesta, (que seguro que es lo que van a hacer), el proceso se dilatará y acabará en los tribunales europeos...

#192

Re: Rellenando el Modelo 720

Sinceramente,yo le temo al IRPF (que es donde me puede "sangrar" Hacienda),pero para nada al Modelo 720,que es apenas una declaración informativa. No entiendo vuestra fobia a presentar esta declaración.