Re: Rellenando el Modelo 720
Por lo que pude averiguar en la web de la Agencia Tributaria,los depósitos vencidos que no fueron objeto de declaración en ejercicios anteriores (por no existir la obligación de presentar el Modelo 720 en esos ejercicios),NO deben declararse.
De todos modos,si lo incluyes en tu declaración,puedes estar tranquila que no te van a sancionar por "exceso de celo"