A Bacalo y Bonrollu
Estoy de acuerdo con lo que comenta Bacalo
Raisin se ciñe a trasladar al cliente (nosotros) la información que le da Younited Credit, y supongo que así ha de ser puesto que somos clientes de Raisin, con ellos tenemos contrato y son los que han de facilitarnos dicha documentación.
De hecho es lo que único que tenemos en nuestro poder los clientes, la información en PDF que nos hace llegar Raisin para presentar el modelo 720 y el modelo 100 (declaración de la renta).
Modelo 720. Como es una declaración informativa, interpreto como Bacalo, que debemos limitarnos a indicar los datos que nos manda Younited a través de Raisin, son los datos que nos dan y los trasladamos al formulario 720.
Modelo 100 (IRPF). Pues tampoco entiendo lo de tener que tributar por intereses devengados y no cobrados, ahora bien, volvemos a lo de antes....Son los datos que nos envían y se supone que son los que Younited cruzará con la AEAT por lo tanto habrá que declarar los intereses devengados y no cobrados aún y tributar por ellos (adelantar nuestro dinero a la AEAT). El año que viene y sucesivos, controlar para que no dupliquen esos intereses. En vez de tributar todo a vencimiento, tributamos a plazos, adelantando el dinero. No lo entiendo, no lo comparto pero creo que es la mejor solución para ajustarnos a la información que nos mandan y podrían cruzar con la AEAT.
No sé si se me escapa algo y queréis añadir alguna puntualización
Un saludo