Hola
@harcon :
Con el debido respeto.
Creo que en tu análisis estás haciendo excesivo hincapié en “La Apertura de la Cuenta”, más del requerido.
Sin embargo la gravedad de la cuestión radica en que las transferencias SEPA están reguladas por ley en cuanto a tiempos de procesamiento.
Estoy de acuerdo en que como prestador del servicio, tiene libertad para agilizarlo más o menos. Pero a partir del momento, como bien dices, en que te comunican la “total operatividad de la Cuenta”, e incluso la “invitación” para realizar la/s transferencias que consideres para la formalización de la/s IPF, la cosa cambia, y mucho.
Ahí, y en ese momento es donde entra en juego la “normativa relativa a transferencias SEPA”.
Hablo con conocimiento de causa y propia experiencia al informarte que como el caso mio hay “unos cuantos” más. Recibí email del Banco el 27/09 avisándome de que la cuenta estaba activada e incluso, como comentaba antes, que ya podía transferir fondos para abrir los depósitos que quisiera. Esto fue el 27/09, y ese mismo 27/09 hice, como me sugerían, una transferencia. Repito esta causalidad se ha dado en unos cuantos casos mas ( ver detenidamente hilo en cuestión), aparte del mío.
Algunos de los que están esperando que la transferencia llegue y figure en “su saldo”, tenían su dinero, en la nueva
Cuenta Corriente Online Sabadell. En ella desde ya el 01/08/22 estaban percibiendo un 2%TAE de intereses, y tales retrasos están perjudicando sus lícitos intereses económicos particulares.
No es cuestión de unos pocos € o una cantidad grande de ellos. Es más una cuestión de etiqueta y “manera de hacer”. Hacer las cosas bien o no, solo es una cuestión de esfuerzo e intención adecuada.
Con respecto de la “posibilidad de cancelación” o no, difiero ampliamente de tu afirmación.
Al respecto la Entidad Bancaria, en este caso BFF, tiene todo su derecho a ofrecer unas u otras condiciones, las cuales previamente, y recalcó, previamente, conocidas por el cliente, será este quien conociéndolas, las aceptará o no. En el mercado hay competencia y en base a ella cada uno elige lo que considera mejor para sus intereses. Pero esto ha de hacerse con conocimiento pleno y meridiano de “las condiciones” concretas .
En el caso que nos ocupa, considero que la obligación de hacer efectivas las transferencias en la/s cuentas del cliente/s no se están cumpliendo. Y lo que es peor aún, se está incumpliendo tal obligación sin ni siquiera una información-explicación y asesoramiento al respectó adecuada. ¿O es que a alguien le están contestando al teléfono, al email, o a los mensajes del area personal a tiempo, y satisfactoriamente?.
Por último, no me tomo en absoluto a mal tus opiniones. Tampoco tomes igual tu las mias.
Saludos.