Recuerdo, no hace muchos años, sobre todo en la banca tradicional. Qué cuando abrías una cuenta y leías antes el contrato. Se indicaban un montón de comisiones de todo tipo (mantenimiento, tarjetas, correo postal, alertas sms, etc). Y al preguntar por ellas y comentar que tú gestor te indicaba que esa cuenta estaba exenta de comisiones (por aquella época confiabas en el personal de oficina) te decían: "tranquilo es un contrato estándar".
Por supuesto, cuando retirabas fondos parcialmente y mantenías la cuenta, venían las sorpresas. Aplicaban las comisiones del "contrato estándar" y al reclamarlas las condonaban. Pero si te cambian de gestor/director de oficina (muy frecuentemente por aquella época) olvídate de ello y tocaba escalarlo.
Con ello quiero decir que lo que va a prevalecer es lo firmado (negro sobre blanco) y si está esa "cláusula del miedo" y EBN considera su aplicación, evaluará su impacto, teniendo en cuenta que si es menor el daño que el beneficio, nos la comemos con papas.