En resumen, (1) si te pones en el caso peor y no renuevas la letra, has de restar la comisión de 0,15% al rendimento bruto. Y (2), has de añadir al plazo la cantidad de días que tienes el dinero sin rentar desde que haces la transferencia hasta la letra es oficialmente tuya, una semana aprox. (más plazo por el mismo dinero implica menos TAE).
En las formulas de Monillo, (1) son los 1,5€ que resta de los 6,20€ (2) son los 84 días que aplica, en lugar de los 77 de esta emisión. Otros meses el plazo oficial son 84 y habría que aplicar 91.