Re: Cataluña: Cuando la información no es sabiduría
puedes explicar el encaje?
Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional, referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas", resolución 2625 del 24 de Octubre de 1970), en que se afirma:
"En virtud del principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, consagrado en la Carta, todos los pueblos tienen el derecho de determinar libremente, sin injerencia externa, su condición política y de proseguir su desarrollo económico, social y cultural, y todo Estado tiene el deber de respetar este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta.
Ninguna de las disposiciones de los párrafos precedentes se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta cualquier acción encaminada a quebrantar o menospreciar, total o parcialmente, la integridad territorial de Estados soberanos e independientes que se conduzcan de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos antes descritos y estén, por tanto dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distinción por motivo de raza, credo o color" (parrafo 'El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos').
De esta manera se limita el derecho de autodeterminación de los pueblos al derecho de autodeterminación de aquellos pueblos no representados por sus gobiernos por motivos de raza, credo o color, en otras palabras a las colonias. Como se puede observar, en algunos articulos se afirma el derecho mientras que en otros se limita. Deben ser entendidas estas restricciones ya que seria ingenio que las Naciones Unidas, organismo que reúne en su mayor parte Estados multiétnicos reconociera la plena aplicabilidad de la autodeterminación; y, aunque la Organización de las Naciones Unidas tenga voluntad propia, necesita de la aprobación de los Estados miembros que son como mínimo reacios a la idea de secesiones dentro de sus territorios.
Parece que es mayoritariamente aceptada la idea de que la secesión no esta recogida en el orden jurídico, salvo en las situaciones de colonialismo, ya que según muchos constitucionalistas e internacionalistas es la única manera de compaginarlo con la integridad territorial y el principio a la no intervención en los asuntos internos.
pues esto también habría que explicárselo a mas de uno.
Detesto a las víctimas que respetan a sus verdugos.