Conozco casos como el tuyo. Si, puedes solicitar la ayuda autonómica, ya que la cantidad que cobras de IMV es irrisoria, ahora bien, te dejarán la mas cuantiosa con lo que dejarías de percibir el IMV y tendrías que volver a solicitarlo una vez agotada la Renta de Solidaridad. No se de que comunidad autónoma eres, yo te dijo lo que se hace en Andalucía, ya que cada comunidad, al ser una ayuda autonómica, tiene sus condiciones y requisitos. Si, te han concedido esa cantidad por haber cobrado esos 3800 euros, creo que cobraste la RAI, si no me equivoco. En caso de concederte la ayuda autonómica, la baja en el IMV es automática, ya que la Comunidad Autónoma lo comunica a la Seguridad Social. En Andalucía la Renta Mínima autonómica tarde en ser aprobada mas de 6 meses e incluso puede llegar hasta 14 meses, es renovable cada año mientras mantengas condiciones similares, la cantidad máxima para un adulto son 480 euros (adulto solo, sin hijos a cargo), la diferencia con el IMV es que no es retroactiva, o sea, cobrarías una vez aprobada solo el mes corriente, no desde la fecha que la solicites. Por otra parte a diferencia del IMV, que tiene en cuenta tu situación del año pasado, la renta autonómica tiene en cuenta tu situación presente, así es en Andalucía, pero ya te digo que según que Comunidad autónoma sea, varían algo las condiciones y las cantidades.