Hacienda te preguntará "en todo caso" solo si ese dinero lo vas a ingresar en tu cuenta bancaria, por eso te dije de hacerlo todo por efectivo... además, entiendo que si te metes de arrendataria en un contrato de alquiler con opción a compra, al propietario le dará igual recibir ese dinero de la compra en efectivo (e incluso a lo mejor "le viene mejor", no se), y todo es legal con los correspondientes resguardos de entrega o recepción de dinero firmados, detallando fecha y conceptos.
Si necesitas que todo sea oficial, mediante ingresos / transferencias de las personas que te van a prestar el dinero, no hay ningún problema y la opción que te comenté de hacer un documento acreditado por notario de la operación ofrece a todas las partes la garantía jurídica adecuada.